Por la cual se establecen los principios generales y los lineamientos que deben ser tenidos en cuenta para definir, hacer seguimiento y evaluar las metas de cobertura, resolutividad * y oportunidad en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por

Resolución · 3253 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 1

, Objeto y campo de aplicación. El objeto de la presente resolución es ' establecer los principios generales y los lineamientos que deben ser tenidos en cuenta | para definir, hacer seguimiento y evaluar las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad, en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por capitación que se celebren entre los prestadores de servicios de salud y las entidades' responsables del pago de los servicios de salud, definidas en los literales a. y b del artículo * 30 del Decreto 4747 de 2007. : ] - 3 SEP 2009 a "RESOLUCIÓN NÚMERO yuygib53 DE2009 HOJANO2 Continuación de la'resolución “Por la cual se establecen los principios geperales y los lineamientos, ..: que deben ser tenidos en cuenta para definir, hacer seguimiento y evaluar las metas de cobertura, -* resolutividad y oportunidad en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por" E Ñ capitación y se dictan otras disposiciones” o

Artículo 20

Definiciones. Para efectos de la presente resolución “se adoptan las siguientes definiciones: j . 0 , 1. Cobertura: Relación entre la población que requiere una atención y la utilización de los servicios por parte de esa población, de acuerdo con las normas de atención integral que se definan en cada cáso. Pos : o 2. Oportunidad: Atributo de la calidad de atención, relacionado con el tiempo de espera entre la solicitud de una atención y su efectiva prestación. EN 0 -3. Resolutividad: Capacidad de un prestador de servicios de salud de responder de. manera integral y con calidad a una demanda de atención de salud, dé acuerdo con el tipo. y complejidad de los servicios habilitados. : : o Artículo 30, Principios generales que se deben tener en cuenta para la definición, seguimiento y evaluación de metas de cobertura, resolutividad y oportunidad. En la definición, seguimiento y evaluación de las metas de' cobertura, resolutividad y oportunidad incluidas en los acuerdos de” voluntades mediante el: mecanismo de pago por capitación, las instituciones prestadoras de servicios de salud y las entidades responsables del pago deberán tener en cuenta los siguientes principios, generales: o : 23 : ' 1. La definición de las metas debe basarse eh la concertación entre las partes, - fundamentada en la mejor evidencia cientifica, técnica y administrativa disponible y, teniendo en cuenta los servicios habilitados en la institución prestadora de servicios de . salud, las características propias de la población objeto del contrato y'os lineamientos que se definen en la presente resolución. : 2 NS 2. Las metas que se definan podrán ser progresivas y su evaluación 'se podrá hacer :. :. dentro de los rangos que se concerten entre las partes, buscando asegurar la ' integralidad, continuidad, oportunidad, calidad y accesibilidad en la atención, teniendo. . en cuenta las características propias de la población a las que se refieren las metas. . _ Artículo 49, Lineamientos que se deben utilizar pára la definición de metas de ' cobertura. Para la definición de las metas de cobertura, las partes deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos, desagregando el análisis por cada servicio incluido en la capitación: Lo 1. La definición y' cuantificación por parte de la entidad responsable del pago de la población objeto de cada servicio incluido en la capitación. OS a 2. Las metas contenidas en las normas técnicas para el desarrollo de las acciones de - protección especifica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés * en salud pública” expedidas por este organismo, las' cuales serán: de carácter obligatorio. .' - : . . a o : 3. Las frecuencias” de uso establecidas en las guías de atención expedidas por este organismo, o en las guías de atención y protocolos de manejo que se pacten entre las. partes. . ÓN A hs : 7, 4. Las frecuencias de uso registradas en la nota técnica de la entidad responsable del pago de los servicios, o:el instrumento que haga sus veces y.las registradas históricamente por la institución prestadora de servicios de salud.' ' : 5. Los costos estimados de la ejecución de las actividades de modo que se garantice la viabilidad financiera del contrato en condiciones de eficiencia, : Ñ 6. La identificación, perfil epidemiológico y demográfico y domicilio de la población” objeto de cada servicio incluido en la capitación por. parte de la entidad responsable * . del pago de los servicios, : o , o | | y SER 2005 , “RE ÓN NÚ DE 2009 HOJA No 3 » RESOLUCIÓN NUMERO vu 3 253 _ Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los principios geperales y los lineamientos - que deben ser tenidos en cuenta para definir, hacer seguimiento y evaluar las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por capitación y se dictan otras disposiciones” o 7. La determinación entre el pagador y el prestador de quien será el responsable de desarrollar las acciones de demanda inducida, que impactarán el cumplimiento de las metas. | o E o

Artículo 5

Lineamientos que se deben utilizar para la definición de metas de resolutividad. Para la definición de las metas de resolutividad, las partes deben tener en cuenta las condiciones de salud de la población capitada a ser atendida en la institución prestadora de servicios de salud y las que serán remitidas a partir de los servicios incluidos : en la capitación, el nivel de complejidad de los servicios habilitados en la institucion prestadora de servicios de salud, y en consideración de: . - 1. «Lo*definido en las normas técnicas para el desarrollo de las acciones de protección especifica y detección temprana, asi como la atención de enfermedades de interés en salud pública, expedidas por este organismo, las cuales serán de carácter obligatorio. 2. Lo definido en las guías de atención expedidas por este organismo que se encuentren vigentes, o en las guías de atención y protocolos de manejo que se concerten entre las partes en el caso de que este organismo no haya definido, norma O protocolo en determinado tema. o o o 3. La organización de la red de servicios y el proceso de: referencia y contrarreferencia definido por la entidad responsable dei pago de los servicios. po . 4. La definición de estándares de remisión, reconsulta o reingreso para las patologías más frecuentes. : e

Artículo 6

Lineamientos que se deben utilizar para la definición de metas de oportunidad. Para la definición de las metas de oportunidad, las partes deberán tener en cuenta la prioridad de la atención de los servicios incluidos en la capitación, desagregándolos, entre los servicios de urgencias, los servicios electivos prioritarios y los electivos no prioritarios, así como los resultados de los indicadores de oportunidad en la atención reportados por la IPS en desarrollo del componente del Sistema de información para la calidad que hace parte del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud. : o

Artículo 7

Lineamientos que se deben utilizar para el seguimiento y evaluación del cumplimiento de las metas de cobertura, resolutividad y oportunidad. Para el seguimiento y evaluación del cumplimiento de las metas de cobertura, resolutividad y - oportunidad incluidas en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por . capitación, celebrados entre entidades responsables del pago de servicios de salude :: instituciones prestadoras de servicios de salud, se deberán seguir los siguientes” lineamientos: o ÓN 1. Discriminación de cada servicio o bien contratado y la proporción de cada uno, sobre el monto de la capitación. : 2. Definición de los indicadores de cobertura, resolutividad y oportunidad que se utilizarán para cada servicio, determinando para cada uno: . .a. Definición operacional del indicador, incluyendo numerador, denominador y. fórmula de cálculo. 3% b. Cuantificación del número de personas incluidas en la capitación sobre la que aplica el indicador. o EN o c. Metas esperadas, las cuales podrán ser progresivas o con rangos de cumplimiento. : d. Periodicidad de la medición, la cual no Será superior a un trimestre. e. Condiciones en las cuales se podrán formular planes de mejoramiento y sus efectos. N o f. Mecanismos de verificación de cumplimiento de metas, teniendo en cuenta los planes de mejoramiento que se hayan acordado. o “y SEP 2009. "+ RESOLUCIÓN NÚMERO po DE 2009 HOJANO4 “< pe MINE z _ resolutividad y oportunidad en los acuerdos de voluntades mediante el mecanismo de pago por. - A Capitación y se dictan otras disposiciones” E OS 9. Información que debe ser reportada por la institución prestadora de servicios de : "¿Salud O que podrá ser verificada por la entidad responsable del pago de los servicios. e eN , . o h.. Proporción de la capitación que podrá ser descontada en función de los rangos de «7. * cumplimento de las metas pactadas en el acuerdo de voluntades. ' : . 3. Definición de mecanismos de reporte de novedades de ingreso o egreso de usuarios objeto de programas específicos incluidos en la capitación, > “> > : Artículo 80, Incumplimiento de las metas. El incumplimiento por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud de una de las metas de cobértura,' z . Fesolutividad u opórtunidad pactadas en los acuerdos de voluntades conforme a lo previsto. :. en la presente resolución, será causal de glosa para dicha meta y dará lugar al descuento. de la proporción acordada en el primer pago “que se genere con posterioridad a'la determinación del incumplimiento, sin perjuicio de la obligación para las partes de realizar de mejoramiento. Si luego de tres periodos sucesivos no se logra el cumplimiento de las - metas, la entidad responsable de pago, en caso de que el contrato haya sido con una Empresa Social del Estado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 1122 de 2007, podrá solicitar la autorización para cóntratar con una IPS diferente e

Artículo 9

, Inclusión en los acuerdos de voluntades, El resultado. de la. concertación de cada una de las metas de conformidad con los lineamientos aquí establecidos, deberá hacer parte del acuerdo de voluntades, . e SN :

Artículo 10

Artículo transitorio. Los acuerdos” de voluntades entre entidades responsables del pago de los servicios de sálud y prestadores de 'servicios de salud que se encuentren en curso a la fecha de publicación de la presente resolución, continuarán sujetos a las condiciones establecidas en los mismos hasta su terminación. En caso de que, los acuerdos de voluntades sean. prorrogados, se ajustaran a lo “aquí dispuesto, o,

Artículo 11

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su. publicación... y deroga las disposiciones que le sean contrarias :

Artículo ANEXO

Dada en Bogota, o. e 3 SEP 2009 , Ñ DIEGO PALACIO BETANCOURT . Ministro de la ProteccióniSocia! Elaboró: E. Cuelo — Luz M. Muñoz o Rovisó: Esperanza Olmos -- Edgar Bernal -- Gissola Rivora . A. fl NN o o o Se

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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