Por la cual se establece el reglamento técnico sobre las condiciones y requisitos que deben cumplir los suplementos dietarios que declaren o no información nutricional, propiedades nutricionales, propiedades de salud o cuando su descripción produzca el mismo efecto de las declaraciones de propiedades nutricionales o de las declaraciones de propiedades en

Resolución · 3096 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 21–27 de 27

Artículo 21

INCLUSIÓN DE DECLARACIONES EN ROTULOS Y ETIQUETAS DE SUPLEMENTOS DIETARIOS Y PRODUCTOS DE USO ESPECIFICO CON REGISTRO SANITARIO. Los suplementos dietarios y Productos de Uso Específico a los que se les haya otorgado registro sanitario podrán solicitar ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA mediante el trámite de solicitud de modificación del Registro Sanitario, la inclusión en el rótulo o etiqueta de la declaración de nutrientes, declaraciones de propiedades nutricionales y declaraciones de propiedades en salud las cuales serán evaluadas de acuerdo con el reglamento técnico que se establece con la presente resolución.

Artículo 22

TAMAÑO DE LAS LETRAS EN LAS DECLARACIONES EN LOS ROTULOS Y LAS ETIQUETAS. En el rótulo o etiqueta del suplemento dietario, las leyendas de las declaraciones de propiedades nutricionales y declaraciones de propiedades en salud, no podrán superar el tamaño de la letra de las leyendas obligatorias establecidas en el artículo 21 del Decreto 3249 de 2006 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

Artículo 23

LISTADO DE INGREDIENTES. Los ingredientes, aditivos o sustancias que no se incluyen en la tabla de información de los Suplementos Dietarios, se deben listar tal como aparecen en los modelos del anexo técnico del reglamento técnico que se establece con la presente resolución.

Artículo 24

INFORMACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA SOBRE LAS DECLARACIONES DE PROPIEDADES NUTRICIONALES O DE SALUD. El fabricante, importador o titular del registro debe contar con la información técnica y científica que soporte la veracidad de las declaraciones de propiedades nutricionales o de salud que se le atribuyen al producto y que demuestre que no es engañosa.

Artículo 25

VIGILANCIA Y CONTROL. Corresponde al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, y a las Direcciones Departamentales o Distritales de Salud, de acuerdo con sus competencias, ejercer las acciones de inspección, vigilancia y control sanitario y aplicar las medidas de prevención y correctivas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente resolución, de igual forma, tomar las medidas sanitarias de seguridad y adelantar los procedimientos e imponer las sanciones correspondientes, de conformidad con lo E e RESOLUCIÓN NÚMERO Y “Y DE 2007 HoJa n? 16 establecido en los artículos 576 y 577 de la Ley 9% de 1979 y se regirán por el procedimiento establecido en el Decreto 3249 de 2006 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 26

VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo ANEXO

a DIEGO PALACIO ' BETANCOURT Ministro de la Protección Social Elaboro: Adriana Martínez P -- D.G.C.S Liliana Peñaloza — D.G.S.P Revisaron: perra Rodriguez - D. aga o isella Rivgra Sarmjanto — O. ich. Oz £ Vo Bo: Nidia Piázón Sora — Asesora Viceministro de Salud y Bienestar ys > RESOLUCIÓN NÚMERO ** Y DE 2007 HOJA N? 17 el mismo efecto de las declaraciones de propiedades nutricionales o de las declaraciones de propiedades en salud" ANEXO TÉCNICO MODELOS DE FORMATO DE TABLAS DE INFORMACIÓN NUTRICIONAL DE LOS SUPLEMENTOS DIETARIOS A. Formato 1. Suplementos Dietarios que contienen múltiples vitaminas o ingredientes dietarios con %VD información Nutricional Tamaño de la Porción 1 Tableta Cantidad Po por porción YD Vitamina A (como retinol acetato y 50% 5000 Ul como beta-caroteno) PP. Vitamina C (como ácido ascorbico) 64 ma Vitamina D (como colecalciferol) 400 Ut Vitamina E (como alfa tocoferol acetato) 30 Ul Tiamina (como Tiamina monohidrato) 1.5 ma Riboflavina 1.7 mg Niacina (como Niacinamida) 20 mg ] Vitamina Bs (como piridoxina hidrocioruro) Folato (como ácido fólico) Vitamina 812 (como cianocobolamina) Biotina Ácido Pantoténico (como pantotenato de calcio) Otros Ingredientes: Gelatina, Lactosa, estearato de Mi microcristalina, FD4C Arnarillo No.6, propilen giicol, or benzoato de sodio. arabeno y E cd ES i¡Q£ RESOLUCIÓN NÚMERO +Y 2% DE 2007 "Por la cual se establece el reglamento técnico sobre las condiciones y requisitos que deben cumplir los suplementos dietarios el mismo efecto de las declaraciones de propiedades nutricionales o de las declaraciones de propiedades en salud". HOJA Ne 18 B. Formato 2. Suplementos Dietarios que contienen ingredientes dietarios sin Y%VD información del Suplemento Tamaño de la Porción 1 Cápsula a sv Calorias de Grasa 20 ARA E Grasa Total y e rasa Tot Grasa poliinsaturada 1g e Grasa Monoinsaturada 0.59% Vitamina A 4250 Ul 25% Vitamina D 425 Ul 106% A A OO AS A A A A] Ácidos grasos Omega-3 0.59 * + Valor de referencia diario no establecidos Ingredientes: Aceite de higado de Bacalao, Gelatina, Agua y Glicerina. C. Formato 3. Suplementos Dietarios que contiene Múltiples vitaminas para niños y adultos Información Nutricional Tamaño de la Porción 1 Tableta % VO para niños menores de 4 años % VD para adultos y niños mayores de 4 Cantidad por porción Calorias 59 Carbohidratos Totales tg + Azucares ig * Vitamina A e, (50% como bsta caroteno) aan Aoi Vitamina € 40 mg Vitamina D Vitamina E Tiamina Riboflavina Niacina Vitamina Br Folato Vitamina Bi2 * Valor de referencia diario no establecido Otros Ingredientes: Azúcar, ascorbato de sodio, ácido esteári maltodextrina, sabores artificiales, di-alfa tocoferol, niacinamida de magnesio, amarillo 6, colores artificiales, ácido palm , hidrocloruro de piridoxina, monohidrato de tiamina, acetato de vitamina A, betacaroteno. ácido fólico, colecalciferol y cianocobolamina. l 2096 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2007 Hoya N? 19 *Por la cual se establece el reglamento técnico sobre las condiciones y requisitos que deben cumplir los suplementos dietarios D. Formato 4. Formato lineal En este formato el porcentaje de Valor Diario de Referencia (% VD) debe declararse entre paréntesis después del nutriente respectivo utilizando las abreviaturas permitidas, como se muestra en la figura. Información Nutricional porción: 1 tableta, Cantidad/Porción: Calorias 2, Grasa Total Oy (0% VD), Grasa Sat. Og (0% VD), Proteína 0.5g, Vitamina A (30% VD), Vitamina C (30% VD), Hierro (20% VD). Porcentaje de Valor Diario (VD) basado en una dieta de 2000 calorías. Otros Ingredientes: Lactosa, estearato de magnesio, almidón, FD4C No.6

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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