EJAN inistro de r:tjR_¡;IJ:;:;~;:~u~'BE y Protección Socia~ ? 3 JUL 2018 RESOLUCIÓN NÚMERÓ ~. QQ3056 DE" 2018 HOJA No. 5 de 8
ANEXO TÉCNICO
"Metodología y lineamientos técnicos para el cálculo de valores máximos de recobros para medicamentos no cubiertos por el plan de beneficios en salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación."
1. Fuentes de información.
Como fuente de información principal se tomarán los recobros en estado aprobado que correspondan al periodo de referencia con el último corte de información disponible de la base Sil - MYT.
El periodo de referencia comprende dos vigencias, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de los años 2016 y 2017 La fecha que le corresponde a cada registro de la base es la de la fecha de prestación del servicio que se encuentre dentro del periodo de referencia. Se debe excluir de la fuente de información los medicamentos que se encuentren en el listado de cobertura del Plan de Beneficios en Salud de acuerdo con la Resolución 5269 de 2017 y sus anexos.
Se tendrá en cuenta el listado de registros sanitarios de medicamentos deiiNVIMA con corte al Ultimo mes de las 2 vigencias, de la cual se seleccionarán las variables necesarias realizando las normalizaciones a que haya lugar.
Finalmente se tomarán los precios de referencia del Sistema de Información de Precios de Medicamentos - SISMED de las mismas vigencias tomadas en la base SII_MYT, para efectos de realizar un contraste frente a los valores reportados en la base SII_MYT y de esta forma establecer la existencia de cierto nivel de congruencia entre ambas fuentes de información. Para efectos el análisis descrito se tomará el "valor mínimo" reportado de la base SISMED
2. Priorización.
Una vez definidos los grupos relevantes, en la primera etapa se priorizarán aquellos que serán objeto de definición de VMR y que actualmente no sean objeto de regulación de precios, así·
1. Del universo de solicitudes en estado de recobro aprobado, se toma el valor total aprobado para cada grupo relevante en el periodo de referencia. La fecha que le corresponde a cada registro de la base es la de la fecha de prestación del servicio que se encuentre dentro del periodo de referencia. Ejemplo: Valor total aprobado Valor total aprobado Valor lotal aprobado en Grupo relevante v1genc1a 2016 vigencia 2017 penado de referencia
780 000 000 978.436.000 1 758 436 000 'b 869.250 000 1 202 366 000 2071616000 956 987.000 1.102.366000 2 059 353.000 '
2. Ordenar los grupos relevantes de mayor a menor de acuerdo con el valor total aprobado en las dos vigencias y asignando como primer puntaje el número de la posición que ocupan en el ordenamiento. Ejemplo:
Valor Total Aprobado en Grupo Relevante Pnmer Puntaje periodo de referencia
b 2071616000 e 2 059 353.000 ' '; 1.758 436 000 .kr¡j ' ¿'" _\. 7; 3 0 56 2¡¡~ JUL RESOLUCIÓN NÚMERO ·~ (} (} ~018 HOJA No. 6 de 8 Continuación de la resolución "Por la cual se define ia metodología para el cálculo del valor máximo para el dictan otras disposiciones"
3. Calcular la variación porcentual del valor total aprobado entre las dos vigencias, así: (Valor tola/ Aprobado Vigencia 2017) _ Valor Total M•roi.Hulo V(Q1"11CÍ(! 2016
Ejemplo:
Grupo Relevante Valor Total Aprobada Vigencia 2016 Valor Total Aprobado V1gencia 2017 ' ' ' ' "' .o""' ' ' ~
4. Ordenar nuevamente los grupos relevantes de mayor a menor de acuerdo con la variación porcentual del valor aprobado entre las dos vigencias y asignando como segundo puntaje el número de la posición que ocupan en el ordenamiento.
Ejemplo: Variación Porcentual del Grupo Relevante Valor Total Aprobado Enlre Segundo Puntaje las dos V enc1as b 38% ' ' 25% 15% '3 '
5. Sumar los dos puntajes obtenidos y ordenar los grupos relevantes de menor a mayor de acuerdo con la suma de los puntajes.
Ejemplo: Grupo Relevante Primer Punta¡e Segundo Punta¡e Suma de Punta¡es
b ' ' '; ' 3
'3 ; '
6. El orden obtenido de la suma de puntajes será el orden de prioridad con el cual se calcula el VMR para cada grupo relevante.
3. Cálculo del VMR.
Respecto del VMR, se entiende que debe ser único para todos los medicamentos del mismo grupo relevante. por lo cual se establecerá un único valor por Unidad Mínima de Concentración-UMC, de modo que no se reconocerán diferencias por presentaciones comerciales, distintas concentraciones o nombres comerciales; no obstante. para los medicamentos cuya presentación sea en combinación de dosis fijas se establecerá un valor por Unidad Mínima de Dispensación-U M O, (ej. Tableta).
Para efectos del cálculo del VMR se debe tomar el valor total aprobado, el cual no contempla el valor de la cuota moderadora o copago, así como tampoco el monto del comparador administrativo contenido en el listado de comparadores administrativos que adopte este Ministerio, ni al valor calculado para las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC utilizadas o descartadas, aspecto que los agentes de la cadena de formación de valor deben tener en cuenta. Lo anterior considerando que el valor aprobado es aquel efectivamente auditado y pagado por la ADRES a las entidades recobrantes, de esta manera, no aplicarán descuentos posteriores sobre dicho valor.
Para la definición del VMR en UMC o UMD para cada grupo relevante se emplearán medidas estadísticas simples de tendencia central y de posición de la distribución de los valores observados. h
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Continuación de la resoluc1ón 'Por la cual se define 1a metodología para el cálculo del valor máximo para el dictan otras disposiciones"
El cálculo de VMR dependerá del número de oferentes que haya en cada grupo relevante, así:
• Grupos relevantes donde hay un solo oferente • Grupos relevantes donde hay dos o más oferentes
En este caso el oferente corresponde al titular del registro sanitario que comercializa directa o indirectamente el medicamento_
En los casos en que la CNPMDM, haya fijado precios para alguno de los medicamentos de los grupos relevantes, la ADRES establecerá como VMR dicho precio regulado.
Una vez seleccionada la base SII_MYT sobre la cual se realizarán los cálculos para definir el VMR, los siguientes son los pasos a seguir para obtener el VMR por UMC o UMD de cada grupo relevante:
Paso 1. Estandarización: El proceso de estandarización se refiere a la revisión y ajuste de las cantidades suministradas conforme al valor aprobado para cada registro de la base seleccionada. Este tipo de ajuste también se realizará sobre la base de SISMED en relación a las cantidades vendidas y el "valor mínimo" reportado. Lo anterior considerando los errores en la unidad de reporte que presentan ambas fuentes de información
La normalización de variables también incluirá. ATC, CUM, nombre de principio activo, forma farmacéutica, cantidad de principio activo en unidad mínima de dispensación, unidad de medida, unidades en la presentación comercial.
Paso 2. Identificación de las UMC (mcg, mg, mi, U/) o UMD de cada grupo relevante: Una vez realizado el paso 1, para cada registro de la base SII_MYT seleccionada y estandarizada, se identificará la cantidad de principio activo en UMC del respectivo CUM suministrado:
Cantidad de UMC::: Cantidad suministrada *Cantidad de principio activo en UMC
Cantidad suministrada Corresponde al campo "Cansuministro" y comprende las unidades dispensadas al paciente.
En esta estimación se supone que las unidades reportadas en cantidad de suministro corresponden a unidades mínimas de dispensación, por ejemplo: Tabletas.
Paso 3. Cálculo del Valor de Recobro en UMC o UMD: Previo al cálculo, los valores recobrados se llevan a precios constantes del año de vigencia, considerando la proyección deiiPC establecido por el Banco de la República o se tomará la inflación proyectada que se utiliza para el marco fiscal de mediano plazo.
Una vez establecida la cantidad de principio activo en UMC del respectivo CUM suministrado, se realizará el cálculo del valor por UMC o UMD, así:
Para cada registro de la base seleccionada calcular:
Valor aprobado ValorporUMC: .d dd C Cantl a e UM
Para medicamentos cuya presentación sea una combinación a dosis fija, el valor por UMD será: Valor aprobado V a 1or por UM D: ~--'c-c'-c-=_c'-c-:...:_""""7_ Cantidad suministrada RESOLUCIÓN NÚMERO~'. VQ3 056 DE 2018 HOJA No. l! de l!
Paso 4. Detección de valores atípicos: Los datos atípicos son valores de la variable que se ubican en los extremos y afectan la estimación de los estadísticos y caracterización de la variable, debido a esto, su detección es importante para obtener estimaciones más precisas.
Para la detección de estos valores extremos se recomienda la técnica que emplea los diagramas de caja y bigote (boxplot), en donde se estiman 2 rangos: uno para detección de datos atípicos moderados y otro para datos atípicos extremos.
La eliminación de valores atípicos se realiza sobre el valor por UMC (paso 3) o UMD para cada grupo relevante.
Para la detección de datos atípicos moderados se estima un rango. como s1gue:
L/= 01- 1.5 (03-01) LS = 03 + 1.5 (03-01) Donde, Lf=Límite Inferior. LS=Limite Superior.
01 cuarti/1 (percenti/25). 03. cuarti/3 (percentil 75)
Las observaciones de la variable que se ubiquen fuera de estos limites se consideran valores atípicos moderados, por lo tanto, serán excluidos para el cálculo del VMR en UMC o UMD para cada grupo relevante.
Al considerar que en algunos casos el valor del límite Inferior puede arrojar un valor menor a O, es necesario acotar este limite. quiere decir que la definición del Lf sera:
Si L/> O= L/ Lf<O=O
Paso 5. Cálculo del VMR en UMC o UMD: La definición del valor máx1mo de recobro dependera del número de oferentes que hay en el grupo relevante, así: '
1 Si en el grupo relevante hay un solo oferente, el VMR para este grupo será el percentil diez del valor en UMC o UMD: en estos casos, el percentil diez permite corregir las posibles ineficiencias propias del comportamiento monopólico y otras asociadas a la existencia de múltiples intermediarios, altos márgenes de intermediación, discriminación de prec1os, desaprovechamiento de posibles economías de escala, entre otras.
11 Si en el grupo relevante hay dos o más oferentes. se estimará para cada uno de los oferentes la mediana. promedio ponderado, promedio aritmético y la moda del valor por UMC o UMD, una vez se obtenga para cada oferente la est1mación de estos 4 estadísticos, se seleccionará el de menor valor El VMR por UMC o UMD para el grupo relevante será el percentil cincuenta entre los valores seleccionados de cada oferente.