Artículo 1
Acoger para el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012, en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.
Resolución · 3035 · 2013-12-31 · Jerarquía: nivel 8
Acoger para el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012, en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.
Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial, en el SECOP y en la página web de este Ministerio.
El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: En Revisión
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original