Por medio de la cual se definen las especificaciones para el reporte de la información del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus)

Resolución · 3030 · 2014-07-22 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 28

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer la estructura, caracteristicas, variables, plataforma para el envío y demás aspectos atinentes al reporte de la información para el desarrollo del Registro Único Naciona! del Talento Humano en Salud (RETHUS), aspectos contenidos en los anexos técnicos 1 y 2 que forman parte integral de este acto administrativo.

Artículo 2

Campo de aplicación. Las disposiciones de la presente resolución se aplicarán a las siguientes organizaciones privadas y entidades públicas: a. Los colegios profesionales del área de la salud que ejerzan funciones públicas delegadas. b. Las Direcciones Departamentales de Salud y la Secretaria Distrital de Salud de Bogotá o la entidad que haga sus veces, que en el marco de las normas vigentes, autoricen el ejercicio del talento humano en salud. c. Los tribunales ético disciplinarios del área de la salud.

Artículo 3

Del reporte de información. Las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo anterior, reportarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la información correspondiente, atendiendo la estructura y características detalladas en los anexos técnicos que hacen parte integral de la presente resolución, en la oportunidad definida a continuación: a. Para las organizaciones privadas de que trata el literal a. del artículo 2, el reporte se realizará dentro del plazo establecido en el artículo 17 del Decreto 4192 de 2010 y las normas que lo modifiquen o sustituyan y en los términos del Anexo Técnico No. 2 de este acto administrativo. b. Para las entidades de que trata el literal b. del artículo 2: Anexos Cargue Periodo de información Oportunidad Técnicos Autorizaciones expedidas y Inicial notificadas hasta el 30 de|'7de noviembre de 2014 1 septiembre de 2014 Autorizaciones expedidas y notificadas dentro del mes Dentro de los cinco (5) Periódico | calendario inmediatamente iS PR 2 anterior, a partir del 1 de octubre. de 2014. siguiente. c. Para las entidades de que trata el literal c. del artículo 2: pa Pa RESOLUCIÓN NÚMERO 3OSO De 2014 22 JUL 2014 HOJA 3 : . sa Ñ Anexo Cargue Periodo de información Oportunidad Técnico Sanciones públicas ejecutoriadas | Inicial y vigentes hasta el 30 de | 7 de noviembre de 2014 septiembre de 2014. Dentro de los tres (3) días 2 cani Sanciones públicas ejecutoriadas hábiles . siguientes a la Periódico a partir del 1 de octubre de 2014 ejecutoria del acto " administrativo que las impone. Parágrafo 1. Para efectos del cargue inicial de la información relacionada con antecedentes ético disciplinarios, los tribunales deberán involucrar solamente aquellas sanciones públicas ejecutoriadas que no superen el tiempo por el que se imponen las mismas y cinco (5) años más. Parágrafo 2. La ausencia de reporte con la oportunidad señalada por parte de las organizaciones privadas y entidades de que tratan los literales a. y c. del artículo 2 de la presente resolución, se entenderá como la no generación de información durante el periodo respectivo. : Parágrafo 3. Las entidades de que trata el literal b. del artículo anterior, que en el marco de sus competencias, no expidan autorizaciones de ejercicio del talento humano en salud en el periodo mensual inmediatamente anterior, deberán informarlo conforme a lo establecido en el campo No. 8 del “Registro Tipo 1. Registro de Control” del Anexo Técnico No. 2 de la presente resolución, dentro del plazo señalado en el artículo 6 del Decreto 1875 de 1994 y las normas que lo modifiquen o sustituyan.

Artículo 4

Plataforma para el envío de la información. El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la plataforma de integración PISIS del portal del Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO), para que las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2, reporten la información desde sus instalaciones. Si la organización o entidad aún no tiene usuario en el portal del SISPRO, deberá solicitarlo para acceder a la plataforma PISIS a través del enlace www.sispro.gov.co.

Artículo 5

Veracidad. de la información. Los representantes legales de las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2 del presente acto administrativo, certificarán la veracidad de la información mediante la firma digital anexada a la transferencia electrónica de remisión de la misma. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la Superintendencia de Industria y Comercio. Parágrafo. Las Direcciones Departamentales de Salud y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá de que trata el litera! b. del artículo 2 de la presente resolución, serán las responsables de la veracidad de la información generada en el marco de sus competencias y requerida para la inscripción automática en el RETHUS, de que trata el artículo 11 del Decreto 4192 de 2010, así como de la guarda y custodia de los soportes documentales respectivos.

Artículo 6

Control de calidad de la información. La información reportada por las organizaciones privadas y entidades públicas de que trata el artículo 2 del presente úl jo RESOLUCIÓN NÚMERO ODO3030DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 4 acto administrativo, será objeto de revisión en los términos y condiciones que defina este Ministerio, para efectos de lo dispuesto en el Decreto 4192 de 2010. En caso de identificarse inconsistencias en la información reportada, este Ministerio, a través de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud, requerirá a la organización privada o entidad pública responsable del reporte, para que manifieste las razones que provocaron la inconsistencia y proponga las correcciones respectivas tanto en el caso particular, como en el proceso correspondiente. Las correcciones que se realicen por la entidad responsable, serán previamente validadas por este Ministerio. Las organizaciones de que trata el literal a. del artículo 2 de la presente resolución, atenderán el término dispuesto en el artículo 17 del Decreto 4192 de 2010 respecto al ajuste de inconsistencias detectadas.

Artículo 7

Obligatoriedad del reporte de la información. En el marco de lo establecido el artículo 20 del Decreto 4192 de 2010 y demás disposiciones vigentes, el reporte de la información necesaria para el desarrollo e implementación del RETHUS, es de carácter obligatorio. En consecuencia, el incumplimiento de esta obligación constituye una conducta que vulnera el Sistema General de Seguridad Social en Salud, susceptible de sanción por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del numeral 130.12 del artículo 130 de la Ley 1438 de 2011, o las normas que lo modifiquen o sustituyan.

Artículo 8

Tratamiento de la información. Las entidades de que trata el artículo 2 y quienes participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que les sea aplicable en el marco de las Leyes Estatutarias 1581 de 2012 y 1712 de 2014, y el Decreto 1377 de 2013, reglamentario de la primera de las leyes mencionadas, y las normas que los modifiquen o sustituyan. Artículo 9, Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. pel

Artículo ANEXO (1/20)

k RESOLUCIÓN NUMERO OC03030p€ 2014 22 JUL 2014 HOJA 5 Anexo Técnico No. 1 Especificaciones para el cargue inicial de la información 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ARCHIVO El archivo a remitir debe ser de tipo texto y atender las siguientes especificaciones: a. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt. b. El tipo de dato referido en las características de cada uno de los registros, corresponde a la siguiente categorización: A-Alfanumérico N-Numérico D- decimal F-Fecha. c. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser punto y coma (;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial punto y coma (;). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dós punto y coma (;), por ejemplo: si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1;:dato3 f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni con algún otro carácter especial. q. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. ¡. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo.

Artículo ANEXO (2/20)

j. El formato de alineación de los valores que tome cada variable, no debe estar justificado, por lo tanto no se deben completar con ceros ni espacios. k. Cuando los códigos traen CEROS, éstos no pueden ser reemplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. |. El archivo plano no debe traer caracteres especiales de fin de archivo ni de final de registro. Se debe utilizar ENTER” como fin de registro. m. Los archivos deben estar firmados digitalmente, en los términos de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 2364 de 2012, o aquéllas normas que las modifiquen, sustituyan o aclaren. 2. SOPORTE Y ASISTENCIA TÉCNICA Con el propósito de brindar asesoría para el envío de los archivos y demás temas relacionados con el reporte de la información, las entidades pueden remitir sus inquietudes a la dirección de correo electrónico rethusfMminsalud.gov.co. 3. ESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRE DEL ARCHIVO El nombre del archivo con la información a reportar debe atender las siguientes características: y E) RESOLUCIÓN NÚMERO 0030.30 DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 6 Continuación de la resolución: “Por inedio de la cual se definen las especificaciones para el reporte de la información del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS)" Módulo de Identificador del módulo de información información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS. 130 Tipo de Fuente de la Información del Talento 3 Si Fuente Humano en Salud. ITHS Tema de ITHS Inscripción Talento Humano en 4 sÍ información Salud AAAAMMDD | Fecha de Fecha de corte de la información 8 El Corte reportada, correspondiente al último día calendario del perlodo de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo, La fecha válida es 20110331.

Artículo ANEXO (3/20)

XX Tipo de Tipo de: identificación de la entidad 2 Si identificación reportadora de la información: de la entidad reportadora DE - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE. DI -Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI, XXXXXXXXX | Número de Número de identificación de entidad 12 E] XXX identificación que envía los archivos, de acuerdo con de la entidad el tipo: de identificación del campo reportadora anterior: - Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 digitos. - Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DI diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 digitos. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo., por ejemplo: 000860999123 000000011001 000000000025 TXT Extensión del | Extensión del archivo plano. 4 El archivo Ejemplo del nombre de los archivos: Tipo de Archivo: il Nombre de Archivo Longitud Archivo para el reporte de la ¡formación del RETHUS THS1301THSAAAAMMDD N booo00000000x. txt 36 pe a pe RESOLUCIÓN NÚMERIO 003030 De 2014 22 JUL 2014 hoya7 4. ESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO El archivo con la información para el RETHUS estará compuesto por un único registro de control y varios registros de detalle: ipo Registr ligator Tipo 2 Datos personales y de identificación | Obligatorio Tipo 3 Datos académicos y de autorización | Obligatorio 4.1. Registro tipo 1. Registro de control Es obligatorio.

Artículo ANEXO (4/20)

Es el primer registro que debe aparecer en el archivo. : valor que igo identificador del tipo significa que el ¡ de registro. 1: Registro de registro es de control. control Fecha inicial del período ¡10 F [AAAA-MM-DD | Debe corresponder a la fecha 2 | de la información de inicio del periodo de| Si reportada información reportada. 10 F [AAAA-MM-DD | Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe | Si coincidir con la fecha de corte del nombre del archivo. 2 A ¡DE Tipo de identificación de la Bl entidad reportadora de la información: 1 [Tipo de registro Si Fecha Final del periodo de la información reportada DE - Si corresponde a una Dirección Territorial del Tipo identificación entidad orden Departamental, Si reportadora se debe especificar DE. DI - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI. RESOLUCIÓN NÚMERO 003030 DE 2014 22 JuL 2014 HOJA 8 12 A ¡Ejemplo: Número de identificación de 999999999999 [entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior: - Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el Número de identificación departamento de 2 dígitos. Si de la entidad reportadora - Si el tipo de identificación de la autoridad en salud de la entidad territorial es DI diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 dígitos. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo. Número total de registros 18 N [4 Debe corresponder a la 6 ¡de detalle contenidos en cantidad de registros tipo 2 Ó| Si el archivo 3, contenidos en el archivo. 4.2. Registro tipo 2.

Artículo ANEXO (5/20)

Datos personales y de identificación Mediante los Registros Tipo 2, se reportan los datos correspondientes a la Información Personal y de identificación del talento humano en salud. 1 | Tipo de registro 1 N |2: Código identificador | Registro de detalle con del tipo de registro. información de datos personales 2 | Consecutivo del 8 NA Número sin decimales. Inicia en | Si registro dentro del 1 para el primer registro de archivo detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el último registro del archivo. 22 JuL 2014 HOJA 9 RESOLUCIÓN NÚMERO (/ 003030 DE 2014 Tipo de Identificación de a Si persona a inscribir 3 | Tipo de 2 |A[CC.CE TIPA, RC identificación de la persona inscrita. CC__| Cédula de ciudadanía CE | Cédula de extranjería TI Tarjeta de identidad PA _ | Pasaporte RC_ | Registro Civil Número de Identificación de la| Si 4 | Número de 17 [AH identificación de la persona inscrita persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones. Primer apellido de| 30 Ejemplo: PEREZ Si la persona inscrita La información se almacena en Segundo apellido 30 Ejemplo: PEREZ mayúsculas. En el archivo se| No de la persona permite minúscula, mayúscula, inscrita no tildes. Primer nombre de | 30 Ejemplo: PEDRO Los campos enviados no| Si la persona inscrita deberán tener caracteres Segundo nombre] 30 Ejemplo: JUAN especiales. No de la persona inscrita 4.3. Registro tipo 3. Datos académicos y de autorización Mediante los Registros Tipo 3, se reportan los datos correspondientes a la Información Académica y de autorización del talento humano en salud. El registro es acumulativo, por lo que se debe enviar tantos registros por persona como número de títulos obtenidos en programas de formación del área de la salud. 3: Registro de detalle con información de datos Académicos 3: Código identificador del tipo de registro.

Artículo ANEXO (6/20)

Tipo de registro Número sin decimales. | Si Continúa la numeración en lo que vaya el registro anterior y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 2 | Consecutivo del registro 8 NA dentro del archivo 3 | Tipo de identificación de la 2 A |CC, CE, Tl, PA, CC | Cédula de Si persona inscrita. Re ciudadanía CE | Cédula de h extranjería TI Tarjeta de identidad PA | Pasaporte RC_ | Registro Civil RESOLUCIÓN NÚMERO 00 3030DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 10 Número de identificación de la persona inscrita persona a inscribir, sin puntos, comas o guiones. Número de Identificación de la Origen Obtención Titulo 1,2 4 | Local Extranjero Si Código Tipo Institución 1,2 1 | Educación Superior 2 | Educación para el trabajo y el desarrollo humano Si Código de la Institución Ejemplo 01245 Código de ta institución donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero y [9999] en caso de no disponer de información.

Artículo ANEXO (7/20)

Si Tipo de programa AUX, TCP, TEC, UNV, ESP, MTA, DOC AUX | Auxiliar TCP | Técnico profesional Tecnología Universitaria Especialización MTA_| Maestría DOC | Doctorado TEC UNV ESP Si Código del nombre del programa Ejemplo 0000 Código de identificación del programa donde la persona inscrita obtuvo el título, según la codificación SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) o SIET (Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano). [0000] en caso de haber obtenido el título en el extranjero y [9999] en caso de no disponer de información. Si Fecha de grado AAAA-MM-DD Formato AAAA-MM-DD. Cuando no se cuente con una fecha, se debe digitar 1900-01- 01. Si Número de convalidación Ejemplo 123abc Número de la Resolución emitida por el Ministerio de Educación Nacional o el ICFES, mediante la cual se convalidó el título obtenido en el extranjero. [999999] en caso de haber obtenido el título en Colombia. Si Fecha convalidación AAAA-MM-DD Formato AAAA-MM-DD. Cuando el título se obtenga en Colombia, se deberá digitar la siguiente: 1900-01-01. Si RESOLUCIÓN NÚMERO “03030 DE 2014 7 2 JUL 2014 HOJA 11 13 | Título 100 Ejemplo: Doctor | Descripción literal del título con en Medicina y el que fue autorizado el Cirugía ejercicio. 14 | Grupo título 5 Ejemplo 00000 ¡Código definido por elj Si Ministerio de Salud y Protección Social, para la identificación del grupo del título. 15 | Número del acto 12 Ejemplo 01245 [Número entregado por la| Si administrativo que autoriza entidad encargada de autorizar el ejercicio el ejercicio profesional, sin prefijos o sufijos. 16 |Fecha del acto 10 AAAA-MM-DD — | Formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (8/20)

Si administrativo que autoriza el ejercicio PR RESOLUCIÓN NÚMERO 03030 DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 12 Anexo Técnico No. 2 Especificaciones para el reporte periódico de la información 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ARCHIVO, SOPORTE Y ASISTENCIA TECNICA Las características generales del archivo, el soporte y la asistencia técnica, corresponde a las mismas características descritas en los numerales 1 y 2 del Anexo Técnico No, 1 de la presente resolución. 2. ESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRE DEL ARCHIVO El nombre del archivo con la información a reportar debe atender las siguientes caracteristicas: THS Módulo de Identificador del módulo de información 3 si información en el Ministerio de Salud y Protección Social para el RETHUS. 130 Tipo de Fuente de la Información del Talento 3 Si Fuente Humano en Salud. - ATHS Tema de ATHS Inscripción Talento Humano en 4 si información Salud AAAAMMDD Fecha de Fecha de corte de la información 8 SI Corte reportada, correspondiente al último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo, la fecha válida es 20110331. XX Tipo de Tipo de identificación de la entidad 2 SI identificación reportadora de la información: de la entidad reportadora Ni - Sies un Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o un Tribunal ético disciplinario del área de la salud, se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT. DE - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE. Di - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar DI.

Artículo ANEXO (9/20)

XXXXXXXXX | Número de Número de identificación de entidad 12 si XXX identificación que envía los archivos, de acuerdo con de la entidad el tipo de identificación del campo reportadora anterior: - Si el tipo de identificación del Colegio Profesional del área de la salud con funciones públicas delegadas o del Tribunal ético f disciplinario del área de la salud es RESOLUCIÓN NÚMBRO()/03030 De 2014 22 JUL 2014 HOJA 13 NI diligencie el Número de Nit sin digito de verificación. Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 digitos. Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DI diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 digitos. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo, por ejemplo: 000860999123 000000011001 000000000025 .TXT Extensión del | Extensión del archivo plano Si archivo , Ejemplo del nombre de los archivos: Tipo de Archivo Nomibré de Archivo Longitud Archivo para el reporte de la información del RETHUS THS130ATHSAAAAMMDDN booo00000000. txt 36 3. ESTRUCTURA Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO Según la entidad que haga el reporte, el archivo con la información para el RETHUS, estará compuesto por un único registro de control y varios registros de detalle: Tipo 1 Registro de control Obligatorio Obligatorio Obligatorio Tipo 2 Datos personales y de identificación | Obligatorio Obligatorio No Obligatorio Tipo 3 Datos académicos y de autorización | Obligatorio Obligatorio No Obligatorio Tipo 4 Servicio Social Obligatorio Obligatorio* Obligatorio* No Obligatorio Tipo 5 Sanciones ético disciplinarias No Obligatorio | No Obligatorio obligatorio Es obligatorio. Es el 3.1. Registro tipo 1.

Artículo ANEXO (10/20)

Registro de control *Para las profesiones que tengan como requisito de autorización del ejercicio, la prestación del Servicio Social Obligatorio. rimer registro que debe aparecer en el archivo. RESOLUCIÓN NUMERO Ú. 03030p8 2014 22 JUL 2014 HOJA 14 reporte de la información del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS)" 1 : valor que| Código identificador del tipo de significa que el | registro. 1: Registro de control. Si registro es de control o 10 F ¡AAAA-MM-DD |Debe corresponder a la fecha Fecha inicial del periodo de de inicio del periodo de| Si la información reportada información reportada. 10 F [AAAA-MM-DD |Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe coincidir con| Si la fecha de corte del nombre del archivo. 2 A [Ni Tipo de identificación de la DE entidad reportadora de la Dl información: 1 | Tipo de registro Fecha Final del periodo de la información reportada NI - Si es un Colegio Profesional! del área de la salud con funciones públicas delegadas o un Tribunal ético disciplinario del área de la salud, se debe especificar NI[ Si correspondiente al tipo de identificación NIT. DE - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental, se debe especificar DE. DI - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital, se debe especificar Di.

Artículo ANEXO (11/20)

Tipo identificación entidad reportadora 12 A | Ejemplo: Número de identificación de 999999999999 [entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior: - Si el tipo de identificación del Colegio Profesional del área de la salud con funciones Número de identificación públicas delegadas o del Si de la entidad reportadora Tribunal ético disciplinario del área de la salud es NI diligencie el Número de Nit sin dígito de verificación. - Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es DE diligencie el Código Divipola del DANE para el departamento de 2 dígitos. pe RESOLUCIÓN NÚMERDO 03030 DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 15 - Si el tipo de identificación de la Dirección Territorial en Salud es Di diligencie el Código DIVIPOLA del DANE para los distritos de 2 dígitos. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo, por ejemplo: 000860999123 000000011001 000000000025 8 Ni Debe corresponder a la cantidad de registros tipo 2, 3, 4 6 5 contenidos en el archivo. Número total de registros Cuando las entidades de que 6 | de detalle contenidos en el trata el literal b del artículo | Si archivo segundo de la presente resolución, no expidan autorizaciones de ejercicio en el periodo a reportar, el número total de registros será [0]. 3.2. Registro tipo 2. Datos personales y de identificación Mediante los Registros Tipo 2, se reportan los datos correspondientes a la Información Personal y de identificación del talento humano en salud. egistro N [2: Código identificador del | Registro de detalle con sí tipo de registro. información de datos personales 2 |Consecutivo del 8 NA Número sin decimales.

Artículo ANEXO (12/20)

Inicia | Sí registro dentro del en 1 para el primer registro de archivo detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el último registro del archivo, gR RESOLUCIÓN NÚMERO 0/:03030DE 2014 22 JUL 2014 HOJA 3 | Tipo de identificación | 2 A |CC, CE, Tl, PA, RC Tipo de Identificación de la de la persona persona a inscribir inscrita. CC | Cédula de ciudadanía CE | Cédula de extranjería Ti Tarjeta de identidad PA_ | Pasaporte RC _ | Registro Civil 4 | Número de 17 AH Número de Identificación de la | Sí identificación de la persona a inscribir, sin puntos, persona inscrita comas o guiones. 5 | Primer apellido de la| 30 | A | Ejemplo: PEREZ sí persona inscrita La información se almacena 6 | Segundo apellido de 30 A | Ejemplo: PEREZ en mayúsculas. En el archivo | No la persona inscrita se permite minúscula, 7 [Primer nombre dela | 30 | A [| Ejemplo: PEDRO mayúscula no tildes. si persona inscrita Los campos enviados no 8 ¡Segundo nombre de| 30 | A ¡Ejemplo: JUAN deberán tener caracteres [No la persona inscrita especiales. 9 | Género de la 1 A |M,F M_| Masculino Si persona inscrita F_ | Femenino 10 | Código de| 2 N |Ejemplo: 05 Tabla división político | Sí departamento de administrativa de Colombia nacimiento de la DIVIPOLA del DANE. persona inscrita [00], si la persona no es nacida en Colombia. 11 |Código de municipio 3 N | Ejemplo: 001 Tabla división político | SÍ de nacimiento de la administrativa de Colombia persona inscrita DIVIPOLA de! DANE. [000], si la persona no es nacida en Colombia 12 |Código de País de 3 A | Ejemplo: 001 Tabla de países ISO 3166-1.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2014.zip · hoja Resoluciones · fila 59), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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