Por la cual se modifica la Resolución 4385 de 2015.

Resolución · 298 · 2016-02-09 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Modificación del artículo 10 de la Resolución 4385 de 2015. Modifíquese el artículo 10 de la Resolución 4385 de 2015, el cual quedará así: "Artículo 10. Condición para el giro de los recursos. Los recursos provenientes de la suscripción de los Bonos Opcionalmente Convertibles en Acciones — BOCAS, serán girados directamente a los Prestadores de Servicios de Salud y Proveedores de Servicios y Tecnologías en Salud incluidos en el Plan Obligatorio de Salud -POS, para lo cual dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Convenio de Desempeño, la Entidad Promotora de Salud — EPS deberá remitir el 9 FEB 2016 RESOLUCIÓN NÚNI&O 0 0 r: 2 9 o DE 2016 HOJA No 2 de 3 Formato "Giro Recursos BOCAS", el cual se adopta mediante la presente resolución, y en el que se certifica que: 10.1 Los Prestadores de Servicios de Salud y Proveedores de Servicios y Tecnologías en Salud no tienen ningún tipo de vínculo de propiedad con la Entidad Promotora de Salud —EPS emisora. 10.2 La cartera a pagar corresponde a servicios y tecnologías incluidos en el Plan Obligatorio de Salud —POS y que se encuentra reconocida y conciliada. Para este fin la EPS deberá realizar las actividades necesarias para aclarar, depurar y conciliar cuentas con los prestadores de servicios de salud. 10.3 La cartera a pagar con los recursos girados será la de mayor antigüedad. 10.4 Las demás condiciones que se establezcan en el Convenio de Desempeño".

Artículo 2

Sustitúyase el Formato "Giro de Recursos Bocas" contenido en la Resolución 4385 de 2015, por el formato adoptado mediante la presente resolución.

Artículo 3

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 10 de la Resolución 4385 de 2015.

Artículo ANEXO

ALEJ Ni O GAVIRIA URIBE Ministro ,6e Salud y Protección Socialil 9 FEB 2016 RESOLUCIÓN NI4111ERO co0 298 DE 2016 HOJA No 3 de 3 @NI 1.7.411.:1, FORMATO "GIRO RECURSOS BOCAS" 1, NOMBRE DE LA EPS o UF 2. NIT 3. CODMO DE LA EPS o CU En calidad de Representynte My del' Entidad Promotora de Salud certifiM que las Instituciones PresMdoras de Servicios de Salud eles proveedores de Insumos y Medlomentos relycionldos aria presente cerlificadán royeren ningún vinculo de propiedad can esta (PI. Asimismo, que la cadera que se pagará es la de mayor antiguedad y corresponde a servicios y tecnologías indui das en el Plan Obligatorio de Salud, reconnyida ycondliMacon lasIPSy Proveedores. TOTAL NOTA El deterle de la nbrmación debe entregarse en medio magnético. con la misma eslructura definida en este formato. 10 Representante Legal de la EPS o CCF NOMBRE FIRMA CEDULA

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 9), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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