Por la cual se aclara la Resolución número 02776 de junio 1° de 2000.

Resolución · 2968 · 2000-11-22 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

El literal a) de la resolución 2776 de noviembre primero de 2000 por la cual se fijan los procedimientos para establecer los costos C.I.F. de los medicamentos de control especial, las drogas, materias primas o precursores utilizados en su fabricación y que son importados a través del Fondo Nacional de Estupefacientes, quedará así: a) Sobre el valor C.I.F. de los estupefacientes sujetos a Fiscalización Internacional incluidos en las Listas I, II, III y IV de la Convención de 1961 y/o en los Grupos I, II, III y IV de la Convención de 1931 con sus modificaciones o adiciones, se sumarán los siguientes porcentajes por costos: Gastos de Administración 10% Gastos de Vigilancia 10%.

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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