Por la cual se modifica el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020 en relación con la puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Pensiones a través del SAT.

Resolución · 293 · 2021-03-04 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Modifíquese el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 9. Puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Pensiones a través del SAT. Durante el primer semestre del año 2021 se adelantará el proceso de validación y depuración de la información de afiliados del Sistema General de Pensiones que reposa en el Registro Único de Afiliados — RUAF para su e a ., resoLución número 1000293 pe 2021 - 4 MAR 2021 Hoya No 2 incorporación en el SAT y a partir del segundo semestre del año 2021 entrarán en operación de manera gradual, las funcionalidades establecidas en el artículo 7 de la presente resolución, sin perjuicio que puedan implementarse antes, de conformidad con el procedimiento, términos y estructura de datos establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Artículo 2

La presente resolución rige á partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 35), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma