Por la cual se adopta el Vademécum de Plantas Medicinales Colombiano y se establecen los lineamientos para su actualización

Resolución · 2834 · 2008-07-30 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Adóptase como referencia obligatoria para expedir el registro sanitario de los productos fitoterapéuticos tradicionales, el Vademécum de Plantas Medicinales Colombiano, edición impresa registrada en la Cámara Colombiana del Libro, con el Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas . ISBN 978958701997-1 de 2008 y publicado en la página web del Ministerio de la Protección Social el 27 de mayo de 2008.

Artículo 2

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA- a través de la Sala Especializada de Productos Naturales, o quien haga sus veces, "NUMERO DE DOCUMENTO" "Epígrafe Documento" actualizará el Vademécum de Plantas Medicinales Colombiano para lo cual deberá disponer de la siguiente información, por cada planta medicinal: a) Nombre científico; b) Sinónimos; c) Nombre vulgar; d) Parte de la planta usada o droga; e) Uso tradicional; f) Principales constituyentes químicos; g) Propiedades terapéuticas y/o farmacológicas (si hubiere estudios sobre el particular, ensayos in vivo, ensayos clínicos); h) Indicaciones y posología, precisando si el uso es interno o externo (de acuerdo a lo descrito en la literatura); i) Toxicidad aguda y a dosis repetida; j) Ensayos in vitro; k) Contraindicaciones y precauciones; l) Si se cuenta con estudios de seguridad o clínicos propiedades farmacodinámicas; m) Conservación; n) Formas farmacéuticas; o) Interacciones con fármacos si se encuentran reportadas y p) Fotografía a color de la planta

Artículo 3

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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