Artículo 1
Modifiquese el artículo 1 de la Resolución 510 de 2022, el cual quedará asi: “Objeto. La présente resolución tiene por objeto adoptar los campos de datos adicionales, en formato XML, para la generación de la factura electrónica de venta del sector salud, contenidos en elsanexo técnico que hace parte integral de la presente resolución, articularlo con €l Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud —RIPS como soporte de la factura electrónica y establecer disposiciones para su trámite. El anexo técnico, que hace parte integral de la presente resolución, se dispondrá en la URL http: furl minsalud.gov.co/facturacion-electronica y deberá ser adoptado obligatoriamente por los facturadores electrónicos del sector salud a partir del 1 de enero de 2024, disponiendo estas entidades hasta esta fecha para realizar la adecuación de sus sistemas de información al cumplimiento de lo previsto en la presente resolución.”.