Artículo 21
Notificación. La presente resolución será notificada a través del punto de contacto (OTC/MSF) de Colombia, a los países miembros de la Organización Mundial de Comercio, de la Comunidad Andina y a los países con los cuales Colombia tenga acuerdos comerciales vigentes que contemplen dicha obligación, en cumplimiento de la Ley 170 de 1994.