Artículo 1
El Comité de Análisis y Seguimiento a los recursos de los Fondos de la Protección Social, de que trata la presente resolución, tendrá entre otras, las siguientes funciones: 1. Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los recursos de cada concepto de ingresos y gastos de los Fondos de a Protección Social. 2. Analizar la programación presupuestal de cada vigencia fiscal y las modificaciones al presupuesto aprobado. 3 Conceptuar con los correspondientes soportes, sobre viabilidad técnica de los actos administrativos a través de los cuales el Ministerio de Salud y protección Social, adopta las decisiones como Consejo Administrador de los recursos del FOSYGA y administrador de los Fondos de la Protección Social. 4. Emitir concepto respecto a la aprobación del presupuesto de ingresos, gastos, utilización distribución y asignación de recursos y las modificaciones que se requieran al presupuesto de los Fondos de la Protección Social.