Por la cual se modifican los Anexos Técnicos 2,3,4 Y 5 de la Resolución 2388 de 2016

Resolución · 261 · 2022-02-21 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 60

Artículo 1 (21/34)

3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS CAPITULO No. OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “3 - Número de días de mora liquidado”; asi: 5 RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial Y Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS 1 5 1 5 N | Registro de intereses | Debe ser 00036 para este caso de mora. 2 1 6 6 N | Tipo de registro. Debe ser 3 para este caso 3 5 7 11 N | Número de días de | El registrado en el campo 31 del mora liquidado. registro salida tipo 1 - Encabezado para las administradoras de pensiones 4 11 12 22 N | Mora en las | Liquidación del valor en mora del cotizaciones. campo 7 del renglón 31- aportes del archivo de salida para las administradoras de pensiones 5 11 23 33 N | Mora al Fondo de | Liquidación del valor en mora del Solidaridad Pensional - | campo 8 del renglón 31- aportes Subcuenta de | del archivo de salida para las Solidaridad. -_ | administradoras de pensiones 6 $1 34 44 N | Mora al Fondo de | Liquidación del valor en mora del Solidaridad Pensional - | campo 9 del renglón 31- aportes Subcuenta de | del archivo de salida para las Subsistencia. administradoras de pensiones TOTAL 44

Artículo 1 (22/34)

15. En el numeral 2.1 "Registro de salida tipo 1. Encabezado” del CAPITULO No. 3. "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “31 - Días de mora”, así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO| LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS El valor lo debe calcular el operador 31 5 490 | 494 N Días de mora de información de acuerdo con la fecha de pago de la planilla. El contenido de este campo lo debe calcular el operador de información y Número de registros | corresponde a la cantidad de 32 8 [| 4985 [502 | N | de salida tipo 2 registros del registro salida tipo 2 liquidación detallada incluidos en este archivo. Fecha de matrícula . 33 10 503 | 512 A mercantil ((aaaa- pomado del campo 31 del archivo mm-dd)) P 34 2 513 | 514 A Código del Tomado del campo 32 del archivo departamento tipo 1 35 4 515 | 515 A Aportante Tomado del campo 33 del archivo exonerado de pago | tipo 1 dd, NN RESOLUCIÓN NÚMERO poa ss 2 1 FEB 2022 ¿2261 De 2022 HOJA 14 POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO| LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS de aporte Salud, SENA e ICBF - Ley 1607 de 2012 36 1 | si | 516 | 4 | clase de aportante A] en el campo 7 del 37 1 | silos ion | Naturaleza jurídica oooO 7 en el campo 8 del 38 1 518 518 A Tipo persona oO o en el campo 9 del Fecha actualización Obligatorio 39 10 519 528 A no e AAN Debe ser diligenciado por el operador ormato ( ” | de información MM-DD). TOTAL 528 ]

Artículo 1 (23/34)

16. Enel“Renglón 36. MORA” del numeral 2.3 “Registro de salida tipo 3. Totales” del Capitulo 3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “3 - Número de días de mora liquidado”; asi: RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO | DESCRIPCIÓN LOS DATOS Registro de 1 5 1 5 N Intereses de mora. Debe ser 00036 para este caso 2 1 6 6 N Tipo de registro. Debe ser 3 para este caso. , El registrado en el campo 31 del 3 5 7 $1 N O de as de registro salida tipo 1 - Encabezado q j para las EPS o EOC. Liquidación del valor en mora del 4 11 12 22 N Mora en las | campo 4 del renglón 31- Aportes cotizaciones. del archivo de salida para las EPS o EÉ0C. Liquidación del valor en mora del 5 11 23 33 N Mora en las UPC | campo 9 del renglón 31- Aportes adicionales. del archivo de salida para las EPS o EOC. TOTAL 33

Artículo 1 (24/34)

47. En el numeral 3.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado” del CAPITULO No. 3. "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “30 - Días de mora”, así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Raras T Finar| "PO DESCRIPCIÓN DATOS El valor lo debe calcular el operador 30 5 484 | 488 N | Días de mora de información de acuerdo con la fecha de pago de la planilla. El contenido de este campo lo debe calcular el operador de información Número de registros | y corresponde a la cantidad de 31 8 489 | 496 N de salida tipo 2. registros del registro salida tipo 2 liquidación detallada incluidos en este archivo. El registrado en el campo 7 del 32 1 497 | 497 | A | Clase de aportante archivo tipo 1 as El registrado en el campo 8 del 33 1 498 | 498 N | Naturaleza jurídica archivo tipo 1 . El registrado en el campo Y del 34 1 499 | 499 A Tipo persona archivo tipo 1 RESOLUCIÓN NÚMERO 5 5261 oe | FEB 2022 2022 HOJA 15 POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS MA actualización Obligatorio. 35 10 500 | 509 A Formato (A %, A A-MM- Debe ser diligenciado por el operador de información DD). TOTAL 509 18. Enel"Renglón 36. MORA” del numeral 3.3 "Registro de salida tipo 3. Totales” del CAPITULO No.

Artículo 1 (25/34)

3. "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “3 - Número de días de mora liquidado”; así: RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS Registro de 1 5 1 5 NÑ intereses de mora. Debe ser 00036 para este caso 2 1 6 6 N | Tipo de Registro Debe ser 3 para este caso El registrado en el campo 30 del 3 5 7 41 N Número de días de | registro de salida tipo 1 - Encabezado mora liquidado. para las administradoras de Riesgos Laborales. Liquidación del valor en mora del campo 4 del renglón 31 - Aportes del 4 $31 12 22 ÑN ono las archivo de salida para las Ñ administradoras de Riesgos Laborales TOTAL 22

Artículo 1 (26/34)

19. Enel numeral 4.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado” del CAPITULO No. 3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “30 - Días de mora”; así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS El valor lo debe calcular el operador de información de 30 5 484 | 488 | N | Días de mora. acuerdo con la fecha de pago de la planilla. El contenido de este campo lo debe calcular el operador de Número de registros de | información y corresponde a la 31 8 489 | 496 N salida tipo 2. cantidad de registros del registro salida tipo 2 liquidación detallada incluidos en este archivo. Fecha de matricula . 32 10 | 497 | 506 | A | mercantil (aama-mm- | [onado del campo 31 del archivo da). ipo 1 Código del | Tomado del campo 32 del archivo 33 2 507 | 508 | A departamento. tipo 1 Aportante que se acoge a los beneficios del

Artículo 1 (27/34)

artículo 5 de la Ley 1429 | Tomado del campo 34 del archivo 34 1 509 | 509 A de 2010 con respecto al | Tipo 1 aporte para las cajas de compensación familiar. El registrado en el campo 7 del 35 1 510 | 510 A | Clase de aportante. archivo tipo 1 rs El registrado en el campo 8 del 36 1 511 | 51 N | Naturaleza jurídica. archivo tipo 1 RESOLUCIÓN NÚMERO so 20074264 De FEB 2022 2022 HOJA 16 POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG rial | Final | "PO DESCRIPCIÓN LOS DATOS . El registrado en el campo 9 del 37 1 512 | 512 A Tipo persona. archivo tipo 1 Fecha actualización | Obligatorio. 38 10 513 | 522 | A | archivo tipo 1. Formato | Debe ser diligenciado por el (AAAA-MM-DD). operador de información TOTAL 522 20. Enel"Renglón 36. MORA” del numeral 4.3 “Registro de Salida Tipo 3. Totales de la Autoliquidación por Administradora” del CAPITULO No. 3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “3 - Número de días de mora liquidado”; así: RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS Registro de Intereses 1 5 1 5 N de mora. Debe ser 00036 para este caso. 2 1 6 6 N | Tipo de registro. Debe ser 3 para este caso. . El registrado en el campo 30 del 3 5 7 1 N o 1 As de registro salida tipo 1 - Encabezado q " para para CCF. Liquidación del valor en mora del 4 1 12 22 N | Mora en los aportes.

Artículo 1 (28/34)

Campo 4 del Rengión 31 - Aportes del archivo de salida para para CCF. TOTAL 22 21.En el numeral 5.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado” del Capítulo 3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “30 - Días de mora”; así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS El valor lo debe calcular el operador 30 5 484 | 488 N | Días de mora. de información de acuerdo con la fecha de pago de la planilla. El contenido de este campo lo debe calcular el operador de información Número de registros de | y corresponde a la cantidad de 31 8 469 | 496 N salida tipo 2. registros del registro salida tipo 2 liquidación detallada incluidos en este archivo. . Fecha de matrícula , 32 10 497 | 506 A mercantil (aasa-mm- Tomado del campo 31 del archivo dd). tipo 1 Código del | Tomado del campo 32 del archivo 33 2 507 | 508 A departamento. tipo 1 Aportante exonerado . 34 1 sos | 509 A de pago de aporte de pomado del campo 33 del archivo salud, SENA e ICBF P El registrado en el campo 7 del 35 1 510 | 510 A | Clase de aportante. archivo tipo 1 rs El registrado en el campo 8 del 36 1 511 | 511 N | Naturaleza jurídica. archivo tipo 1 o El registrado en el campo 9 del 37 1 512 | 512 A Tipo persona. archivo tipo 1 Fecha actualización | Obligatorio. 38 10 513 | 522 A | archivo tipo 1.

Artículo 1 (29/34)

Formato | Debe ser diligenciado por el (AAAA-MM-DD). operador de información TOTAL 522 N Ñ e 21 FEB 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 4296] D 2022 HOJA 17 22. En el “Renglón 36. MORA” del numeral 5.3 "Registro de salida tipo 3. Totales de la autoliquidación por administradora” del Capítulo 3. "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo "3 - Número de días de mora liquidado”; asi: RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS Registro de Intereses 1 5 1 5 NÑN de mora. Debe ser 00036 para este caso. 2 1 6 6 N | Tipo de registro. Debe ser 3 para este caso. El registrado en el campo 29 del » registro salida tipo 1 - Encabezado 3 5 7 11 N ii de para SENA e ICBF, de acuerdo si q . la salida es para el ICBF o el SENA. Liquidación del valor en mora del Campo 4 del Renglón 31 - Aportes 4 $1 12 22 N | Mora en los aportes. del archivo de salida para SENA e ICBF, de acuerdo si la salida es para el ICBF o el SENA. TOTAL 22 23.En el numeral 6.1 “Registro de salida tipo 1.

Artículo 1 (30/34)

Encabezado” del Capitulo 3. “ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo “30 - Días de mora”; así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS El valor lo debe calcular el operador de información de 30 5 484 | 488 N | Días de mora. acuerdo con la fecha de pago de la planilla. El registrado en el campo 7 del 31 1 489 | 489 A Clase de aportante archivo tipo 1 32 1 490 | 490 N | Naturaleza jurídica El registrado en el campo 8 del archivo tipo 1 33 1 491 | 491 A Tipo persona El registrado en el campo 9 del archivo tipo 1 Fecha actualización | Obligatorio. 34 10 492 | 501 A | archivo tipo 1. Formato | Debe ser diligenciado por el (AAAA-MM-DD). operador de información TOTAL 501 24. En el "Renglón 36. MORA” del numeral 6.3 "Registro de salida tipo 3. Totales de la autoliquidación por Administradora" del Capítulo 3. "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS”, modificar la longitud del campo "3 - Número de días de mora liquidado”; asi: : RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS Registro de 1 5 1 5 N | intereses de | Debe ser 00036 para este caso mora. 2 1 6 6 N | Tipo de registro.

Artículo 1 (31/34)

Debe ser 3 para este caso Número de días El registrado en el campo 29 del registro 3 57 |11]|N [de mora | salida tipo 1 - Encabezado para ESAP liquidado. lp 800 para y A Ú 2 1 FEB 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO £ 5 :£:26] DE 2022 HOJA 18 RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS MEN, de acuerdo si la salida es para la ESAP o para el MEN. Liquidación del valor en mora del campo 4 11 12 22 N Mora en los | 4 del renglón 31 - Aportes del archivo de aportes. salida para ESAP y MEN, de acuerdo si la salida es para la ESAP o para el MEN. TOTAL 22 25.En el Capítulo 5 “PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES” del Anexo Técnico 2 “Aportes a Seguridad Social de Activos” adicionar los siguientes numerales; así: .) 5.52 Las modificaciones a las aclaraciones del tipo de planilla "A. Planilla cotizantes con novedad de ingreso” establecida en el numeral 2.1.1.2.2 "Campo 8. Tipo de planilla”, del tipo de cotizante "63- Beneficiario de Prestación humanitaria” y la establecida en el numeral 2.1.2.3.1 "Campo 5 - Tipo de cotizante” del Capítulo 1 “Archivos de entrada”, a la “Tabla 13.

Artículo 1 (32/34)

RO7 — Regla de validación — Tipo de cotizante vs tipo de planilla”, establecida en el numeral 7. “RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE PLANILLA" Capitulo 4. “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS”, deberán ser implementadas para los pagos que realicen los aportantes a partir del 1 de abril de 2022 correspondientes al periodo de cotización marzo de 2022, 5.53 La modificación a la aclaración del tipo de planilia “X. Planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, reestructuración o en procesos concursales” establecida en el numeral 2.1.1.2.2 “Campo 8. Tipo de planilla” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” y la modificación a la longitud de los campos “11- Número de días de mora liquidados” del numeral 1 “REGISTRO TIPO 3. TOTAL APORTES DEL PERÍODO PARA PENSIONES”, "7 - Número de días de mora liquidados" del numeral 2 "REGISTRO TIPO 4. TOTAL, APORTES DEL PERIODO AL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL”; “9 - Número de días de mora liquidados” del numeral 3 “REGISTRO TIPO 5. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO PARA SALUD"; "11- Número de días de mora liquidados” del numeral 4 “REGISTRO TIPO 6. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO PARA RIESGOS LABORALES”; “7 - Número de días de mora liquidados” del numeral 5 “REGISTRO TIPO 7. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO PARA CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR”; “6 - Número de días de mora liquidados” del numeral 6 “REGISTRO TIPO 8. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO AL SENA”; “6 - Número de días de mora liquidados” del numeral 7 “REGISTRO TIPO 9.

Artículo 1 (33/34)

TOTAL, APORTES DEL PERÍODO AL ICBF”; “6 - Número de días de mora liquidados” del numeral 8 “REGISTRO TIPO 10. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO A LA ESAP”, “6 - Número de días de mora liquidados” del numeral 9 "REGISTRO TIPO 11. TOTAL, APORTES DEL PERÍODO AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN” del Capitulo 2 “REGISTROS DE TOTALES GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, y los campos “31 - Días de mora" del numeral 1.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado”; “3 - Número de días de mora liquidado” del “Renglón 36. MORA” del numeral 1.3 “Registro de salida tipo 3. Totales”; “31 - Días de mora" del numeral 2.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado”; “3 - Número de días de mora liquidado” del "Renglón 36. MORA” del numeral 2.3 “Registro de salida tipo 3. Totales”; “30 - Días de mora” del numeral 3.1 “Registro de salida tipo 1. Encabezado”; "3 - Número de días de mora liquidado” del “Renglón 36. MORA” del numeral 3.3 “Registro de salida tipo 3. Totales”; 30 - Días de mora” del numeral 4.1 “Registro de salida tipo 1. NN 2 1 FEB 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 1,2 .£261 DÉ 2022 HOJA 19 1. Encabezado”; “3 - Número de días de mora liquidado” del “Renglón 36. MORA” del numeral 4.3 “Registro de Salida Tipo 3. Totales de la Autoliquidación por Administradora”, “30 - Días de mora” del numeral 5.1 “Registro de salida tipo

Artículo 1 (34/34)

1. Encabezado”; “3 - Número de días de mora liquidado” del “Renglón 36. MORA” del numeral 5.3 “Registro de salida tipo 3. Totales de la autoliquidación por administradora”; “30 - Días de mora” del numeral 6.1 "Registro de salida tipo 1. Encabezado” y “3 - Número de días de mora liquidado” del "Renglón 36. MORA” del numeral 6.3 “Registro de salida tipo 3. Totales de la autoliquidación por Administradora” del CAPITULO No. 3, "ARCHIVOS DE SALIDA GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN A LAS ADMINISTRADORAS” deberán ser implementados para los pagos que realicen los aportantes a partir del 1 de abril de 2022.

Artículo 2 (1/22)

Modificar el Anexo Técnico 3 “Aportes a Seguridad Social de Pensionados”, de la Resolución 2388 de 2016, así: En el numeral 1.2.4 “Campo 27 - Tipo de pagador de pensiones” del Capítulo 1 “ARCHIVOS DE ENTRADA”, modificar las aclaraciones del tipo de pagador de pensiones “03- Pagador de pensiones”; así: “03- Pagador de pensiones: Debe ser utilizado por las entidades que tienen a su cargo el pago de las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes que fueron reconocidas por entidades del sector público o por pensionados extranjeros residentes en Colombia con convenios internacionales de seguridad social” En el numeral 2.1.2.2 “Campo 18 - Tipo de planilla pensionado” del Capítulo 1 “ARCHIVOS DE ENTRADA”, modificar las aclaraciones de los tipos de planilla “L. Planilla pago reliquidación" y “V - Planilla pago reliquidación enero de 2020 en adelante”; así: “(...) L- Planilla pago reliquidación: Es utilizada por los pagadores de pensiones para realizar el pago de mayores aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, resultante de la reliquidación de la mesada pensional de periodos anteriores a enero de 2020. Sólo se reportará el valor del ajuste de la mesada pensional y del aporte a realizar en cada uno de los subsistemas, los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud deben ser enviados a la Administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES con el código MIN 001; excepto para los pensionados por el Sistema General de Pensiones pertenecientes al Régimen Especial de salud, para quienes el aporte se debe enviar a éste de acuerdo con lo establecido en la Ley 1443 de 2011 y la Circular 012 de 2013. Cuando el aportante requiera utilizar más de una planilla, podrá hacerlo.

Artículo 2 (2/22)

La obligación de liquidar intereses de mora dependerá de la normatividad bajo la cual se reconoce la reliquidación de la pensión” “V - Planilla pago reliquidación enero de 2020 en adelante: Es utilizada por los pagadores de pensiones para realizar el pago de mayores aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, resultantes de la reliquidación de la mesada pensional de enero de 2020 en adelante. Cuando se utilice este tipo de planilla los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud deben ser enviados a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, con el código MINOO1; excepto para los pensionados por el Sistema General de Pensiones pertenecientes al Régimen Especial de Salud, para quienes el aporte se debe enviar a éste de acuerdo con lo establecido en la Ley 1443 de 2011 y la Circular 012 de 2013. (ia) RESOLUCIÓN NÚMEROS 25264 Del 1 FEB Udo HOJA 20 Cuando el pagador de pensiones utilice este tipo de planilla, puede modificar los campos: días, valor de la mesada pensional, IBC, valor total de la mesada pensional o tarifa de aportes a salud; caso en el cual, deberá reportar la información en dos tipos de registros, así: a) En el registro “tipo A” el pagador de pensiones, deberá reportar la información que reportó en la planilla inicial. b) En el registro “tipo C” el pagador de pensiones, reportará el valor final que corresponda para cada campo. El operador de información deberá aplicar las validaciones de los topes mínimos y máximos que corresponda en el campo Ingreso Base de Cotización según el tipo de pensión y tipo de pensionado.

Artículo 2 (3/22)

c) En el campo “32 - Código EPS o EOC a la cual pertenece el afiliado” del registro “tipo A” y del registro “tipo C”, deberá reportar el código MINOO1, excepto para los pensionados por el Sistema General de Pensiones pertenecientes al Régimen Especial de salud, para quienes el aporte se debe enviar a éste de acuerdo con lo establecido en la Ley 1443 de 2011 y la Circular 012 de 2013; y en el campo “30 — Código de la Administradora de Pensiones a la cual pertenece el pensionado cotizante” en el registro “tipo A” y en el registro “tipo C”, deberá reportar cuando aplique, el mismo código de la administradora. d) El valor de la cotización debe ser la diferencia entre los valores reportados en los campos “41 — Cotización obligatoria a pensiones”, “45- aportes a Fondo de Solidaridad Pensional, Subcuenta de Solidaridad”,”46- Aportes a Fondo de Solidaridad Pensional, Subcuenta de Subsistencia”, “47- Aportes a Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Subsistencia” “49 — Cotización obligatoria a salud”, “52 — Valor aporte CCF”, del Registro Tipo 2 del Archivo Tipo 2, de la línea C menos la Línea A, y debe ser liquidada por los operadores de información. e) Se deben reportar dos grupos de registros para un cotizante por cada prestación así: ¡. En una planilla de reliquidación se debe validar que aparezcan, para cada pensionado, primero el grupo de registros A e inmediatamente después los registros C. íí. Se debe validar que la suma de días en los registros A sea igual o mayor que “0” y menor o igual a “30”. iii Se debe validar que la suma de días en los registros C sea mayor que “0” y menor o igual a “30”. iv. Ambos grupos de registros los debe suministrar el operador de información a las respectivas administradoras, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES y al Ministerio de Salud y Protección Social. v.

Artículo 2 (4/22)

La sumatoria del IBC y de los días reportados en los registros C debe ser mayor o igual a la sumatoria del IBC de los registros A. El pagador de pensiones deberá diligenciar una planilla de este tipo por cada período que esté corrigiendo, en la cual deberá incluir todos los sistemas a los cuales está obligado a aportar el pensionado. Para el uso de esta planilla, el operador de información deberá validar que los topes mínimos y máximos de los pagos efectuados correspondan a los vigentes para la fecha del período que se está liquidando y pagando, así como también la tarifa vigente para el periodo que está reportando y deberá realizar todas las validaciones establecidas en el Anexo Técnico 3. Cuando se utilice este tipo de planilla será permitido reportar únicamente novedades de ingreso o retiro. Ad RESOLUCIÓN NÚMEROS 24961 pe? 1 FEB 20h HOJA 21 Cuando por razones operativas, el aportante que utiliza la planilla de reliquidación requiera utilizar más de una planilla, podrá hacerlo. Cuando el aportante requiera utilizar más de una planilla, podrá hacerlo. La obligación de liquidar intereses de mora dependerá de la normatividad bajo la cual se reconoce la reliquidación de la pensión” Cuando los valores determinados en las sentencias por concepto de reliquidación y/o retroactivos pensionales sean diferentes a los liquidados a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, el pagador de pensiones podrá realizar excepcionalmente estos pagos para el Sistema General de Seguridad Social en Salud a través del botón de pagos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, de acuerdo con los valores establecidos en las sentencias, diligenciando la información que establezca la ADRES.

Artículo 2 (5/22)

Para el Sistema General de Pensiones y el Fondo de Solidaridad Pensional deberá realizar estos pagos directamente ante las administradoras en los mecanismos establecidos por cada una de ellas”. En el numeral 2.2.2.28 “Campo 63 — Valor total de mesada pensionaf' del Capítulo 1 “ARCHIVOS DE ENTRADA” modificar las aclaraciones de este campo, asi: “2,2.2,28 Campo 63 - Valor total de mesada pensional Corresponde a la sumatoria de los valores de las mesadas compartidas, a la sumatoria de las mesadas devengadas en Colombia y en el otro país pensionante o a la sumatoria total del valor que le corresponda a cada uno de los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia o sustitución. Este valor será teniendo en cuenta por los operadores de información para seleccionar la tarifa a aplicar al Sistema General de Seguridad Social en Salud de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 5 del artículo 204 de la Ley 100 de 1993 y para la tarifa a aplicar al Fondo de Solidaridad pensional — Subcuenta de Subsistencia según lo previsto en el artículo 27 de la Ley 100 de 1993, para los tipos de pensión 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 16 y 20. Cuando el tipo de pensión 1-Vejez, 8 — Invalidez riesgo común, 10 - jubilación, 13 - convencional, 16 - convenio internacional y 20 — sentencia judicial no sea compartida, el pagador de pensiones deberá reportar en este campo el mismo valor reportado en el campo “58- valor de mesada pensional”. Para los tipos de pensión 9, 12, 15 y 21 el pagador de pensiones deberá reportar en este campo el mismo valor reportado en el campo “58- valor de mesada pensional”.

Artículo 2 (6/22)

En los casos en que el pagador de pensiones reporte menos de 30 días porque existe una novedad de ingreso o retiro para un pensionado, el operador de información debe validar que el valor reportado en el campo “63 - Valor total de la mesada pensional” del registro tipo 2 del archivo tipo 2, corresponda mínimo a la proporción del salario mínimo legal mensual vigente de acuerdo con la proporción de los días reportados, valor sobre el cual se debe determinar la tarifa de aportes para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.” En el numeral 1 “REGISTRO TIPO 3. TOTAL APORTES DEL PERÍODO PARA PENSIONES” del CAPITULO No. 2. “REGISTROS DE TOTALES GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN” modificar la longitud del campo “10 - Número de días de mora liquidados”; así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO, LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS El valor lo debe calcular el 10 5 85 89 N Número de días de | operador de información de mora liquidados. acuerdo con la fecha de pago de la planilla. RESOLUCIÓN NÚMERO; 9 €l 21 FEB 2022 DE 2022 HOJA 22 POSICIÓN CAMPO, LONG inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS DATOS 1 1 90 100 Valor intereses de mora sobre el valor total de las cotizaciones del período liquidado. Liquidación del valor en mora del campo 7 del registro tipo 3. 12 1 101 111 Valor intereses de mora sobre el valor total aporte Fondo de Solidaridad Pensional subcuenta de solidaridad.

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Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 30), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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