Artículo 1
AUTORIZACIÓN DEL SORTEO. Autorizar la realización del sorteo de asignación de plazas de Servicio Social Obligatorio para profesionales en Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología que se encuentren vacantes entre el 1 de septiembre de 2010 y el 31 de enero de 2011 en entidades públicas con plazas aprobadas de Servicio Social Obligatorio. Dicho sorteo se realizará el 27 de agosto de 2010 en la sede del Ministerio de la Protección Social del Distrito Capital. Para que las plazas puedan ser incluidas en el sorteo a que alude el inciso anterior deberán estar aprobadas y en el caso de las entidades públicas, contar con disponibilidad presupuestal. PARÁGRAFO 1.- Están excluidas de este sorteo las plazas de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, las de instituciones privadas, las constituidas y provistas en el marco de los convenios de que trata el artículo 7 de la Resolución 1058 de 2010, las autorizadas en la modalidad de investigación y las de especialistas contempladas en los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución 1058 de 2010. po - 8 JUL 20% RESOLUCIÓN NÚMERO ÚUJ¿:2593 pez010 PáginaNo. 2 Continuación de la resolución “Por la cual se definen criterios para la realización de un sorteo de asignación de plazas del Servicio Social Obligatorio para profesionales en Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología y se dictan otras disposiciones.” PARÁGRAFO 2.- Las plazas que, debiendo someterse a sorteo en los iérminos de la presente resolución, no se asignen mediante dicho procedimiento, no serán válidas para el cumplimiento del Servicio Social PARÁGRAFO 3.- La inscripción y participación en el sorteo, así como la asignación de plazas del servicio social obligatorio no tiene ningún costo para los inscritos. Las entidades deberán tomar las medidas necesarias para prevenir prácticas fraudulentas o ilegales.