Artículo 1
Fijar, el valor unitario de las copias que expida el Ministerio de Salud y Protección Social,en 'Cumplimiento del derecho de petición, en la suma de CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($46.00). Parágrafo. Este valor aplica igualmente para las copias que se soliciten a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social.