Por medio de la cual se modifican los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022

Resolución · 2519 · 2022-12-15 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Modifíquese el artículo + de la Resolución 2206 de 2022, el cual quedará así: “Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios para la asignación de recursos, que apoyarán la financiación, conformación y operación del Programa de Equipos Básicos de Salud por parte de las Empresas Sociales del Estado — ESE para realizar actividades en las zonas rurales, urbanas, poblaciones o grupos sociales donde se cuente con poca o ninguna actividad del plan de intervenciones colectivas, como una primera etapa en la construcción de un modelo preventivo y predictivo que articulará recursos de diferentes fuentes.”

Artículo 2

Modifíquese el artículo 4 de la Resolución 2206 de 2022, el cual quedará asi:

Artículo 4

Lineamientos para la conformación de equipos básicos: Las Direcciones de Promoción y Prevención y Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio, expedirán los lineamientos a aplicar para la conformación y operación del Programa de Equipos Básicos de Salud, teniendo en cuenta lo siguiente: 4.1 Los equipos deberán operar en un territorio definido, de manera sistemática y permanente, permitiendo generar vínculo con las familias de ese territorio. 4.2La Empresa Social del Estado deberá contratar los equipos básicos dando cumplimiento a las normas que rigen la contratación de la entidad, e incluirán en los contratos las funciones definidas en el artículo 16 de la Ley 1438 de 2011 y las que se determinen en los lineamientos. No se podrán incluir funciones relacionadas con actividades que se encuentren en los planes de beneficios del Régimen Contributivo y Subsidiado, salvo en casos excepcionales en los que se podrán desarrollar acciones para prevenir y atender eventos de interés en salud pública que se requieran con carácter prioritario. 4.3 Estos equipos complementan los equipos médicos interdisciplinarios territoriales, en el marco del plan de salud pública de intervenciones colectivas. 4.4 Las Empresas Sociales del Estado que contraten los equipos básicos deberán tener habilitados los servicios de consulta externa general en modalidad extramural, para profesionales de medicina, enfermería, odontología y psicología, según sea el caso, con lo cual y para efectos de la presente resolución se entenderán habilitados los equipos básicos. 15 DIC 2022 , , DD. .0 RESOLUCIÓN NÚMERO «a «e 51 9 DE 2022 HOJA N* 3

Artículo 5

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022.

Artículo ANEXO

15'DIC 2022 Old. DIANA CAROLINA CORCHO MEJÍA Ministra de Salud y Protección Social W Aprobó: /z po Viceministro de Salud Pública y Prestakión de Serios, fly Viceministro de Protección Socia! La) mo Directora de Prestación de Servicios% Atención PriMariá MH Directora de Promoción y Prevención SS ES s d

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 120), consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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