Por la cual se establece el procedimiento para el reporte de información y aplicación de recursos por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones en aras de concluir el saneamiento de aportes patronales del periodo 1994-2011.

Resolución · 2516 · 2018-06-15 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–39 de 39

Artículo ANEXO (10/28)

Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: htto:/fwww síspro.qov co/recursosapp/Pages/Mesa Ayuda.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: htto:/Aweb.sispro gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ, aspx Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del Decreto 1377 de 2013, del capítulo 25 del Titulo 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015, y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, os "RESOLUCIÓN NÚMERO" 222516 DE 3 JUN A HOJA No 10 de 20 en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tiene acceso. Seguridad de ta información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente.

Artículo ANEXO (11/28)

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO El reporte de información se realizará una sola vez dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución. Fecha de corte de la Información a reportar Fecha de corte Desde Hasta: 2011-12-31 Primer día hábil posterior a la entrada Quinto día habil posterior a la entrada en en vigencia de la presente resolución | vigencia de la presente resolución Plazo para enviar el archivo plano RESOLUCIÓN NÚMERO” 222516 pe 2018 HOJA No 11 de 20 ANEXO TÉCNICO 2 CONFIRMACIÓN DE APLICACIÓN DE RECURSOS EN CUENTAS INDIVIDUALES O FONDOS DE LOS TRABAJADORES Las Administradoras de Fondos de Pensiones deben enviar a este Ministerio los archivos planos con la información de confirmación de aplicación de recursos en cuentas individuales o fondos de los trabajadores. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. 2. CARACTERISTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo.

Artículo ANEXO (12/28)

El nombre de los archivos de la información de confirmación de aplicación de recursos en cuentas individuales o fondos de los trabajadores que debe ser enviada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debe cumplir con el siguiente estándar: Valores 4 Componente del A A Longitud Ñ : permitidos o Descripción 2 Requerido nombre de archivo formato fija Módulo de |SAA Cruce de información y aclaración de deudas 3 SI información de aportes patronales Tipo de fuente 180 Fuente de información AFP, 3 Si Ñ Ll Tema de [SAAR Información de confirmación de aplicación de 4 si información recursos en cuentas individuales de los trabajadores A] Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada, 8 Si correspondiente al último dia calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. (Ejemplo: 20180630) a Tipo de documento |NI Tipo de documento de identificación de la 2 El de identificación de entidad fuente de la información. En este la entidad que caso el único valor válido es Nl: NIT reporta a. Número de [999999999999 | Número de documento de identificación de la 12 Si documento de entidad que reporta, para el caso contiene el identificación de la número de NIT de la entidad sin digito de entidad que verificación. reporta Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo. Ejemplo: 000860999123 Extensión del |. TXT Extensión del archivo plano 4 SI archivo Nombre del archivo Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte de información de la confirmación de aplicación de recursos | SAA1805AARAAAAMMDDNI999999999999 txt 36 en cuentas individuales de los trabajadores RESOLUCIÓN NÚMERO! 222518 pe 2018 HOJA No 12 de 20

Artículo ANEXO (13/28)

b. Contenido del archivo. El archivo de información de confirmación de aplicación de recursos en cuentas individuales de los trabajadores, está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi. Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de contro! Obligatorio Tipo 2 Registro detalle de la aplicación en cuentas individuales de los trabajadores Obligatorio Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por pipe (|). b.1. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. 3 o ES E No. Nombre del campo 5 É É 2 Valores permitidos 2 538|+* E 3 É a 0) Tipo de registro 1 N ¡| 1: valor que significa que el registro es de Si contro! 1 Tipo de documento de 2 A | Tipo de documento de identificación de la Si identificación de la entidad entidad fuente de la información. -Para el que reporta caso NI: NIT 2 Número de documento de 12 N | Este campo contiene el número de NiT de Si identificación de la entidad la entidad sin digito de verificación. que reporta _ 3 Razón social de la entidad que 250 A | Éste campo contiene el nombre o razón Ss reporta social de la entidad que reporta la información Fo 4 Fecha inicial del periodo de la 10 F | En formato AAAA-MM-DD. Debe si información reportada corresponder a la fecha de inicio del periodo de información reportada. (Ejemplo: 2018-05-01) 5 Fecha final del periodo de la 10 F |En formato AAAA-MM-DD. Debe Si información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre de! archivo. (Ejemplo: 2018-06-30) 7 Número total de registros de 10 N | Debe corresponder a la cantidad de Si detalle contenidos en el registros tipo 2, contenidos en el archivo. archivo b.2.

Artículo ANEXO (14/28)

REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE DE LA APLICACIÓN EN CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES Mediante el Registro Tipo 2, las administradoras reportarán el detalle de la aplicación en cuentas individuales de los trabajadores por la AFP. Se identifica un registro único con la combinación del tipo y número de documento de identificación de la administradora, tipo y número de documento de identificación de la empleadora, tipo y número de documento del cotizante, junto con su periodo y número de planilla interna de la AFP. RESOLUCIÓN NÚMERO £ 2 22518 ne 2018 HOJA No 13 de 20 % o 373 E 208 lo IN S No. Nombre del campo DEE a Valores permitidos s Su E ld o 5 o o JE mx 0 Tipo de registro 1 N | 2: valor que significa que el registro es de Si detalle 1 Consecutivo de registro +0 N | Número consecutivo de registros de detalle SI dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final det archivo. 2 Tipo de documento de 2 A | Tipo de documento de identificación de la sto] identificación entidad entidad fuente de la información. administradora El único valor válido es: NI: NIT 3 Número de documento de +2 N | Número de identificación tributaria de la SI identificación entidad entidad administradora, NIT de la entidad administradora sin dígito de verificación. 4 Tipo de documento de 2 A | Tipo de identificación de la entidad a la que Si l identificación entidad pertenecía el trabajador en el momento que empleadora se realizó el aporte fuente de la información.

Artículo ANEXO (15/28)

Para el caso será Nh: NIT ] 5 Número de documento de 9 N | Número de NIT de la entidad empleadora Si] identificación entidad sin digito de verificación. empleadora 6 Tipo de documento de 2 A | CC: Céduta de Ciudadania Si ¡ identificación del cotizante CE: Cédula de Extranjería ¡ Ti: Tarjeta de Identidad J PA: Pasaporte J CD: Carné Diplomático ] SC: Salvoconducto de permanencia PA: Pasaporte PE: Permiso especial de permanencia a 7 Número de identificación del 16 N | Tal como se encuentra registrado en el El Cotizante documento de identidad 8 Primer apellido 60 A | Tal como se encuentra registrado en el SI documento de identidad 9 Segundo apellido 60 A | Tal como se encuentra registrado en el | NO documento de identidad 10 Primer nombre 60 A | Tal como se encuentra registrado en el Si documento de identidad 1 a 11 Segundo nombre 60 A | Tal como se encuentra registrado en el | NO j documento de identidad ¡ 12 Periodo de cotización al cual 7 F Único formato permitido: Año — Mes (AAAA- st se aplicó el aporte MM). correspondiente al 75% con Corresponde al periodo de cotización que la pago del 25% AFP certifico con pago del 25% a cargo del trabajador y al cual este Ministerio reconoció la aplicación de la deuda correspondiente al 75% del aporte a cargo del trabajador. 13 Valor aplicado 9 N | Corresponde al valor del 75% del aporte SI | pensional a cargo del empleador, l efectivamente aplicación en la cuenta individual del trabajador 14 Número de planilla 20 N | Corresponde al número de planilla interna | sí UN de la AFP con el cual se aplicó el valor del 75% del aporte pensional a cargo del empleador, en la cuenta individual del trabajador RESOLUCIÓN NÚMERO” 222516 pe 2018 HOJA No 14 de 20

Artículo ANEXO (16/28)

es en aras de concluir el saneamiento de aportes patronales del No. Nombre del campo Valores permitidos Requerido Longitud | máxima del campo Tipo 15 Fecha de aplicación N | Corresponde a la fecha en ta cual se realizó Ss! la aplicación en la cuenta individual del trabajador, del valor equivalente al 75% del aporte pensional en deuda a cargo del empleador. y 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. Enel anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt c. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. Elseparador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exctusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (. e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará asi: dato1|]dato3. f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las techas que hacen parte del nombre de los archivos.

Artículo ANEXO (17/28)

i. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo ¡. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación. por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. l. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de fina! de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si el reportante aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: http://web sispro.gov.co/WebPublico/Entidades/RegistrarEntidad aspx Registrar solicitud de usuario: hitp://web sispro.qov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes. aspx RESOLUCIÓN NÚMEROS 7225146 De 2018 HOJA No 15 de 20 Control de calidad de los datos.

Artículo ANEXO (18/28)

La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: « Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: http://www .sispro gov.cofrecursosapp/Pages/íMesa Ayuda.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: htto://web síspro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ .aspx Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consotidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del Decreto 1377 de 2013, del capítulo 25 del Título 2 de! Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015, y fas normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tiene acceso. Seguridad de la información.

Artículo ANEXO (19/28)

Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO El reporte de información se realizará una sola vez y se envía de acuerdo con el cronograma a publicar en la página web de este ministerio: https: //Awww_minsalud.gov.co/proteccionsocial/Financiamiento/Paginas/Aportes- RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 22518 De 2018 HOJA No 16 de 20 ANEXO TÉCNICO 3 CONFIRMACIÓN DE APLICACIÓN DE LOS RECURSOS COINCIDENTES. Las AFP, deben enviar al Ministerio de Salud y Protección Social los archivos planos con la información de la confirmación de aplicación de los recursos coincidentes reconocidos por la AFP. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. 2. CARACTERISTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo.

Artículo ANEXO (20/28)

El nombre de los archivos de la información de la confirmación de aplicación de los recursos coincidentes reconocidos por la AFP que debe ser enviada por las Administradoras de Fondos de pensiones - AFP, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente del Valores Ñ nombre de permitidos o Descripción a Requerido archivo formato Módulo de | SAA Cruce de información y aclaración de deudas 3 S! información de aportes patronales Tipo de fuente 180 Fuente de información administradoras AFP 3 s! a Tema de | SAAC Información de la confirmación de aplicación 4 Si información de los recursos coincidentes reconocidos por parte de la AFP Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada, 8 Si correspondiente al último día calendario del periodo de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. (Ejemplo: 20180630) Tipo de documento | NI Tipo de documento de identificación de la 2 Ss de identificación de entidad fuente de la información. En éste la entidad que caso el único valor válido es NI: NIT reporta A Número de | 999999999999 | Número de documento de identificación de la 12 Si documento de entidad que reporta, para el caso contiene el identificación de la número de NIT de la entidad sin digito de entidad que reporta verificación.

Artículo ANEXO (21/28)

Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo Ejemplo: 000860999123 A] Extensión del | TXT Extensión del archivo plano 4 SI archivo AL MN Nombre del archivo Tipo de archivo Nombre de archivo : Longitud Reporte de información de la confirmación de aplicación de los |SAA1805AACAAAAMMDDNI999999999999.txt 36 recursos coincidentes reconocidos por la AFP nel 9 YUN 2018 RESOLUCIÓN NÚMEROS 225156 2018 HOJA No 17 de 20 b. Contenido del archivo. El archivo de Información de la confirmación de aplicación de los recursos coincidentes reconocidos por ta AFP, está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: Registro | Descripción Reporte => NN Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro detalle del pago de aporte Obligatorio Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por pipe (|). b.1. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. Mr] o 30 E No.

Artículo ANEXO (22/28)

Nombre del campo 5 E E 2 Valores permitidos 2 S30w E Ed o E o o JE [03 0 Tipo de registro 1 N 1: valor que significa que el registro es de | SI control 1, [Tipo de documento de 2 A Tipo de documento de identificación de la | SI identificación de la entidad entidad fuente de la información. que reporta -Para el caso Ni: NiT 2 Número de documento de 12 N Este campo contiene el número de NIT de la | Sl identificación de la entidad entidad sin digito de verificación. que reporta 3 Razón Social de la entidad 250 A Nombre o razón social de la entidad que | Sl que reporta reporta la información 4 Fecha inicial del periodo de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe | SI información reportada corresponder a la fecha de inicio de! periodo de información reportada. (Ejemplo: 2018- 06-01) 5 Fecha final del periodo de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe | SI información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. (Ejemplo: 2018-06-30) o 7 Número total de registros de 10 N Debe corresponder a la cantidad de registros | Sl detalle contenidos en el tipo 2, contenidos en el archivo. archivo b.2. REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DETALLE DEL PAGO DE APORTE Mediante el Registro Tipo 2, las AFP reportarán el detalle de la información de confirmación de aplicación de los recursos coincidentes reconocidos.

Artículo ANEXO (23/28)

Se identifica un registro único con la combinación del tipo y número de documento de la administradora, tipo y número de documento de la empleadora, tipo y número de documento del cotizante junto con su periodo, De o 2E-— E No Nombre del campo Dx3| 2 Valores permitidos E QE E ad o X O | Tipo de registro 1 N | 2: valor que significa que el registro S! es de detalle RESOLUCIÓN NÚMERO” 222018 De 2018 HOJA No 18 de 20 0 o 2 E- 2 No Nombre del campo DE E Valores permitidos E SÉ E ld J o [2 1 ¡ Consecutivo de registro 10 N | Número consecutivo de registros de Ss! detalle dentro del archivo.

Artículo ANEXO (24/28)

Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. o 2 | Tipo de documento de 2 A | Tipo de documento de identificación Ss! identificación entidad de la entidad fuente de la información. administradora El único valor válido es: Nl: NT 3 | Número de documento de | 12 N | Número de identificación tributaria de El identificación entidad la entidad administradora, NIT de la administradora entidad sin digito de verificación 4 |Tipo de documento de 2 A | Tipo de identificación de la entidad a El] identificación entidad la que pertenecia el trabajador en el empleadora momento en que se realizó el aporte Para el caso será el NIT (N)) 5 | Número de documento de 9 N | Este campo contiene el número de El] identificación entidad NIT de la entidad empleadora sin empleadora digito de verificación. 6 |Tipo de documento de 2 A | CC: Cédula de Ciudadania Si identificación del cotizante CE: Cédula de Extranjeria Ti: Tarjeta de Identidad PA: Pasaporte CD: Carné Diplomático SC: Salvaconducto de permanencia PA: Pasaporte PE: Permiso especial de permanencia 7 Número de Identificación del 16 N ( Tal como se encuentra registrado en Si Cotizante el documento de identidad 8 | Primer apellido 20 A | Tal como se encuentra registrado en Si el documento de identidad 9 | Segundo apellido 50 A | Tal como se encuentra registrado en NO el documento de identidad 10 ¡ Primer nombre 20 A | Tal como se encuentra registrado en Si el documento de identidad 11 | Segundo nombre 60 A ( Tal como se encuentra registrado en NO el documento de identidad 12 | Periodo de cotización 7 F | Define el periodo coincidente entre la Si coincidente administradora y empleadora.

Artículo ANEXO (25/28)

Único formato permitido: Año — Mes (AAAA-MM). 13 | Valor aplicado 9 N | Corresponde al valor del aporte SI pensional a cargo del empleador, efectivamente aplicación en la cuenta individual del trabajador. 14 | Número de planilla 20 N | Corresponde al número de planilla Ss interna de la AFP con el cual se aplico el valor coincidente, en la cuenta individual del trabajador 15 | Fecha de aplicación 8 N | Corresponde a la fecha en la cual se Si realizó la aplicación en la cuenta individual del trabajador. Ñ 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. Enel anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: a am 15 JUN 2018 RESOLUCIÓN NÚMERO L 222916 De 2018 HOJA No 19 de 20 Continuación de ta resolución "Por la cua! se establece el procedimiento para el reporte de información y aplicación de recursos por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones en aras de concluir el saneamiento de aportes patronales del A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales. b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt Cc. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (. e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1|¡dato3.

Artículo ANEXO (26/28)

f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de tas fechas que hacen parte del nombre de los archivos. ¡Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios. k.. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. L— Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitatmente. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de información (PISIS) del Sistema Integra! de Información de la Protección Socia! -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si quien reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: htip:/Aweb.sispro.gov.coWebPublico/Entidades/RegistrarEntidad.aspx Registrar solicitud de usuario: htto://web sispro.gov.co/Sequridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes. aspx Control de calidad de los datos.

Artículo ANEXO (27/28)

La Plataforma PISIS recibe tos archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. » Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. ma 15 JUN 2018 RESOLUCIÓN NÚMERO” 222918 De 2018 HOJA No 20 de 20 Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: http://www sispro.gov.co/recursosapp/Pages/Mesa Ayuda.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: http: //web. sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAO aspx Tratamiento de fa información.

Artículo ANEXO (28/28)

Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del Decreto 1377 de 2013, del capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015, y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan. en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tiene acceso.. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege tos archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La periodicidad del envío de información es única vez y se envía de acuerdo con el cronograma a publicar en la página web de este ministerio: https: /Nwww.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Financiamiento/Paginas/Aportes- patronales.aspx.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 30), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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