Artículo 1
Adóptase oficialmente el manual de buenas prácticas de manufactura cosmética versión 1995 (Anexo 1), que hace parte integral de la presente Resolución, el cual deberá ser de estricto cumplimiento por parte de la Industria Cosmética, en los procesos de fabricación y de control de calidad de los productos cosméticos elaborados en Colombia, conforme a lo señalado en el Decreto 677 de 1.995.