Metodología para la categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado. Para la categorización anual del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, se seguirá la siguiente metodología:
5.1. Se estima el superávit o déficit de la operación corriente, teniendo en cuenta los ingresos operacionales corrientes recaudados, entendidos como la sumatoria del ingresos por concepto de venta de servicios de salud y otros ingresos corrientes, efectivamente recaudados durante la vigencia, más la proyección de recaudo de cartera radicada de corto plazo, ajustada de acuerdo con el nivel de atención de la institución, menos los gastos de la operación corriente comprometidos durante la vigencia, que incluyen los gastos de funcionamiento y los gastos de operación comercial y prestación de servicios de salud. En el caso de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial con condiciones de mercado especiales, se sumarán a los ingresos operacionales corrientes recaudados, los ingresos recaudados por aportes no ligados a ventas de servicios.
Superávit ó Ingresos Gastos déficit - operacionales operacionales operacional > corrientes y corrientes corriente recaudados comprometidos
La proyección de recaudo de cartera radicada de corto plazo, se ajustará de acuerdo con el nivel de atención de la institución de la siguiente manera: Nivel 1: 80% de la cartera menor a 90 días y Nivel 2 y 3: 80% de la cartera menor a 180 días.
5.2. Se estima el superávit o déficit de la operación no corriente, teniendo en cuenta la proyección de recaudo de cartera radicada de largo plazo ajustada de acuerdo con el nivel de atención de la institución, menos los pasivos con edad superior a un año,
asi: Superávit ó . sa Pasivos déficit > Fitimación de adquiridos en operacional no cartera vigencias corriente anteriores
La proyección de recaudo de cartera radicada de largo plazo, se ajustará de acuerdo con el nivel de atención de la institución de la siguiente manera: Nivel 1: 70% de la cartera entre 90 y 360 días, más el 50% de la cartera mayor a 360 días. Nivel 2 y 3: 75% de la cartera entre 180 y 360 días, más el 50% de la cartera mayor a 360 días.
5.3. Se estima el superávit o déficit total, sumando de manera algebraica el superávit o déficit de la operación corriente y no corriente, así:
bos des Superávit ó Superávit ó A Superávit 6 déicit . déficit déficit total > mint e operacional no corriente
5.4. El superávit o déficit total obtenido en aplicación del numeral 5.3 se divide por el valor de los ingresos operacionales totales recaudados, entendidos como la sumatoria del ingresos por concepto de venta de servicios de salud y otros ingresos corrientes, efectivamente recaudados durante la vigencia, más la proyección de
ya
UN 29 AGN 90 RESOLUCIÓN No 0002509 DE2012 HOJANo 4
del riesgo de las Empresas Sociales de! Estado del nivel territorial y se efectúa la categorización del
recaudo de cartera radicada de corto plazo, ajustada de acuerdo con el nivel de atención de la institución, en el caso de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial con condiciones de mercado especiales, se sumarán a los ingresos corrientes, los ingresos recaudados por aportes no ligados a ventas de servicios, y la proyección de recaudo de cartera radicada de largo plazo ajustada de acuerdo con el nivel de atención de la institución, generando el índice de riego así:
Ingresos Índice de - Superávit ó déficit z operacionales riesgo > operacional total : totales recaudados
5.5. Se estima el superávit o déficit presupuestal de la vigencia, teniendo en cuenta el total de los ingresos reconocidos menos los gastos comprometidos.
Superávit ó déficit _ Ingresos Ñ Gastos presupuestal _ reconocidos comprometidos
5.6. Se categoriza el riesgo de acuerdo con la siguiente tabta:
Índice de riesgo Categorización
del riesgo a. Mayor o igual que 0,00 Sin riesgo b. Entre menos 0,01 y menos 0,10 Riesgo bajo
c. Entre menos 0,11 y menos 0,20 Riesgo medio
d. Menor o igual a menos 0,21 Riesgo alto
e. Ingresos reconocidos menos gastos comprometidos menor que | Riesgo alto cero (0)
Cuando una Empresa Social del Estado quede categorizada: sin riesgo (a), en riesgo bajo (b) o riesgo medio (c), y simultáneamente en riesgo alto por reportar ingresos reconocidos inferiores a los gastos comprometidos (e), se categorizará en riesgo alto.