Artículo 1
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución 1126 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 10. Puesta en operación de las funcionalidades del Sistema de Subsidio Familiar a través del SAT. Durante el primer semestre del 2021 se adelantará el proceso de validación y depuración de la información de afiliados del Sistema de Subsidio Familiar para su incorporación al SAT, de acuerdo con el cronograma que para el efecto se establezca y a partir del segundo semestre del 2021, entrarán en operación las funcionalidades establecidas en el artículo 7 de la presente resolución, de conformidad con el procedimiento, términos y estructura de datos establecida por ep 12 ENE 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO? 99025 pe 2021 HOJA No 2 Ministerio de Salud y Protección Social, sin perjuicio que puedan implementarse funcionalidades antes del plazo señalado”.