Por la cual se adopta la metodología para el ajuste del presupuesto máximo fijado a las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar para la vigencia 2020

Resolución · 2454 · 2020-02-17 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar la metodología para la definición del ajuste del presupuesto máximo fijado a las Entidades Promotoras de Salud de los Regimenes Contributivo y Subsidiado y Entidades Obligadas a Compensar — EOC para la vigencia 2020, en desarrollo del numeral 15.3 del artículo 15 de la Resolución 205 de 2020.

Artículo 2

Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, Entidades Obligadas a Compensar - EOC, y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES.

Artículo 3

Del ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2020. El ajuste al presupuesto máximo de la vigencia 2020 se realiza en virtud de lo establecido en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Resolución 205 de 2020 con base en el reporte de suministro de servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la UPC registrado en la plataforma MIPRES. Para el ajuste no se tendrán en cuenta los registros en pruebas COVID-19 realizadas con anterioridad al 26 de agosto de 2020.

Artículo 4

Metodología para definir el presupuesto máximo por EPS o EOC en razón al incremento de tecnologías sin incluir pruebas COVID-19. Adóptese la metodología para la definición del ajuste del presupuesto máximo de las EPS o EOC fijado para la vigencia 2020, contenida en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 5

Fuente de financiación del ajuste. Los recursos para la financiación de las tecnologías que determinaron el riesgo de superación del presupuesto máximo para la vigencia 2020 de algunas EPS o EOC, serán apropiados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien los dispondrá al Ministerio de Salud y Protección Social para que los ejecute vía transferencia a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud —ADRES.

Artículo 6

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQU Y CÚMPLASE y Protección Social Viceministra de Protección Social un Director de Regulación, Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salu Director de Financiamiento Sectorial / Directora Jurídica Ministro de Salud RESOLUCIÓN NÚMERO? 2454 DE 020 HOJA No. 4 9 1 DIC 202 ANEXO TÉCNICO METODOLOGÍA PARA ESTABLECER El AJUSTE DEL PRESUPUESTO MÁXIMO DE LA VIGENCIA 2020 POR EPS O EOC DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO A continuación, se presentan los criterios para el cáfculo del ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2020 establecido en las Resoluciones 205 y 206 de 2020. 1. Descripción y generalidades de la metodología Fuente de información: Se tomará de ta información reportada en las transacciones 6 y 7 del modelo transaccional que hace parte del anexo técnico del módulo dispensador- proveedores de MIPRES para el periodo marzo a agosto de 2020 con fecha de corte el 1 de septiembre de 2020. Revisión de datos: Datos con validación de consistencia, dispensación y cobertura. Cobertura NO UPC: Se revisó la cobertura de UPC para medicamentos y procedimientos y se tomaron los datos clasificados como NO UPC junto con los de UPC condicionados. Clasificación por Grupo Relevante y EPS: Se clasifica la información por grupo relevante y por EPS. Los valores extremos (atípicos) en recursos de los grupos relevantes en el mes, se ajustaron por el valor máximo por persona de ese grupo relevante y de la EPS en el periodo evaluado. Ajuste factor cantidades ajustadas (FQA): Se calculan las cantidades ajustadas para cada grupo relevante utilizando el método de Chain-Ladder (método del triángulo), debido a que a la fecha de reporte no se ha suministrado toda la información de prestaciones efectuadas durante la vigencia 2020. El valor hallado con el método de Chain-Ladder se distribuye de acuerdo a la participación del valor de cada grupo relevante de cada EPS o EOC en el vator total de suministros de las EPS o EOC de la base utilizada para el cálculo. Las cantidades (FQA) de cada grupo relevante y de cada EPS se obtienen de la división entre el valor encontrado anteriormente y el valor promedio de marzo a agosto del suministro del grupo relevante de la EPS o EOC. Proyección del gasto con cargo al presupuesto máximo 2020: Con la información de los 6 meses (marzo - agosto) de los grupos relevantes y por EPS se tomó el valor promedio de las cantidades UMC y se multiplico por los 10 meses para proyectar las cantidades para e! periodo marzo a diciembre de 2020. A este valor se le suman las cantidades ajustadas (FQA) caleuladas en el literal e). La proyección del gasto con cargo al presupuesto máximo 2020 resulta de multiplicar las cantidades estimadas para la vigencia 2020 por el Valor Máximo de Ajuste. Ajuste por traslados de afiliados: Se estima el valor de los traslados para el periodo marzo a diciembre con la información reportada por la ADRES con corte a agosto de 2020. Ajuste del presupuesto máximo 2020: Resulta de restarle a la proyección del gasto con cargo al presupuesto máximo 2020 calculado en el literal f) el valor del presupuesto máximo establecido en la resolución 206 de 2020 y de restarle el ajuste por traslados de afiliados del literal g). Si el resultado es positivo, se aplica el ajuste del presupuesto máximo, si es negativo significa que el presupuesto máximo de la resolución 206 de 2020 y el ajuste de traslados del literal g), son suficientes para el periodo marzo a diciembre de la vigencia 2020. La información reportada en las transacciones 6 y 7 del modelo transaccional que hace parte del anexo técnico del módulo dispensador- proveedores de MIPRES que se utilizará para el ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2020, no incluye la información de los CUPS asociada a las pruebas de covid-19. 2. Desarrollo metodológico para el cálculo del ajuste del presupuesto máximo Se parte del Valor total de los suministros por parte de las EPS o EOC de las transacciones 6 y 7 del modelo transaccional que hace parte del anexo técnico del módulo dispensador- proveedores de MIPRES. RESOLUCIÓN NÚMERO? 22454 De 9 1 DIC 209020 HOJA No. 5 Valor total suministro¡n = y Cantidad de UMC; , * Valor suministro; Donde, ¡=123, ... corresponde al Grupo Relevante de medicamentos agrupados o APME o procedimientos o servicios complementarios n= 1,2,3,..1 corresponde a la EPS o EO€ j = 1,2,33,...6 j corresponde a los meses de reporte de información de marzo a agosto Entonces, ; o Y; Valor total suministro; n y! Cantidad de UMC;¿n Valor suministro Promedio; = VS,n = 2.1. Cálculo del ajuste del Presupuesto Máximo 2.1.1. Proyección del gasto con cargo al presupuesto máximo 2020 Se debe estimar para el periodo marzo a diciembre de la vigencia 2020 las cantidades de UMC de cada Grupo Relevante de cada EPS o EOC y así poder establecer el gasto con cargo al Presupuesto Máximo de la siguiente forma: (Omarzo:agostoinJt10 4 Gaozo.im = 6 OroAazozo im Oza20 corresponde a las cantidades estimadas para la vigencia 2020 Q corresponde a las cantidades promedio del periodo marzo a agosto de la vigencia 2020 —Orgazozo corresponde al factor de ajuste de cantidades no reportadas para la vigencia 2020 ¿corresponde al Grupo Relevante de medicamentos agrupados o APME o procedimientos o servicios complementarios ..R corresponde a la EPS o EOC agosto inistro; marzo Valor total suministro; y Valor Suministro Promedio = VS, = a gosta Emarzo Qin Q corresponde a las cantidades de UMC suministradas para el periodo marzo a agosto de 2020 Para identificar el Valor Máximo de Ajuste por Grupo Relevante y por EPS o EOC (PAj,,) se tiene en cuenta tres conceptos: el VR;,, el PRI, y el VS, ,. Es decir: PA¡. = Valor Máximo de Ajuste; n = F(VRi¿ PRI, VS in) t = corresponde a la vigencia del calculo del presupuesto máximo Valor de Referencia (VR): corresponde al valor por Unidad de UMC de cada grupo relevante utilizado para el cálculo del presupuesto máximo en las resoluciones 205 y 206 de 2020. PRI: Es el precio regulado por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) utilizado para el cálculo del presupuesto máximo en las resoluciones 205 y 206 de 2020. Valor Promedio del Grupo Relevante de cada EPS o EOC (VS, ): Corresponde al valor promedio por unidad de UMC de cada grupo relevante en cada EPS o EOC, del módulo de proveedores de las tablas de suministros por los servicios y tecnologías no financiados con cargo a la UPC, reportado en los módulos 6 y 7 de MIPRES de marzo a agosto de 2020. Valor Máximo de Ajuste (PA*): Corresponde al menor valor por UMC entre el valor de referencia o PRI, y el valor promedio del Grupo Relevante de cada EPS o EOC. Donde PA¡y S VRie, PRli, VS. RESOLUCIÓN NÚMERO? 2 245 4 DE» + DIC 9098020 HOJA No. 6 SiVR;¿ 0 PRI >0; PAj, = Minimo(VS, y, VR; 0 PRI;;) Valor Máximo de Ajuste = PA¡n = == j ln ls VRy 0 PRI; = No disponible; PAi, =VSin En el caso de los servicios sociales complementarios si no se cuenta con un comparador de VR,, para la información de análisis se utilizará el VR;, del intervalo de la mitad en el caso de ser impar. En el caso de ser par los intervalos de VR;,, se utilizará como VR, el valor del intervalo de la mitad más uno. De lo anterior se procede a calcular la proyección del gasto con cargo al presupuesto máximo 2020 de la siguiente forma: Proyección gasto ajustado 2020 = PGA, 2020 = y PAin * Oz02041 2.1.2. Ajuste por Traslado de afiliados Se procede a calcular el efecto neto del traslado de tos afiliados de la siguiente forma: TEPSn2020 = Tnabrii + Tamayo + Tnjunio + Tnjutio + Tragosto TEPSn.2020 = Tnabri + Tn,mayo + Tn.junio + Tn,jutio + Tnagosto + 4*Tn, jutio:agosto agosto TEPSn2020 = y Tp +4 Tm. jutiozagosto abril n Toozo = y TEPS 2020 Valor trastados netos de la EPS o EOC marzo a agosto de 2020 = TEPSn 2020 Valor traslados netos mensual = T EPS:1,2,3, .....nEPS o EOC Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de la EPS o EOC = TEPS 2020 Valor traslados netos promedio mensual de julio a agosto de 2020 =T Valor Traslados netos estimados 2020 Regímenes contributivo y Subsidiado = Pozo Ahora para el Régimen Contributivo, TRCaz020 = Tnabrit + Tn, mayo + Tr junio + Tm.jetto + Taagosto TREn. 2020 = Tnabrit + Tr, mayo + Tm. junto + Tr.jutio + Tn agosto +4 To, jutio:agosto agosto TRCa2020 y Tp +4 Tm, jutio:agosto abril n TTRC2020 = y TRCuz020 Valor traslados netos EPS 0 EOC R. Contributivo marzo a agosto de 2020 = TRC _ Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de la EPS o EOC R. Contributivo = PRCn 2020 Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de todas las EPS o EOC del R.Contributivo = TFRC ¿920 Para el Régimen Subsidiado, TRSn. 2020 = Tnabrit + Ta, mayo + Ta. junio + Ta. jutio + Taagosto TRSn2020 = Tn.abril + Ta, mayo + Tn. junio + Ta.jutio + Taagosto +4+ Pa. jutio:agosto RESOLUCIÓN NÚMERO 2 7? 245 4 DE ¿o HOJA No. 7 2 1DIC_20 agosto TRS 2020 = y Ty +4+ Tr, jutiozagosto abril r TT RS 2020 = y TRS 2020 Valor traslados netos EPS o EOCR. Subsidiado marzo a agosto de 2020 = TRS Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de la EPS o EOC R. Subsidiado = TRSa 2020 Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de todas las EPS o EOC del R. Subsidiado = TTRS2020 Finalmente, Pzo20 = TT RCzoz0 + TT RS 2020 2.1.3. Ajuste del presupuesto máximo 2020 Para el cálculo del ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2020 establecido en la resolución 206 de 2020 se procede de la siguiente forma: Para el Régimen Contributivo, Ajte_PMáxRCaz020 = PCAn/2020 - PMáx_R206n,2020 = TRCnz020 Si Ajte_PMáxRC» 2020 > 0; Valor Ajuste_PMáx_RCr 2020 = Ajte_PMáxRCn 2020 Valor Ajuste_PMáx_RCxz2uz0 = És: Ajte PMáxRC,2020 < 0: Valor Ajuste PMáx_RC,.o929 =0 a Total_Ajte_ PMáxRCzoz0 = y Valor Afuste_PMáx_RC', 212020 Ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC R. Contributivo marzo a diciembre 2020 = Ajte_PMáx_RC Proyección gasto ajustado 2020 = PGA Valor Presupuesto Máximo de la EPS o EO€ Resolución 206 de 2020 = PMáx_R206 Valor traslados netos estimado marzo a diciembre de la EPS o EOC R.Contributivo = FROnamo EPS:1,2,3,.....nEPS o EOC Valor Ajuste Presupuesto Máximo de la EPS 0 EOC R. Contributivo marzo a diciembre 2020 = Valor Ajuste_PMáx_RChzozo Valor Total ajuste Presupuesto Máximo det R. Contributivo marzo a diciembre 2020 = Total_Ajte_PMáx_RCaozn Para el Régimen Subsidiado, Ajte_PMáxRSn 2020 = PGAn2020 - PMáx_R206n.2020 = TRSn2020 a Máx RSS _ (Si Ajte_PMáxRSn 2020 > 0; Valor Ajuste _PMáx_RSi 2929 = Ajte_PMáxXRS 2020 Valor Ajuste_PMóx_RS2z0z0 = (55 Ajte PMáxRS 2020 < 0; Valor Ajuste PMáx_RSizp2g = 0 n Total_Ajte_PMáxRS>2929 = y Vator Ajuste_PMáx_RS, ,47p Ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC R. Subsidiado marzo a diciembre 2020 = Ajte_PMáx_RS Proyección gasto ajustado 2020 = PGA Valor Presupuesto Máximo de la EPS o EOC Resolución 206 de 2020 = PMáx_R206 Valor trastados netos estimado marzo a diciembre de la EPS o EO€ R. Subsidiado = 1RSu20z0 EPS:1,2,3,.....n EPS o EOC Valor Ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC R. Subsidiado marzo a diciembre 2020 = Valor Ajuste_PMáx_RS;.2020 Valor Total ajuste Presupuesto Máximo del R. Subsidiado marzo a diciembre 2020 = Total_Ajte_PMáx_RSzuz0

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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