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ALEJANDRO GAVIRIA URIBE inistro de Salud y Protección Socia
Anexo Técnico Directriz
Realización pruebas rápidas para VIH, sífilis y otras 1TS
La detección precoz de las infecciones de transmisión sexual tiene un impacto favorable en la prevención de la transmisión de las mismas. En el caso particular del VIH y la sífilis, el diagnóstico temprano mejora la oportunidad en la intervención y tratamiento de las personas infectadas. Por esta razón, dentro de las estrategias del país para el abordaje y manejo del VIH y la sífilis, está eliminar las barreras de acceso al diagnóstico oportuno mediante la implementación y uso de pruebas rápidas.
Para la implementación y entrenamiento del personal de la salud en la realización de pruebas rápidas, se señalan las siguientes directrices:
Pruebas rápidas para la detección de sífilis
Las pruebas rápidas para la detección de sífilis corresponden a pruebas treponémicas. Por tal motivo, estas pruebas pueden ser usadas dentro de la estrategia de diagnóstico de sífilis, acorde con los algoritmos establecidos y según las características de la Institución Prestadora de Servicios de Salud — IPS. Así las cosas, cuando una IPS cuente en laboratorio clínico con pruebas no treponémicas (VDRL, RPR) y no disponga de las pruebas treponémicas convencionales, para confirmar el diagnóstico, podrá utilizar como alternativa las pruebas rápidas.
Cuando la IPS no cuente con laboratorio clínico y no realice pruebas No treponémicas, las pruebas rápidas deben ser usadas como entrada al algoritmo diagnóstico.
Es importante tener en cuenta que las pruebas como TP-PA, TPHA, FTA Abs, siguen siendo ensayos convencionales ampliamente recomendados para la confirmación de la infección por sífilis, por lo cual y pese a la realización de las pruebas rápidas, no se excluye su práctica.
Se deben utilizar reactivos de diagnóstico para pruebas rápidas que cuenten con el respectivo registro sanitario del Instituto Naciona! de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA y presenten una sensibilidad y especificidad de al menos el 94%,
Se sugiere el uso de las pruebas rápidas para sífilis evaluadas por la Organización Mundial de la Salud - OMS, las cuales, deben contar con el registro sanitario del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA.
Recomendaciones de uso Se deben seguir los algoritmos de la Organización Mundial de la Salud - OMS,
adjuntos al presente Anexo Técnico y priorizar su uso en las siguientes circunstancias:
diagnóstico de la infección por VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual - IT'S y para el
e En sitios que presenten limitaciones técnicas para la realización de pruebas no treponémicas y/o treponémicas convencionales, regiones de difícil acceso, barreras de orden social ó económico, donde se torne de difícil acceso para la persona, acercarse a un laboratorio que realice la detección de la infección por sífilis, incluyendo a las gestantes.
e Cuando la persona presente dificultades para regresar por el resultado de una prueba, independientemente de la ubicación geográfica o de las capacidades técnicas del laboratorio.
Se debe tener en cuenta que para el diagnóstico y seguimiento adecuado de la infección por sífilis, es necesario contar con pruebas no treponémicas y treponémicas.
Pruebas rápidas para el tamizaje de VIH
El uso de la prueba rápida como prueba presuntiva, disminuye el tiempo del diagnóstico de la infección por VIH. La realización de la prueba de tamizaje implica en todos los casos una asesoría pre y post prueba y la firma del respectivo consentimiento informado por parte del solicitante.
Además de contar con el registro del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA vigente, estas pruebas rápidas deben tener una sensibilidad mayor al 99% y una especificidad superior al 98%. En cualquier caso, es importante recordar que las pruebas rápidas NO deben ser utilizadas para un diagnóstico definitivo de la infección y al igual que las técnicas convencionales de ELISA, deben ser confirmadas de acuerdo con los algoritmos establecidos.
Recomendaciones de uso
El uso de las pruebas rápidas para el tamizaje del VIH, está referenciado en la Resolución 3442 de 2006, mediante la cual se adopta la "Guía para el manejo de VIH/Sida basada en la evidencia”, bajo las siguientes recomendaciones:
Las pruebas de tamizaje para VIH “incluyen las pruebas serológicas de ELISA y las pruebas rápidas”.
“Se sustenta el uso de las pruebas rápidas no sólo en condiciones en las que el resultado sea requerido con premura sino también en condiciones en las que la infraestructura de laboratorio sea limitada.”
La realización de la prueba presuntiva para VIH, siempre debe estar precedida de la asesoría, estas pruebas se realizarán básicamente en las siguientes circunstancias:
e En sitios que presenten limitaciones técnicas para el procesamiento de muestras para pruebas convencionales de ELISA.
+ Regiones de difícil acceso, barreras de orden social ó económico, que impiden que las personas se acerquen a un laboratorio que realice la prueba presuntiva convencional de ELISA, incluyendo a las gestantes.
diagnóstico de la infección por VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual - [TS y para el
e Cuando la persona presente dificultades para regresar por el resultado de una prueba convencional, independientemente de la ubicación geográfica o de las capacidades técnicas del laboratorio.
+ Personas que hayan presentado exposición de riesgo al VIH y que consulten dentro de las 72 horas después de ocurrido el hecho, sin importar el nivel de complejidad donde se encuentre la persona expuesta.
+ Mujeres que se encuentren en cualquier trimestre de gestación y gestantes sin antecedentes de control prenatal que ingresan a una IPS en trabajo de parto o en expulsivo, sin importar el nivel de complejidad donde se encuentre.
Es importante aclarar que las pruebas rápidas de VIH y sífilis no están recomendadas para el tamizaje de donantes de sangre.
Entrega de resultados de las pruebas rápidas:
Teniendo en cuenta las características operativas de las pruebas rápidas para sífilis y VIH (tiempo de ejecución y lectura menor a 1 hora), estos resultados deberán ser informados a los usuarios el mismo día de su realización.
La entrega de los resultados reactivos o no reactivos de la prueba del VIH se debe acompañar de la asesoría post prueba. Ante un resultado reactivo de la misma, los profesionales de la salud, incluyendo personal auxiliar de enfermería autorizado mediante la presente resolución, deberá tomar en ese mismo momento una segunda muestra de sangre, la cual, será remitida para realizar una segunda prueba presuntiva y para la realización de la prueba confirmatoria en caso de ser necesario.
Capacitaciones a los profesionales de la salud y personal auxiliar de enfermería en la realización de pruebas rápidas para VIH y sífilis
Las pruebas rápidas para VIH y sífilis, podrán ser realizadas por personal de la salud diferente al área de bacteriología (medicina, enfermería o auxiliar de enfermería), en los siguientes casos:
- Cuando las IPS no cuenten con laboratorio clínico.
- Se realicen intervenciones en salud pública en ambientes diferentes al laboratorio. Estas actividades extramurales deben estar avaladas por el ente territorial o corresponder a acciones programáticas del nivel nacional.
- Para que puedan realizar dichas pruebas, estos profesionales y personal auxiliar de enfermería deberán ser entrenados y certificados por los Laboratorios de Salud Publica Departamentales (LDSP). Este proceso estará enmarcado dentro de un esquema de entrenamiento que contemple componentes teóricos y prácticos. Para tal fin, se han tomado como base los siguientes documentos:
“Herramientas para la Introducción de la Prueba Rápida de Sífilis Una Guía para la Planificación, Gestión y Ejecución”. The London School of Hygiene and Tropical
Medicine (LSHTM) avalado por la OMS - 2011 y “Guidelines for assuring the accuracy and reliability of VIH rapid testing": Applying a quality system approach” - OMS 2005.
Número de personas a entrenar por taller: se recomienda un grupo de máximo veinte (20) personas.
Duración del taller: Para lograr cubrir todos los temas durante el entrenamiento, se plantea una duración de dos (2) días, en los cuales, se desarrollarán componentes teóricos, ejercicios prácticos y se llevarán a cabo evaluaciones escritas y prácticas. La duración del taller podrá ser ajustada, dependiendo del conocimiento y experiencia de los participantes en el tema,
Aspectos a incluir en el desarrollo del taller: De forma general, se deberán tener en cuenta como mínimo los siguientes contenidos:
Generalidades de la infección
Eliminación adecuada de desechos biosanitarios y medidas de bioseguridad Características de las pruebas rápidas
Algoritmos a seguir
Almacenamiento e inventario de reactivos e insumos
Entrenamiento, recolección y preparación de muestras
Demostración de la realización de pruebas rápidas y desarrollo de la práctica interpretación de los resultados reactivos y no reactivos
Aseguramiento de la calidad de las pruebas y control de calidad
Uso de registros
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El tutor podrá incluir otros aspectos que considere importantes y de acuerdo con el conocimiento y experiencia de los participantes se considerará profundizar en aspectos específicos.
Pruebas requeridas por participante: La recomendación sobre el número de pruebas rápidas por participante podrá variar, sin embargo, con el fin de optimizar los recursos y garantizar que los participantes puedan realizar una actividad práctica individual, cada participante deberá efectuar al menos quince (15) pruebas rápidas asi: :
- Diez (10) pruebas para ser ejecutadas por cada participante. En este ejercicio, se deberán incluir muestras positivas y negativas y se deberá contar siempre con el acompañamiento del tutor.
- Cinco (5) pruebas que se utilizarán para la realización de la respectiva prueba “ciega” como evaluación práctica final. Este ejercicio se realizará al final del taller y consistirá en entregarle a cada participante cinco (5) muestras caracterizadas para que ejecute la prueba rápida y emita los resultados obtenidos en las pruebas realizadas; el participante, deberá hacerlo de forma individual y sin la ayuda del tutor.
Es necesario para el taller contar con un número de pruebas adicionales para que el tutor haga las demostraciones de la ejecución de pruebas rápidas, dos (2)
pruebas como mínimo para que los participantes realicen pruebas de práctica (al menos una prueba adicional para cada participante) y para eventuales reprocesos este número de pruebas a considerar dependerá del tamaño y la experiencia del grupo a entrenar.
El cálculo del total de pruebas rápidas a utilizar en cada taller, se podrá realizar de acuerdo con la siguiente ecuación:
Número de personas a entrenar x (No. de pruebas por participante + No. de pruebas para demostración y No. de pruebas extras).
Ejemplo: No. de personas a No. de pruebas por Demo y extras entrenar participante 10 15 15
10 x (15+15): 300 pruebas rápidas son requeridas para realizar un taller de 10 personas.
Evaluación y certificación de los participantes: A cada participante se le realizará una evaluación escrita y una evaluación práctica con cinco (5) muestras como se mencionó anteriormente.
Se certificará solo a los participantes que obtengan:
- Puntaje mínimo de 80% en la evaluación escrita - — Puntaje del 100% en la evaluación práctica - 100% de asistencia a todas las actividades teóricas y sesiones prácticas
Implementación y utilización de registros estandarizados: En los talleres se deberá reforzar y garantizar que los participantes incorporen dentro de sus actividades y en los sitios donde se realicen pruebas rápidas el uso y diligenciamiento de los registros estandarizados para el monitoreo y mejora de la calidad de las pruebas rápidas.
Estos registros estandarizados deberán incluir como minimo la siguiente información:
1. Fecha de realización de la prueba,
2. Identificación completa del usuario (nombre, documento, edad, sexo, procedencia),
3. Lote y fecha de vencimiento de la prueba rápida utilizada y
4. Nombre y firma de quien ejecuta la prueba.
Control de calidad de las pruebas rápidas: El Instituto Nacional de Salud, realizará de manera progresiva y periódica la evaluación de las caracteristicas operacionales de las pruebas rápidas para sífilis y VIH, aprobadas para el uso y distribución en el país y acorde con ello, realizará la actualización pertinente.
Es necesario tener en cuenta que el control de calidad de estas pruebas es de carácter obligatorio al igual que para las demás pruebas convencionales utilizadas (contro! de calidad indirecto y directo), de acuerdo con el nivel de competencia establecido en el Decreto 2323 de 2006. Estos controles estarán bajo la responsabilidad de los Laboratorios de Salud Pública — LSP departamentales y distritales.
Control de calidad directo: Los laboratorios de salud pública enviarán un panel de 5 muestras caracterizadas (dos sueros pareados y uno individual para evaluar concordancia y reproducibilidad), mínimo dos veces al año a los laboratorios de su red departamental.
De igual manera, cualquier estrategia que emplee pruebas rápidas deberá ser objeto del control de calidad directo, priorizando el recurso humano recién entrenado.
Control de calidad indirecto: los servicios de salud que hacen parte de la red departamental y que cuenten con taboratorio clínico sin importar su nivel de atención o cualquier estrategia que esté realizando pruebas rápidas (siempre que se pueda garantizar la conservación adecuada de las muestras), remitirán trimestralmente un porcentaje de las muestras reactivas y no reactivas a los laboratorios de salud pública.
Si el número de muestras procesadas por pruebas rápidas en el trimestre es menor o igual a diez (10), se deberá enviar la totalidad de las muestras al laboratorio de salud pública.
Si el número de muestras procesadas es mayor a diez (10) pruebas rápidas, se deberán enviar mínimo dieciséis (16) muestras, incluyendo muestras con resultados reactivos y no reactivos.
A su vez, los laboratorios de salud pública enviarán un porcentaje de estas muestras al Instituto Nacional de Salud, de acuerdo con el cronograma del control de calidad de los Grupos de Virología y Microbiología de la Dirección de Redes.
Este control de calidad indirecto en cuanto se torna de difícil implementación en los sitios que no cuentan con laboratorio, conllevará a que cada laboratorio de salud pública departamental evalúe la viabilidad de su realización y establezca las estrategias para su implementación. Una estrategia a implementar será el seguimiento de los resultados de las pruebas complementarias realizadas a los usuarios que inicialmente fueron detectados con pruebas rápidas.
Supervisión técnica: se realizarán visitas de supervisión por parte de los Laboratorios de Salud Publica -LSP, priorizando aquellos sitios donde se aplican pruebas rápidas fuera del contexto de laboratorio clínico.
Capacitaciones y seguimiento: Los laboratorios de salud pública serán responsables de:
- Mantener un registro actualizado del personal capacitado e informar al Instituto Nacional de Salud — INS, semestralmente.
o. 2 8 ¿UN, 2013
Capacitar su red de laboratorios y a los profesionales y personal auxiliar de enfermería anteriormente descritos.
Elaborar y remitir a su red de laboratorios el cronograma para la realización del control de calidad directo e indirecto y supervisiones.
Evaluar la implementación de esta estrategia y hacer seguimiento a su red de laboratorios y a los profesionales y personal auxiliar de enfermería que aplican estas pruebas, con el fin de garantizar el control de calidad.
Informar al grupo de vigilancia y control en salud pública departamental, cuando se identifiquen instituciones que utilicen pruebas con baja especificidad y sensibilidad, para que se tomen las medidas pertinentes.
El Instituto Nacional de Salud: Al estar dentro de su objeto la promoción por la investigación científica, la innovación y la formulación de estudios, de acuerdo con las prioridades de salud pública, en el marco de las funciones del artículo 2 del Decreto 2774 de 2012, dicha entidad, realizará:
El entrenamiento de formadores (tutores), que serán los profesionales designados por los laboratorios de salud pública, acompañando las capacitaciones a nivel local a solicitud de los entes territoriales.
La evaluación del desempeño mediante control de calidad directo e indirecto a los laboratorios de salud pública.
El monitoreo y seguimiento de las acciones ejecutadas por los laboratorios de salud pública, al igual que mantendrá actualizado el registro nacional de los profesionales certificados por dichos laboratorios.
Algoritmos sugeridos para el diagnóstico de la sífilis
Organización Mundial de la Salud - OMS
Tomado de World Health Organization. The Sexually Transmitted Diseases Diagnostics Initiative (SDI). The use of Rapid Syphilis Tests. 2006. Disponible en http/Awhalibdoc.who.int/hq/2006/TDR_SDI_06.1_eng.pdf.
Algoritmo sugerido por el Laboratorio de Microbiología para utilización de la prueba rápida como prueba complementaria.
Algoritmo diagnóstico Guía para el manejo de VIH Sida - Basada en la evidencia Colombia
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