Artículo 1
Modificar el artículo 4 de la Resolución 1099 de 2026, el cual quedará así: “Artículo 4. Contratación de la prestación de los servicios de salud. El Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad contratará la prestación de los servicios de salud para la población privada de la libertad bajo la custodia, inspección y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y los menores de tres (3) años que convivan con sus madres al interior de los establecimientos de reclusión del orden nacional, en los RESOLUCIÓN NÚMERO 002332 DE O6QCT2026 HOJA 4 DE 6 Continuación de fa Resolución: "Por la cual se modifican los artículos 4, 5, 6, 8 y 9 de la Resolución 1099 de de los establecimientos de reclusión del orden nacional". términos establecidos en el parágrafo segundo del artículo 105 de la Ley 65 de 1993, de acuerdo con las recomendaciones que para el efecto emita el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de ja Libertad conforme al artículo 2.2.1.11.3.1 del Decreto 1069 de 2015 o la norma que la modifique o sustituya. ”