Por la cual se establecen criterios para el ejercicio de las funciones de Inspección Vigilancia y Control del INVIMA en relación con la prohibición contenida en el numeral 1° del artículo 14 del Decreto 616 de 2006.

Resolución · 2270 · 2023-12-28 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Objeto. Establecer el valor máximo permitido de la concentración de Caseinomacropéptido (CMP) en 30 pg/ml - mg/I, como referencia para las acciones de Inspección, Vigilancia y Control, desarrolladas por el INVIMA, que permitan evidenciar la adición de lactosueros en leche. DIC RESOLUCIÓN NÚMERO " 00002271 DE 2 8 2023 HOJA No. 3 Parágrafo: El valor de CMP para leche en polvo deberá medirse en el producto listo para consumo acorde a las instrucciones de uso dadas por el fabricante, y será aplicable en condiciones controladas de tiempo y temperatura para leche muestreada en plantas pulverizadoras y reempacadoras

Artículo 2

Inspección, vigilancia y control. Corresponde al lnvima, ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control de acuerdo a sus competencias, y en desarrollo del Modelo de Inspección, Vigilancia y Control Sanitario, definido por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 1229 de 2013 o la norma que la adicione, modifique o sustituya, para lo cual podrán aplicar las medidas de seguridad e imponer las sanciones correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley 9 de 1979 y el procedimiento administrativo sancionatorio previsto en la Ley 1437 de 2011, o la norma que la modifique o sustituya.

Artículo 3

Vigencia. Las disposiciones establecidas en este acto administrativo, entrarán a regir al momento de la publicación su publicación en el Diario Oficial.

Artículo ANEXO

SOCIO 511C16 E RO OLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA Ministro de Salud y Protección Social (E) Aprobó: Dirección de Promoción y Prevenció Director Jurídico gs Directorjuldic,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 69), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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