Por la cual se adopta la metodología para definir el ajuste parcial del presupuesto máximo fijado a las entidades promotoras de salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás entidades obligadas a compensar para la vigencia 2021

Resolución · 2260 · 2021-12-20 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–27 de 27

Artículo ANEXO (16/22)

Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema (VMedtana1,2021): Corresponde al valor de la mediana por UMC de cada grupo relevante, considerando la información del periodo a evaluar, de todas las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado o E0C. Para el ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema se calculará tomando como base RESOLUCIÓN NÚNIálÓG 022 6 O DE 22 Dic 20/921 HOJA No. 12 los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. Valor de Referencia (VR): En los grupos relevantes con Precio de Referencia por Comparación Internacional (PRI), el valor de referencia corresponde al menor valor entre el valor de la mediana del sistema por Unidad Mínima de Concentración - UMC de cada grupo relevante y el PRI. En los grupos relevantes sin PRI, el Valor de Reférencia corresponde al valor de la mediana del sistema por Unidad Minima de Concentración — UMC del grupo relevante. Para el ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de Referencia se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. Si PRI; ,2021 > 0; VR1,2021 = Mínimo(V Medlana,,2021, -PRI ---i,zon) Valor de Referencia = VR - —i„2021 = Si PRI1,2021. = no disponible; VR1,2021 = VMecitarta,,2021 Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC (VUMCiizon): Corresponde al valor por UMC de cada registro del grupo relevante en cada EPS o EOC, del periodo a evaluar.

Artículo ANEXO (17/22)

Para el ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. Valor Máximo del ajuste 2021 (Pmax211: Corresponde al menor valor por UMC entre el Valor de Referencia del grupo relevante y el valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC de acuerdo con los siguientes criterios: Donde Pmax21 ,n,2021 = Mínimo(VR1,2021, VUMC1,j,n,2021) Para los componentes de medicamentos, nutricionales APME, procedimientos y para el grupo de pañales del componente de servicios complementarios, el valor máximo será: Valor Máximo del ajuste 2021 = Pmax21 ,2021 = { Si VUMCi , 2021 > VRi„2021; Pmax21 i,j2021 = Si 1/1/MCi) ,zon VR(„2021; Pmax21 ,n,2021 = VUMCi,j,n,2021 VRi„2021) Para el componente de servicios complementarios, el valor máximo será: Valor Máximo del ajuste 2021 = Pmax 21 3 2021 = [Si Servicios Complementarios =Pañales; Pmax21 j2021 = VUMCQ"2021 Esto significa que, en el componente de los servicios complementarios, exceptuando el grupo de pañales, el Valor Máximo del ajuste 2021 (Pmax21*) corresponde al valor reportado por la EPS o EOC VUMCi,j,n,2021.

Artículo ANEXO (18/22)

De lo anterior se procede a calcular la proyección del gasto del periodo de enero a junio para el cálculo del ajuste del presupuesto máximo 2021 de la siguiente forma: Proyección gasto para ajuste enero a junio 2021 = PG44tnicta121 2021 = Pmax21; ,1J,n,2021 * Orij,n,2021 La proyección del gasto para el ajuste del presupuesto máximo para las EPS o EOC de movilidad de cada uno de los regímenes contributivo y subsidiado se agregarán de acuerdo al código de la EPS o EOC del régimen a que pertenecen. 3.2.2. Valor de reconocimiento y giro por ajuste parcial del presupuesto máximo de la vigencia 2021 RESOLUCIÓN NÚNI'ERIOUC 2260 DE 2Q21 HOJA No. 13 22 DIC 2027 Para determinar el valor a girar por concepto del ajuste, se debe tener en cuenta el reconocimiento y giro realizado por la ADRES del presupuesto máximo asignado para la vigencia 2021.

Artículo ANEXO (19/22)

Para calcular el valor que se debe girar por parte de la ADRES a las EPS o EOC correspondiente al ajuste del presupuesto máximo, se procede de la siguiente forma: Para el Régimen Contributivo, GADRES_APM_RC21„,2021 = PGAmtcla121,2021 — Reconocimiento_ADRES„,2021 VGADRES_APM_RC211a,2021 ri GADRES_LIPM_RC2 191,2021 > 0; VGADRES_APM_RC21,„,2021 = GADRES_APM_RC21„,2021 Si GADRES_APM_RC24,2021 0; VGADRFS_APMfiC21 2021 = To tal_ VSGADRES_AP M_RC212021 = VGADRES_APM_RC211n,2021 Ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RC enero a junio 2021 = GADRES_APM_RC21 Proyección gasto paruajuste enero a junio 2021 = PGAimcla121 Total Reconocimientos por parte de la ADRES enero a junio 2021 a la EPS o EOC = Reconocimiento ADRES n = 1,2,3, ..... n EPS o EOC del Régimen Contributivo a que pertenece Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RC enero a junio 2021 = VGADRES_APM_RC21n* 2021 Valor Total giro ajuste Presupuesto Máximo del RC enero a junio 2021 = Total_VSGADRES_APM_RC21 2021 Para el Régimen Subsidiado, GADRES_APM_RS21„,2021 = PGAuncla12.1n,2021 — Reconocimiento_ADRES„2021 VGADRES_APM_R52 1;12021 r tGADRES_APM_RS21u,zon > O; VGADRES_APM_RS211 = GADRES_APM_RS21,2021 GADRES_44PM_RS21n, 2021 < 0; VGADRES_APM_R521;u021 = O Total_VSGADRES_APM_RS21 2021 = VGADRES_APM_RS214,,2021 Ajuste Presup

Artículo ANEXO (20/22)

uesto Máximo de la EPS o EOC RS enero a junio 2021 = GADRES_APM_R521 Proyección gasto para ajuste enero a junio 2021 = PGAbucta121 Total Reconocimientos por parte de la ADRES enero a junio 2021 a la EPS o EOC = Reconocimiento_ADRES n = 1,2,3......n EPS o EOC del Régimen Subsidiado a que pertenece Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RS enero a junio 2021 = VGADRES_APM_R521;t2021 Valor Total giro ajuste Presupuesto Máximo del RS enero a junio 2021 = Total_VSGADRES_APM_R5212021 Teniendo en cuenta la anualidad del mecanismo de presupuesto máximo, este Ministerio evaluará el reconocimiento del ajuste definitivo con corte a 31 de marzo de 2022, conforme a los valores reconocidos en el ajuste parcial objeto de esta resolución, con el fin de determinar la suficiencia del presupuesto máximo de la vigencia 2021. 3.2.3 Reconocimiento del procedimiento de oxigenación extracorpórea de membrana — ECM0 en el ajuste parcial del presupuesto máximo de la vigencia 2021 Con la aplicación de la presente metodología, se procede a identificar el aporte de los grupos relevantes de los procedimientos de oxigenación extracorpórea de membrana —ECMO dentro del ajuste parcial del presupuesto máximo de la vigencia 2021.

Artículo ANEXO (21/22)

Para el Régimen Contributivo, 2 26 0 RESOLUCIÓN NÚMIlka DE 22 D1C 209121 HOJA No. 14 Aporte grupos ECMORCzon = VGADRES_APM_RC 21,2,2021 — •VGADRES_APM_RC21sinECM0,1,2021 n = 1,2,3, n EPS o EOC del Régimen Contributivo a que pertenece Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RC enero a junio 2021 = V , GADRES_APM_RC21* 2021 Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RC enero a junio 2021 sin grupos ECMO VGADRES_APM_RC21sinECM0 n,2021 Valor de los grupos ECMO en el ajuste de Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RC enero a junio 2021 e, Aporte grupos ECMORC 2021 Para calcular el giro ajuste presupuesto máximo de la EPS o ECO del Régimen Contributivo sin grupos ECMO de enero a junio, se excluyen los grupos relevantes de estos procedimientos y se aplica la metodología establecida en la presente resolución.

Artículo ANEXO (22/22)

Para el Régimen Subsidiado, Aporte grupos ECMORS,2, 2021 = VGADRES_APM_R521;2,2021 — VGADRES_APM_RS2 1sinECMO;',2021 n = 1,2,3, ..... n EPS o EOC del Régimen Subsidiado a que pertenece Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RS enero a junio 2021 = VGADRES_APM_RS211 2021 Giro ajuste Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RS enero a junio 2021 sin grupos ECMO = VGADRES_APM_RS21sinECM071, 2021 Valor de los grupos ECMO en el ajuste de Presupuesto Máximo de la EPS o EOC RS enero a junio 2021 = Aporte grupos ECMORSu,zon Para calcular el giro ajuste presupuesto máximo de la EPS o ECO del Régimen Subsidiado sin grupos ECMO de enero a junio, se excluyen los grupos relevantes de estos procedimientos y se aplica la metodología establecida en la presente resolución.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 253), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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