Participantes del sorteo. Podrán participar en la provisión de plazas de Servicio Social Obligatorio mediante el sorteo que se llevará a cabo el próximo 22 de julio de 2011, los egresados de los programas académicos de medicina, odontología, enfermería y bacteriología, que acrediten título profesional o lo obtengan con anterioridad al 30 de septiembre de 2011. En este caso, deben presentar la respectiva certificación de la institución de educación superior.
Los profesionales que hayan obtenido título en el exterior, deben presentar la resolución de convalidación del mismo, expedida por el Ministerio de Educación
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RESOLUCIÓN NÚMERO: DUDU2Z24Ú pe 2011 Página No. 3
Parágrafo 1. Los profesionales que a la fecha de inscripción al sorteo, no hayan obtenido| el correspondiente título y presenten antes del 30 de septiembre de 2011, certificación en la que conste su obtención, sólo participarán en el sorteo de las plazas que estén vacantes, a partir de dicha fecha.
Parágrafo 2. Los ciudadanos extranjeros podrán participar en el sorteo, siempre y cuando, cumplan con los requisitos legales para residir en el país al momento de su realización, así como permanecer en el mismo, durante el tiempo de prestación del Servicio Social Obligatorio, en caso de ser seleccionados.
Parágrafo 3. No podrán inscribirse al sorteo, los profesionales que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio o se encuentren prestándolo, ni quienes hayan renunciado, sin causa justificada, a las plazas asignadas mediante el sorteo realizado el 18 de febrero de 2011.
Parágrafo 4. La inscripción y participación en el sorteo, así como la asignación de plazas del Servicio Social Obligatorio no tiene ningún costo para los inscritos. Las entidades deben tomar las medidas necesarias para prevenir prácticas fraudulentas o ilegales.
Artículo|4. Cronograma. Las actividades previas a la realización del sorteo de asignación de plazas del Servicio Social Obligatorio de que trata la presente resolución, se efectuarán en las siguientes fechas y plazos:
1. Convocatoria. La Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social convocará al sorteo a través de la divulgación de la presente resolución en la página WEB, con no menos de 25 días hábiles de antelación a la fecha del sorteo.
2. Reporte de las plazas. Las Empresas Sociales del Estado y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud —IPS- Indígenas públicas, reportarán las plazas del Servicio Social Obligatorio a sortear a las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud y éstas a su vez, las reportarán a la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, a más tardar el día 22 de junio de 2011, diligenciando el formulario - Anexo 1 - que hace parte integral de la presente resolución y, de acuerdo al mecanismo de recolección de información que para ello defina este Ministerio.
3. Publicación de plazas. La Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social y las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud, publicarán las plazas a sortear, el 29 de junio de 2011. Una vez publicadas las plazas a sortear las instituciones no podrán proveer dichas plazas con profesionales no seleccionados a través del
sorteo.
4. Inscripción de los profesionales. Los profesionales deben inscribirse entre el 30 de junio y el 12 de julio de 2011, a través del formulario - Anexo 2 - que hace parte integral de la presente resolución, el cual estará disponible en las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud. Los datos básicos del egresado que se deben registrar en dicho formulario, son: tipo y número de documento de identidad; nombres y apellidos completos; profesión; número y fecha de emisión del título o de la resolución de convalidación del mismo, o datos de la certificación de expedición del título; correo electrónico; domicilio;
hal teléfono; y región seleccionada para participar en el sorteo.
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0 14 JUN 2011 RESOLUCIÓN NÚMERO . 0042240 DE 2011 Página No. 4
Las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud, reportarán los profesionales inscritos a la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, a más tardar el 15 de julio de 2011 y, de acuerdo al mecanismo de recolección de información que para ello defina el Ministerio.