Artículo 1
Modificar el artículo noveno de la Resolución número 01650 de 2000, el cual quedará así: "Artículo 9°. Prelación de los seleccionados y la obligatoriedad de utilizar la lista. Los profesionales en Odontología, Enfermería y Bacteriología, seleccionados en el sorteo para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio, deberán ser nombrados y/o contratados autónomamente en las plazas que fueron reportadas como disponibles y según el régimen legal de la Institución que tenga la plaza. El Ministerio de Salud remitirá por conducto de las Direcciones Territoriales de Salud del orden Departamental y de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D. C., copia del Acta del sorteo, a todas las entidades y organismos que reportaron plazas disponibles, para que se cumpla con esta disposición". Parágrafo. Una vez realizados los nombramientos a los profesionales que figuran en la lista de seleccionados, los organismos nominadores deberán informar por escrito el nombre de los profesionales nombrados y la plaza a la cual fue asignado cada profesional, para que los Directores Departamentales de Salud o el Secretario de Salud de Bogotá, D. C., en desarrollo de las funciones de vigilancia y control, confronten el cumplimiento de lo ordenado en la Resolución número 01650 de 2000. RESOLUCION NUMERO 2238 DE 2000 por la cual se modifica la Resolución número 01650 del 23 de junio de 2000