Por la cual se cede a título gratuito al Municipio de Leticia, Departamento del Amazonas, un lote de Terreno Urbano

Resolución · 2224 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Cesión a Título Gratuito. Ceder a título gratuito al patrimonio del Municipio de Leticia, Departamento del Amazonas, la titularidad del lote de terreno urbano identificado con la Matrícula Inmobiliaria No. 400-419 y número predial No. 01-00-00-00-0087-0001-0-00-00-0000, ubicado en la Calle 4 No. 9B — 06 Barrio “Porvenir” del perímetro urbano Municipal de Leticia, cuya entrega se formalizará a través la respectiva anotación en el Certificado de Tradición y Libertad. El inmueble cuenta con los siguientes linderos, y dimensiones: por el NORTE, con el lote No. 3 y zona verde, en extensión de 15 metros; por el SUR, con la Calle 4A en extensión de 15 metros; por el ORIENTE: con la Carrera 10A en extensión de 20 metros y por el OCCIDENTE, con el lote No. 2 en extensión de 20 metros y encierra. Según lo establecido en la Escritura Pública No. 215 del 22 de agosto de 1.979, protocolizada en la Notaría Única del Círculo del Municipio de Leticia, Departamento del Amazonas, e inscrita al Folio de Matricula inmobiliaria No. 400-419 de la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Parágrafo. La entrega material la realizará un funcionario de este Ministerio, quien suscribirá un acta de entrega con el Director de Salud Municipal o sus delgados.

Artículo 2

Cargas. El Lote objeto de Cesión a Título Gratuito, se encuentra libre de gravámenes, embargos judiciales e hipotecas y se entrega como cuerpo cierto en el estado en que se encuentra, junto con los derechos que legal y naturalmente le correspondan.

Artículo 39

Precio. Al tratarse de un acto a título gratuito entre dos entidades públicas no tiene un precio estipulado.

Artículo 4

Comunicación. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Subdirección de Gestión de Operaciones de este Ministerio, para que adelante las acciones de su competencia. Parágrafo. Para dar cumplimiento a lo aquí dispuesto, se expedirá un ejemplar de la presente resolución en original, la cual reposará en los archivos de este Ministerio y se enviará copia al municipio de la Leticia, Departamento del Amazonas, para su inscripción en el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 400-419 de ta Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del referido municipio.

Artículo 5

Publicación. E! presente acto administrativo debe ser publicado en el Diario Oficial, por cuenta de! Ministerio de Salud y Protección social. ca 27 NOV 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO "92224 DE2020 HOJA No 4

Artículo 6

Vigencia- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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