Artículo 1
Reanudación de términos. Reanudar los siguientes términos que se encontraban suspendidos en virtud de la Resolución 856 de 29 de mayo de 2020: 1. Actuaciones disciplinarias. 2. Para resolver recursos interpuestos contra las decisiones respecto al orden secuencial de pagos. 3. De las etapas procesales del procedimiento de jurisdicción coactiva. 4. Para resolver los recursos de apelación de los procesos ético profesionales. 5. Para el reporte de la información de la evaluación y verificación de la capacidad de gestión.