Por medio de la cual se reanudan los términos de algunas actuaciones administrativas, suspendidos en virtud de la Resolución 856 de 2020

Resolución · 2192 · 2020-11-23 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Reanudación de términos. Reanudar los siguientes términos que se encontraban suspendidos en virtud de la Resolución 856 de 29 de mayo de 2020: 1. Actuaciones disciplinarias. 2. Para resolver recursos interpuestos contra las decisiones respecto al orden secuencial de pagos. 3. De las etapas procesales del procedimiento de jurisdicción coactiva. 4. Para resolver los recursos de apelación de los procesos ético profesionales. 5. Para el reporte de la información de la evaluación y verificación de la capacidad de gestión.

Artículo 2

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga los artículos 2, 3, 4, 5 y 9 de la Resolución 856 de 2020.

Artículo ANEXO

ERNANDO RUÍZ.G Ministro de Salud y Prétección Social Aprobó: Secretaría General 12 Director de Prestación de Servicios y Atención Primaria / Jefe de Oficina de Emergencias y Desastres € Director de Desarrallo del Talento Humano en ESE 5 a Jefe de Oficina de Control Disciplinario Directora Juridi

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 186), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma