Por la Modifica el articulo 5 de la Resolución 2514 de 2012

Resolución · 2131 · 2021-12-17 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

El artículo 5 de la Resolución 2514 de 2012 quedará así: "Artículo 5. Ajustes, modificaciones o adiciones a los Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud. En caso de requerirse ajustes, modificaciones o adiciones a los Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud aprobados por este Ministerio, los municipios, las secretarias de salud departamentales y distritales podrán solicitar aprobación a los cambios, cumpliendo los procedimientos establecidos en el artículo 4 de la presente resolución. No podrán presentarse ajustes a los Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud, durante el último trimestre de la vigencia de estos, salvo que este Ministerio determine, de manera excepcional, la apertura del aplicativo del Plan Bienal de Inversión Pública en Salud, previa evaluación de la necesidad realizada por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, para lo cual tendrá en cuenta el Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de redes de Empresas Sociales del Estado."

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5 de la Resolución 2514 de 2012.

Artículo ANEXO

FERNANDO Wird MEZ Mi istro de Salud y Prot cción Social Aprobó Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Dirección de PrestIciÉn de Servicios y Atención Primart Dirección Jurídica ka«., «04

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 249), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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