VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Especificaciones técnicas para el reporte de datos relacionados con la información de pacientes diagnosticados con patologías VIH-Sida e Insuficiencia Renal Crónica en el Régimen Subsidiado
La información que presenten las ARS, deberá entregarse por una única vez en la fecha establecida en el artículo 3o de la presente resolución, la cual será enviada a la Dirección General de Gestión de la Demanda en Salud del Ministerio de la Protección Social, en medio magnético o por internet, bajo las especificaciones que se definen a continuación, debidamente certificada mediante oficio suscrito por el representante legal de la ARS.
Los archivos que deben enviar las ARS, se deben rotular en la parte exterior de la siguiente manera:
CODIGO ARS: Código de la Administradora de Régimen Subsidiado, asignado por la Superintendencia Nacional de Salud (6 dígitos).
## Número del volumen que se está marcando
## Total de volúmenes enviados.
El contenido debe incluir:
1. Archivo de Registros de Control.
Corresponde a la relación de cada uno de volúmenes enviados (tabla 2. Diseño del registro de identificación y control por volumen) y del resumen general de la información reportada. (Tabla 1. Diseño del registro de identificación y control general).
Nombre del Archivo: AC245CODIGOARSDDMMAAAA## (21 caracteres) donde:
Codigoars: Código de la Administradora de Régimen Subsidiado, asignado por la Superintendencia Nacional de Salud (6 dígitos).
DDMMAAAA: a partir del dígito 12, indicar la fecha de generación del archivo en el formato DDMMAAAA. No utilizar ningún tipo de separador.
##: Total de volúmenes enviados.
Este archivo contiene un registro de control general (este es el primer registro del archivo e irá en el primer volumen de los medios magnéticos que contengan el archivo) y un registro por cada volumen enviado por la ARS.
2. Archivo de Registro de Datos.
Contiene los datos de los afiliados reportados por las ARS, con la estructura de la Tabla número 3 Información del afiliado.
Nombre del archivo: AD245 CODIGOARS DDMMAAAA (19 caracteres) donde:
AD245: Archivo de Datos Acuerdo 245 (5 dígitos).
CODIGOARS: Código de la Administradora de Régimen Subsidiado asignado por la Superintendencia Nacional de Salud (6 dígitos).
DDMMAAAA: a partir del dígito 12, indicar la fecha de generación del archivo en el
formato DDMMAAAA. No utilizar ningún tipo de separador.
Este archivo debe traer tantos registros como afiliados reportados.
Tabla 1. Diseño del registro de control general
Tabla 2. Diseño del registro de control por volumen
Tabla 3. Diseño de los registros de datos: información del afiliado
Especificaciones tecnológicas para la remisión de información
1. MEDIOS
La información debe presentarse en medio magnético o electrónico, de acuerdo con los siguientes formatos tecnológicos de los medios aceptados:
a) CD-ROM, de 74 min., 650 megabytes o superior;
b) Disquete ZIP, 120 MB.
c) Disquetes: de 3.5 alta densidad;
d) Transferencia electrónica.
2. CARACTERISTICAS DE FORMATO
Los archivos deben ser tipo texto y deben cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
1. Todos los datos deben ser alfanuméricos y grabados en el archivo plano con extensión.txt.
2. Los nombres de archivos y los datos en general deben ser grabados en letras mayúsculas.
3. El separador de campos debe ser coma (,) y ser usado exclusivamente para este fin. Cuando el dato no lleve valor (blanco), igual se debe incluir el campo separado por comas (,,).
4. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (" ") ni ningún otro carácter especial.
5. Los campos tipo fecha deben tener el formato día/mes/año (dd/mm/aaaa) incluido el carácter slash (/).
6. Los campos numéricos deben venir sin separación de miles y no deben traer decimales.
7. El número total de registros no debe superar el 80% de la capacidad total del medio magnético.
8. Para optimizar el proceso de envío de los archivos, se pueden comprimir en formato ZIP.
9. No debe traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de registro.
10. Las longitudes de los campos contenidas en esta resolución se deben entender como el tamaño máximo del campo, los valores registrados en los planos que se enviarán de las diferentes entidades, no deben tener ninguna justificación, no se les debe completar con ceros ni espacios, especialmente en los campos número de identificación, apellidos y nombres.