Por el cual se adopta el instrumento para el reporte de información de los servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados del Régimen Subsidiado

Resolución · 2064 · 2017-06-12 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–38 de 38

Artículo ANEXO (13/30)

Continuar en el siguiente consecutivo en que termino el consecutivo del registro tipo 2 y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Código entidad Código de la EPS, debe coincidir con el código reportado en el campo 3 del registro de control. SI Tipo de documento de Identificación del usuario Registre el tipo de documento de identificación reportada en el registro tipo 2 (Campo 7) Si Número de documento de identificación del usuario Registre el tipo de documento de identificación reportada en el registro tipo 2 (Campo 8) Si Tipo de servicio solicitado Registre el tipo de servicio solicitado reportado en el registro tipo 2 (Campo 15) Ss Código del servicio 0 tecnología Registrar el código del servicio O tecnología reportado en el registro tipo 2 (campo 16) SI Fecha de solicitud del servicio Registre la fecha reportada en el registro tipo 2 (Campo 24 En formato AAAA-MM-DD) El Concepto de negación del servicio o tecnología. Registre el concepto de negación reportado en el registro tipo 2 (Campo 25) Si Identificador único del registro asignado por las EPS Registre el identificador reportado en el registro tipo 2 (campo 31) del archivo de la misma fecha de corte o en la fecha de corte del mes anterior. si Prestó el servicio solicitado Este campo se debe diligenciar si en el registro tipo 2 en los campo 26 o 27 el motivo de negación es “1. El servicio solicitado es cobertura dei Plan de Beneficios con cargo a la UPC” Prestó o no el servicio solicitado registrado en el campo 5 0:NO 1:S) SI Fecha de la prestación Se debe diligenciar si el campo 10 tiene la opción SI, diligenciar fecha en que se generó la prestación.

Artículo ANEXO (14/30)

En formato AAAA-MM-DD NO Código de la autorización Se debe diligenciar si el campo 10 tiene la opción Sl, indique el código de la autorización de la prestación del servicio NO Tipo de identificación del prestador que suministra o presta el servicio Ni: NIT CC: Cedula de ciudadanía NO Número de identificación del prestador que suministra O presta el servicio Número de identificación sin digito de verificación NO id Wa 12 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO GH 2064 DE 2017 HOJA No 14 DE 25 tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados No. Nombre del campo Descripción y valores permitidos Longitud máxima del campo >| Tipo z . ó Requerido Código de habilitación del prestador pS Código de habilitación del prestador Ver tabla de referencia IPSCodHabilitacion en web.sispro.gov.co Código del municipio del|5 A [Tabla División Político Administrativa | NO prestador de Colombia DIVIPOLA del DANE. Los dos (2) primeros digitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio (Ver la tabla de referencia municipio en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) Causa por la cual no sej100 T [Se debe diligenciar si el campo 10| NO prestó el servicio tiene la opción NO Deberá utilizar los códigos dispuesto en la tabla de referencia RECCausaNoEntrega en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo CAPÍTULO 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:

Artículo ANEXO (15/30)

a. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes:A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sin caracteres especiales y sín tildes. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1||dato3. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (””) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. NA fre Y mé 1 2 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO 196% DE 2017 HOJA No 15 DE 25 h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. L Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo.

Artículo ANEXO (16/30)

j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. L Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. CAPÍTULO 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información -PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si el reportante aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el sitio web del SISPRO. Registrar entidad: http://web.sispro.gov.co/WebPublico/Entidades/RegistrarEntidad.aspx Registrar solicitud de usuario: http://web.sispro.gov.co/Seguridad/ClienteWeb/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos. La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. . Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez las dos validaciones sean exitosas. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (17/30)

Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace:http://www.sispro.gov.co/recursosapp/Pages/Mesa Ayuda.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: http://web.sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ .aspx E SA RESOLUCIÓN NÚMERA 52064 DE AN SIA DE 25 tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de las Leyes Estatutarias 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el Decreto 1377 de 2013 y las normas que las modifiquen, reglamenten, aclaren o sustituyan. Seguridad de ta información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. CAPÍTULO 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La periodicidad del reporte es mensual, cada mes de información se envía dentro de los primeros ocho (8) dias calendario del siguiente mes. Fecha de corle de la Plazo para enviar el archivo plano Información a reportar Desde: Hasta: 2017-07-31 2017-08-01 2017-08-08 2017-08-31 2017-09-01 2017-09-08 Y así sucesivamente: Último día calendario del | Primer dia calendario | Octavo día calendario del mes a reportar del siguiente mes. siguiente mes.

Artículo ANEXO (18/30)

ST 12 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO: 2064 DE 2017 HOJA No 17 DE 25 tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados ANEXO TÉCNICO 2 Reporte de información y detalle de los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios y aprobados por el Comité Técnico Cientifico - CTC Las entidades territoriales deberán enviar al Ministerio de Salud y Protección Social, los archivos planos con la información de los servicios médicos ordenados por el- médico tratante a sus usuarios que sean aprobados por el Comité Técnico Científico. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. . 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. 4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. CAPÍTULO 4. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

Artículo ANEXO (19/30)

a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre del archivo de los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios que sean aprobado por el Comité Técnico debe ser enviado por las Entidades Territoriales, el cual debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores , del nombre permitidos o Descripción Longitud Requerido de archivo formato Ya Módulo de REC Identificador del módulo de 3 SI información información: REC: Reportes de Control Tipo de fuente | 120 Fuente de la Información - 3 Si Entidades Territoriales del orden Departamental y Distrital Tema de RNSE Servicios médicos ordenados 4 Si información por el médico tratante a sus usuarios que sean aprobados por el Comité Técnico Científico Fecha de AAAAMMDD Fecha de cortte de la 8 St corte información reportada. Es el último día calendaño del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20170630 Tipo de Tipo de identificación de la identificación entidad reportadora de ta de la entidad XxX información: 2 Si reportadora DE: Departamento . DI: Distrito Número de Tabla División Política identificación Administrativa de Colombia de la entidad DIVIPOLA del DANE. reportadora De acuerdo al tipo de 999999999999 | identificación del campo 12 El anterior, Si es DE este campo va el código del departamento. Ejemplo: 000000000025 Si es DI en este campo va el FRA 12 JUN 2017 RESOLUCIÓN NUMERA. 0206 h DE 2017 HOJA No 18 DE 25 Componente Valores Longitud del nombre permitidos o Descripción a u Requerido de archivo formato Ya código del Distrito Ejemplo: 000000011001 Extensión del | .txt El archivo que trata este Anexo 4 Si archivo Técnico es un archivo plano NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo “Nombre de archivo Longitud Reporte de los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios | REC120RNSEAAAAMMDDDExoo00000000%x.TXT 36 que sean aprobados por el Comité Técnico Científico

Artículo ANEXO (20/30)

b. Contenido del archivo El archivo de la información de los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios que sean aprobados por el Comité Técnico Científico está compuesto por un único registro de contro! (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada así: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle de los servicios médicos ordenados por el | Obligatorio médico tratante a sus usuarios que sean aprobados por el Comité Técnico Científico. Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) b.1 REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. nl R ZE o y No. Nombre del campo 238 É Descripción y valores permitidos E 3E3 El o [3 O |Tipo de registro 1 N | 1: valor que significa que el registro es| Sl de control 1 [Tipo de identificación de laj 2 A |Tipo de identificación de la entidad| S! entidad reportadora reportadora de la información: DE: Departamento DI: Distrito 2 |Número de identificación de la| 5 N [Tabla División Política Administrativa] Sl entidad reportadora de Colombia DIVIPOLA del DANE. De acuerdo al tipo de identificación del campo anterior, Si es DE este campo va el código del departamento. Ejemplo: 25 Si es DI en este campo va el código del Distrito Ejemplo: 11001 P Salt 2017 Hoz ANA po RESOLUCIÓN NÚMERO, 02 064 DE tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados 2 8 3 Z£Elo 5 No. Nombre del campo Dx 3 aj Descripción y valores permitidos 2 23 Fl a ho] x 3 |Fecha inicial del perlodo de la] 10 | F [En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (21/30)

Debel SI información reportada corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. Ejemplo: 2017-06-01. 4 |Fecha final del período de la] 10 | FjEn formato AAAA-MM-DD. Debel SI información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Ejemplo: 2017-06-30 5 [Número total de registros de| 10 | N [Debe corresponder a la cantidad de| SI detalle contenidos en el archivo registros tipo 2, contenidos en el archivo. b.2 REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE DÉ LOS SERVICIOS MÉDICOS ORDENADOS POR EL MÉDICO TRATANTE A SUS USUARIOS QUE SEAN APROBADOS POR EL COMITE TÉCNICO CIENTÍFICO Mediante el Registro Tipo 2, las entidades territoriales reportan el detalle de la información de los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios que sean aprobados por el Comité Técnico Científico a a E tl vé $ 2 o z No. | Nombre del campo 9 E Él E Descripción y valores permitidos 3 $33 ¿ O ¡Tipo de registro 1 N [2: valor que significa que el registro es| SI de detalle. 1 | Consecutivo de registro 10 | N [Número consecutivo de registros de| SI detalle dentro del archivo.

Artículo ANEXO (22/30)

Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo, 2 |Código entidad 6 | A | Código de la EPS de! afiliado si 3 |Tipo de identificación del| 2 A |NI: NIT E] prestador que suministra o CC: Cedula de ciudadanía presta el servicio 4 [Número de identificación del] 12 | N | Número de identificación sin digito de S| prestador que suministra O verificación presta el servicio 5 [Código de habilitación dell 12 | A | Código de habilitación del prestador prestador Ver tabla de referencia IPSCodHabilitacion en web.sispro.gov.co 6 |Código del municipio donde| 5 A |Tabla División Político Administrativa | Si se suministró o garantizó el de Colombia DIVIPOLA del DANE, Los servicio dos (2) primeros digitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio (Ver la tabla de referencia municipio en web.sispro.gov.co donde encontrará . los valores permitidos, modificados, W_ (Sd RESOLUCIÓN NÚMERO: 02064 DE y 1 2 JUN 2017 2017 HOJA No 20 DE 25 Continuación de ta resolución “Por el cual se adopta el instrumento para el reporte de información de No.

Artículo ANEXO (23/30)

Nombre del campo ones Longitud máxima del campo Tipo AEEMTETTA ES Descripción y valores 'pérmitidos _ y O AA e El oA as = e e] da e! adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) Tipo de documento de Identificación del usuario N' CN: Certificado de nacido vivo-DANE MS: Menor sin identificación RC: Registro civil TI : Tarjeta de identidad AS: Aduíto sin identificación CC :Cédula de ciudadanía CE :Cédula de extranjerta PA: Pasaporte SC: Salvoconducto de permanencia (Ver la tabla de referencia Tipo!DAfiliadoRS en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) Número de documento de identificación del usuario Número de identificación del usuario Si Sexo del usuario M: Mujer H: Hombre (Ver la tabla de referencia sexo en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) Si Fecha de nacimiento Registre la fecha de nacimiento del usuario. En formato AAAA-MM-DD SI Código ámbito de atención 1. Ambulatorio No Priorizado 2. Ambulatorio Priorizado 3. Hospitalario Domiciliario 4. Hospitalario Intemación 5. Urgencias (Ver la tabla referencia RECAmbitoAtencion en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) de SI Código de principal diagnóstico Codificación en CIE 10. Corresponde al diagnóstico principal, es decir, la enfermedad o afección diagnosticada al final del proceso de atención de la salud como la causante primaria de la atención del paciente. Si hay más de una afección así caracterizada, debe seleccionarse la que se considera causante del mayor uso de recursos.

Artículo ANEXO (24/30)

Si no se hace ningún diagnóstico, se selecciona el sintoma principal, hallazgo anormal o problema más importante, como afección principal. (Ver la tabla de referencia CIE10 en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, Si AY DNA A 12 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO 62064 De 2017 HOJA No 21 DE 25 tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados No. | Nombre del campo Descripción y valores permitidos : campo Tipo Requerido Longitud máxima del adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) 13 [Código del diagnóstico] 4 A | Codificación en CIE 10.

Artículo ANEXO (25/30)

Corresponde aj NO relacionado 1 otras afecciones o problemas de salud relacionados con el diagnóstico * principal y que coexisten o surgen durante el proceso de atención del paciente afectando la duración de la estancia hospitalaria o el tratamiento suministrado. (Ver la tabla de referencia CIE10 en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) 14 | Tipo de servicio solicitado 1 A |M:Medicamentos Ss! P:Procedimientos D:Dispositivo médico no cubierto en el Plan de Beneficios con cargo a la UPC N:Productos Nutricionales S: Servicios Específicos C:Servicios no financiados con recursos de salud (Ver la tabla de referencia RECTipoServicio en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) 15 [Código dei servicio o| 15 | A | Si en el campo 14 "Tipo de| Si tecnología servicio solicitado” se diligencio “IM”, deberá utilizar la Denominación Común Internacional DCI. (Ver la tabla de referencia DCI en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) e Si en el campo 14 “Tipo de servicio solicitado” se diligencio “Pp”, deberá utilizar los CUPS (Ver la tabla de referencia CUPS en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo) + Si en el campo 14 “Tipo de servicio solicitado” se diligencio “D”, deberá utilizar los códigos dispuestos en la tabla de referencia ue 4 DispositivosMédicos en 4.2 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO 206 DE 2017 HOJA No 22 DE 25 tos servicios y tecnologías en salud negados y aprobados por el CTC, y suministrados a los afiliados No.

Artículo ANEXO (26/30)

Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Descripción y valores permitidos Requerido web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo + Si en el campo 14 “Tipo de servicio solicitado” se ditigencio “N”, deberá utilizar los códigos dispuesto en la tabla de referencia ProductosNutricionales en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo. » Si en el campo 14 “Tipo de servicio solicitado” se diligencio “S”, deberá utilizar los códigos dispuestos en la tabla de referencia RECSenviciosEspecificosNoPos en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo Si en el campo 14 “Tipo de servicio solicitado” se diligencio “C”, deberá utilizar los códigos dispuestos en la tabla de referencia RECCodigoServicioNoFinanciado en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo * Número del acta de CTC indique el número del acta de CTC SI Fecha de realización del ¡e119] Fecha de realización del CTC (En formato AAAA-MM-DD) Si Fecha de suministro O prestación de servicios y tecnologías sin cobertura en el plan de beneficios con cargo a la UPC Fecha de la entrega de la prestación de servicios y tecnologías sin cobertura en el plan de beneficios con cargo a la UPC (En formato AAAA-MM-DD) Si Cantidad total solicitadas en el CTC Cantidad total solicitada en el CTC del servicio o tecnología del campo 15 Si Entrega mensual Existen entregas parciales mensuales? 0:NO 1:S| Si Ultima entrega UN Última entrega en caso de dispensaciones parciales o mensuales para una misma prescripción O0:NO 1:S) Si ANV AN, 747 Y Y 12 JUN 2017 RES

Artículo ANEXO (27/30)

OLUCIÓN NÚMERG: 052064 DE 2017 HOJA No 23 DE 25 No. | Nombre del campo Descripción y valores permitidos Longitud tu| máxima del campo Tipo z 22 |Numero de entrega parcial Digite el número de la entrega parcial [22] ES | Requerido z 23 |Entrega completa Existen entregas pendientes para la misma prescripción ONO 1:Sl 24 [Cantidad total entregada 7 N | Cantidad total entregada Si 25 [Causa de no entrega 2 N |Deberá utilizar los códigos dispuesto| NO en la tabla de referencia RECCausaNoEntrega en web.sispro.gov.co . CAPÍTULO 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt C. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe ()). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1||dato3. f Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. 9. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales.

Artículo ANEXO (28/30)

h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. Í. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. L Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro Los archivos deben estar firmados digitalmente. m. E Da Sit” 1 2 JUN 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO 02064 DE 2017 HOJA No 24 DE 25 CAPÍTULO 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si el reportante aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: http://veb.sispro.gov.co/WebPublico/Entidades/RegistrarEntidad.aspx Registrar solicitud de usuario: http://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos. La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. .

Artículo ANEXO (29/30)

Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el! aplicativo mistonal y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez las dos validaciones sean exitosas. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: http://www.sispro.gov.co/recursosapp/Pages/Mesa_Ayuda.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: http://web.sispro.gov.coWebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de las Leyes Estatutarias 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el Decreto 1377 de 2013 y las normas que las modifiquen, reglamenten, aclaren o sustituyan. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos v 4 2 JUN 201! RESOLUCIÓN NUMERO;: 0206 Z DE 2017 HOJA No 25 DE 25 garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. CAPÍTULO 4.

Artículo ANEXO (30/30)

PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La periodicidad del reporte es mensual, cada mes de información se envía dentro de los primeros ocho (8) dias calendario del siguiente mes. mación | o ind Desde: : 2017-07-31 2017-08-01 2017-08-08 2017-08-31 2017-09-01 2017-09-08 Y así sucesivamente: Último día calendario del mes a | Primer día calendario del | Octavo día calendario del reportar siguiente mes. siguiente mes. ES

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2017.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 37), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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