Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co. Ltda

Resolución · 2027 · 2022-10-24 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Reposición de vacunas del laboratorio Sinovac Life Scienses Co. Ltda. Reponer, por única vez, conforme con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, 5.140 dosis de vacunas del laboratorio Sinovac Life Scienses Co. Ltda., a las siguientes entidades territoriales, así: No. SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD z VECES DOSIS 1 | Departamento de Antioquia - Secretaria Seccional de Salud y Protección Social 2.600 2 | Departamento de Arauca - Unidad Administrativa Especial de Salud 4 3 | Departamento del Atlántico - Secretaria de Salud Departamental 44 4 | Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - Secretaría de Salud Distrital 18 5 | Distrito Capital de Bogotá - Secretaria Distrital de Salud 318 6 | Departamento de Bolivar - Secretaria de Salud Departamental 46 7__ | Departamento de Boyacá - Secretaría de Salud Departamental 54 8 | Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas 26 9 _ | Departamento de Caquetá - Instituto Departamental de Salud 16 10 | Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento Administrativo Distrital de Salud 16 11 | Departamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental 56 12 | Departamento del Cauca - Secretaria de Salud Departamental 136 13 | Departamento del Cesar - Secretaría de Salud Departamental 28 14 | Departamento del Chocó — Secretaría de Salud Departamental 60 15 | Departamento de Córdoba - Secretaria de Desarrollo de la Salud 40 16 | Departamento de Cundinamarca - Secretaria de Salud Departamental 234 17 | Departamento del Guaviare - Secretaría Departamental de Salud 2 18 | Departamento del Huila - Secretaria de Salud Departamental 34 19 | Departamento del Magdalena - Secretaria de Desarrollo de la Salud 18 20 | Departamento del Meta - Secretaria de Salud Departamental 50 21 | Departamento de Nariño - Instituto Departamental de Salud 22 22 | Departamento de Norte De Santander - Instituto Departamental de Salud, 14 23 | Departamento del Quindio - Secretaría de Salud Departamental 42 24 | Departamento de Risaralda - Secretaria de Salud Departamental 742 25 | Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta - Secretaria de Salud Distrital 10 26 | Departamento de Santander - Secretaría de Salud Departamental _. 50 27 | Departamento de Sucre - Departamento Administrativo de Seguridad Social en Salud 12 28 | Departamento del Tolima - Secretaría de Salud Departamental 30 29 | Departamento del Valle del Cauca - Secretaría Departamental de Salud 282 30 | Departamento de La Guajira - Secretaría de Salud Departamental 8 31 | Departamento de Putumayo - Secretaría de Salud Departamental 100 32 | Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura 10 33 | Departamento de Amazonas - Secretaria de Salud Departamental 6 34 | Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina - Secretaria de Salud Departamental 10 35 | Departamento de Guainía - Secretaría de Salud Departamental 2 36 | Departamento del Vichada - Secretaría Departamental de Salud 2 TOTAL 5.140

Artículo 2

Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales señaladas en el artículo anterior tendrán a cargo las siguientes obligaciones: RESOLUCIÓN NÚMERO 2027 Dg 24 0CT 2022 2022 HOJA No 5 A 2.1 Ingresar las dosis de los biológicos repuestos al módulo de inventario del PAIWEB. 2.2 Entregar a los municipios y prestadores, según corresponda, las dosis de los biológicos repuestos atendiendo al análisis y microplaneación territorial. 2.3 Informar a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, del proceso de desnaturalización que debe surtirse por parte del prestador o municipio que reportó la pérdida de los biológicos.

Artículo 3

Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

Artículo ANEXO

24 0CT 2022 DIANA CAROLINA CORCHO MEJÍA Ministra de Salud y Protección Social 1 Wed . Aprobó Viceministro de Salud Pública y Prestación de co O Directora de Promoción y Prevención Director 7

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 110), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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