OBLIGACIONES YIO FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E ORES: Las funciones y obligaciones de los interventores son de orden técnico, , financiero y legal.
OBLIGACIONES Y/O FUNCIONES DE LOS SUPERVISORES E INTERVENTORES:
tuar la vigilancia, cuidado, control, seguimiento, verificación y evaluación del bien, servicio u obra contratados, de conformidad con lo señalado en el contrato, la propuesta, los! pliegos de condiciones, el cronograma de ejecución y cualquier otro documento que haga parte del contrato, desde su inicio hasta la liquidación o hasta el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del acto de liquidación.
2. Responder por la supervisión y/o interventoría del contrato hasta la liquidación del contrato unilateral o hasta el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del acto de idación.
3. Exigir al contratista, cualitativa y cuantitativamente, el cumplimiento del objeto, de las obligaciones y entrega de los productos a su cargo, en el tiempo contractual pactado a fin de lograr la ejecución adecuada y oportuna del contrato.
4. Vetificar que en los convenios interadministrativos y de cooperación se efectúen los aportes correspondientes por partes de las entidades que participan en su celebración.
S: Rechazar los servicios, bienes, obras, productos u objetos que no se ajusten a las condiciones pactadas en el contrato, la propuesta y los pliegos de condiciones, ordenando si es del caso su respectivo cambio de manera inmediata.
6. Constatar que los bienes, productos, obras y servicios se reciban en las condiciones del contrato, la propuesta y los pliegos de condiciones, para lo cual deberá comprobar su funcionamiento, verificando su calidad, utilización y almacenamiento.
7. Aténder las reclamaciones, sugerencias y demás solicitudes elevadas por el contratista dentro de un término razonable, resolviendo aquellas que sean de su competencia y dando traslado de las que no lo sean a la dependencia competente, adjuntando su concepto al
pecto. Igualmente debe evitar vencimiento de términos legales y contractuales.
8. Suscribir las actas a que haya lugar, entre las cuales se encuentran las siguientes: Acta de esos Acta de recibo total o parcial; las demás a la que haya lugar con ocasión a la
ución del sli
Q-
RESOLUCIÓN No»? 0) Ú 0 0 e (
Di0
3 1. MAY, 2011
DEL HOJA No. 4
Por la cual se establecen pautas para desprrollar actividades de supervisión e interventoría de los contratos suscritos por el
Ministerio de la Protección Social y los celeb sobre la ejecución y liquidación de contratos.
tados por terceros con cargo a recursos del Ministerio y se dictan otras disposiciones
10.
11.
12.
13.
14,
15.
16.
17.
18.
19.
20.
Rendir oportunamente los |i control del Estado.
Organizar el archivo propi archivisticas.
En caso de presentarse
nformes que le solicite el Ordenador del Gasto y los órganos de
o de la supervisión y/o interventoría, conforme a las normas
ambio, renuncia, o terminación del contrato del supervisor y/o
interventor, el saliente deberá presentar un informe pormenorizado a la fecha en que cesan sus funciones u obligacipnes y, suscribir un acta de entrega con el supervisor y/o
interventor entrante y si es
posible, con el contratista.
Presentar al Grupo de Gestión Contractual, en el caso del nivel central y a la Dirección
General de Inspección Vi dentro de cinco días de |
ilancia y Control, en los casos de las Direcciones Territoriales, meses de enero y julio de cada año, el porcentaje de avance
de ejecución de los contratos sobre los cuales ejerció o ejerce supervisión.
Presentar ante la Coordinación del Grupo Central de Cuentas y/o a la Dirección General de Financiamiento, según el £aso, el informe de actividades en el formato que se establezca para el efecto, certificando de manera clara y precisa el valor a pagar acorde con la ejecución del contrato y ld pactado en el mismo, así como la verificación del pago de los
aportes al Sistema Gener
de Seguridad Social Integral por parte del contratista, anexando
la documentación soporte, [respectiva.
Remitir copia del inforhe de actividades para pago parcial y de los soportes
correspondientes al Grupo
de Gestión Contractual, una vez radicado el original en el Grupo
Central de Cuentas y/o Dirección General de Financiamiento, según sea el caso.
Presentar al Secretario desplazamientos del conf, plasmada en el Contrato,
General y/o Ordenador del Gasto las solicitudes de ratista en los casos en que dicha situación haya quedado dentro del término establecido para ello en la Resolución que
reglamenta el tema y en el|formato que corresponda.
Velar por que la ejecución suceder, tomar las medi
del contrato no ocasione daños a terceros y, si esto llegare a las necesarias para evitar o aminorar el riesgo de futuras
reclamaciones al Ministerid de la Protección Social.
Verificar las vigencias de lgs amparos de las garantías contractuales de conformidad con lo pactado por las partes y lo establecido por la ley, así mismo exigir con la debida anticipación su renovación [y/o modificación, si fuere el caso. |
| Verificar que el contratista cumpla con todos los requisitos previstos en la ley para la legalización del contrato. |
Autorizar el pago de los anticipos y pago anticipado pactados en el contrato, y llevar un control de los dineros girados durante el desarrollo del contrato, para que los desembolsos efectuados al contratista ho excedan el valor del contrato y que estos se realicen en la forma pactada en el misma. |
Exigir al contratista la acraditación de los pagos al sistema integral de seguridad social y parafiscales durante la ejerución del contrato y antes de su liquidación y verificar que el
l
RESOLUCIÓN No. ,R 00002010 pl 91 MAY 2011 HOJA No. 5
Por la cual “establecen pautas para desarrollar actividades de supervisión e interventoría de los contratos suscritos por el Ministerio de lá Protección Social y los celebrados por terceros con cargo a recursos del Ministerio y se dictan otras disposiciones sobre la y liquidación de contratos,
ago efectuado corresponda a lo previsto en la ley.
ar por escrito al Ordenador del Gasto y/o funcionarios competentes sobre la aterialización de las causales de terminación, modificación e interpretación unilateral que ban adoptarse en desarrollo del contrato, sustentando las razones que dan lugar a su posición, con el visto bueno del Director, jefe o coordinación del área requirente.
equerir por escrito al contratista por todos los hechos que puedan constituir incumplimiento del contrato, cuya información servirá de sustento para la posible osición de multas o las sanciones a que hubiere lugar.
multas, cuando los trabajos, actividades, obras o servicios no estén siendo ejecutados en a correcta y/o oportuna, para lo cual debe presentar un informe en el que sustenten las azones que dan lugar a la imposición de dicha medida y tasando los perjuicios causados y la eventual multa.
24. Solicitar al Ordenador del Gasto, el tramite de arreglo directo, la declaratoria de incumplimiento o hacer efectiva la cláusula penal del contrato (lo cual debe solicitarse -dutante el término de ejecución del contrato o vencido el plazo contractual), para lo cual debe presentar un informe en el que sustenten las razones que dan lugar a ello, tasando
s perjuicios causados.
25. Solicitar al Ordenador del Gasto las modificaciones, aclaraciones, adiciones, prórrogas, cesiones, suspensiones o terminaciones de mutuo acuerdo con mínimo diez días de antelación, acompañadas de la correspondiente justificación y demás documentos soportes.
26. Poner en conocimiento a los superiores jerárquicos de los supervisores e interventores y a - rr de control sobre los hechos irregulares que se originen en desarrollo de la ejecución del contrato.
27. Realizar todas las gestiones necesarias y pertinentes para que los recursos girados al
ftratista pero no ejecutados, sean reintegrados y remitir copia del soporte de dicha
devolución al Grupo de Gestión Contractual y a tesorería y la Dirección General de Financiamiento,
28. Realizar todas las gestiones necesarias y pertinentes para que los saldos no ejecutados del contrato sean liberados en la vigencia fiscal correspondiente.
29. Informar oportunamente a la Oficina Asesora Jurídica, al Grupo de Gestión Contractual y al lenador del Gasto respectivo, la no consignación de reintegro de saldo a favor del Mp a cargo del contratista, cuando a ello hubiere lugar.
30. En caso de que el contratista tenga bajo su responsabilidad equipos y elementos suministrados O comprados con cargo al contrato, verificar su estado y cantidad y coordinar el reintegro de los mismos.
31. enciar a la finalización del contrato el formato de evaluación de proveedores de bienes y servicios del Ministerio, el cual se encuentra publicado en la intranet y remitirlo al Grupo
Py
resoLución nar D000 2040 DEL 31 MAY 2011. HOJA No. 6
Por la cual se establecen pautas para desprrollar actividades de supervisión e interventoría de los contratos suscritos por el Ministerio de la Protección Social y los celebrados por terceros con cargo a recursos del Ministerio y se dictan otras disposiciones
sobre la ejecución y liquidación de contratos.
32.
de Gestión Contractual,
Radicar en el Grupo de Gestión Contractual, para efectos de la liquidación del contrato, el informe final de ejecución del mismo en el formato que corresponda, inmediatamente después de la terminación del contrato, acompañado del reporte de pagos emitido por el Grupo de Tesorería o la Dirección de Financiamiento según el caso. El informe final de ejecución deberá contener la siguiente información, según el formato aprobado para ello:
Identificación general del gontrato (contratista, cédula de ciudadanía. y/o NIT, objeto, plazo ejecución, fecha iniciación] y finalización, prorrogas, adiciones, suspensiones, etc.). Concepto y porcentaje dg cumplimiento de las obligaciones y/o productos contractuales, dejando constancia sobre pl porcentaje de incumplimiento, cuando a ello hubiere lugar. Resumen sobre la ejecución financiera del contrato, señalando: valor del contrato, valor de las adiciones (si las hay)] valor total, valor ejecutado, valor pagado y/o girado, saldos a favor y/o a reintegrar por fas partes, valor a liberar y/o liberado, identificando las vigencias fiscales a las que correspanden los recursos.
Dicho informe final de ejegución deberá suscribirse por el interventor o supervisor en fecha posterior a la terminación del contrato.
PARAGRAFO: En aquellps casos en los que el último pago se encuentre sujeto a la liquidación del contrato, uña vez se surta este tramite, el supervisor y/o interventor deberá radicar el informe final de Ejecución original y el acta de liquidación en el Grupo Central de Cuentas y/o en la Dirección General de Financiamiento, de acuerdo con la ordenación del gasto, para efectos del pago.