Por la cual se modifica el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales de la Resolución 413 de 2025.

Resolución · 196 · 2026-02-04 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–49 de 49

Artículo ANEXO (37/45)

8. Licencia de maternidad o paternidad____________________________________ 9_ Modificación datos básicos de identificación del afiliado_____________________ ’io. Actualización y corrección datos complementarios del afiliado________________ 'iT Modificación íngreso Base de Cotización - IBC____________________________ '12? Actualización del documento de identificación del responsable de la afiliación_____ 13. Corrección de datos básicos de identificación del responsable de la afiliación_____ 14. ; Variación centro de trabajo, practica o actividad___________________________ 15. Cambio de ocupación u oficio del afiliado________________________________ 16. Traslado de ARL_________________________________________ _ JJ. Licencia parental flexible de tiempo parcial_______________________________ 18. Otras licencias o permisos remunerados - Especificar cual conforme a la denominación legal vigente en la materia 58. Datos de identificación de quien se registre la novedad (afiliado o el responsable de la afiliación): Dato obligatorio. Está novedad se registra cuando el afiliado o el RESOLUCIÓN NÚMERO 000196 DE 0 4 FEB 2026 HOJA No. 21 responsable de la afiliación modifica uno o varios de los datos básicos de su identificación, para lo cual debe presentar el documento de identificación, en el que consten tales modificaciones marcando con una X en el numeral 57 “Tipo de novedad” el numeral 9 si la novedad corresponde al afiliado o el numeral 12 si la novedad corresponde al responsable de la afiliación. Deberá registrarse la información que corresponda después de la modificación.

Artículo ANEXO (38/45)

Datos básicos de identificación: Estos datos deben ser registrados en las casillas correspondientes, en forma idéntica a como aparecen en el documento de identificación. • Primer apellido • Segundo apellido (Cuando aplique) • Primer nombre • Segundo nombre (Cuando aplique) Tipo de documento de identificación: Registrar en el espacio el código que corresponde al documento con el cual se va a identificar, de acuerdo con las siguientes opciones: Código Tipo de documento de identificación 1 Ñl Número de identificación tributaria._________________ RC Registro civil, es el documento expedido por la RegistradüriFNacior^dÑI^Estado Civil._______________ Tarjeta de Identidad, es eí documento expedido por la Registraduria Nacional deí TI Estado Civil con el que se identifican los menores de edad entre 7 y 17 años Debe ser reemplazada por la cédula de ciudadanía.________ CC Cédula de ciudadanía, es el documento expedido por la Registraduria Nacionaí deT Estado Civil con el que se identifican las personas al cumplir 18 años. CE Cédula de extranjería, es el documento de identificación expedido por Migración Colombia, que se otorga a los extranjeros titulares de una visa superior a 3 meses y a sus beneficiarios, con base en el Reporte de Extranjeros. La vigencia de la Cédula de Extranjería será por un término de 5 años. PA Pasaporte, es el documento que acredita la identidad" de un extranjero que’cüerita con una visa para trabajar en Colombia y no se encuentra obligado a tramitar una cédula de extranjería, y de los ext ranjeros men ores de 7 años. CD Carné diplomático, es el documento que identifica a extranjeros que cumplen funciones en las embajadas, legaciones, consulados y delegaciones en representación de gobiernos extranjeros.________ SC Salvoconducto de permanencia, es un documento de carácter temporal expedido por la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia a los extranjeros que deban permanecer en el país mientras resuelven su situación de refugiados o asilados.

Artículo ANEXO (39/45)

Tiene una validez de tres meses y debe ser renovado o sustituido por la cédula de extranjería. PT Permiso por Protección Temporal, es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en el territorio nacional en condiciones de regularidad migratoria especiales, y a ejercer durante su vigencia, cualquier actividad u ocupacional legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas Decreto 216 de 2021 Numerc del documento de identificación: Corresponde al número con el cual se identifica como persona única y debe registrarlo exactamente como figura en el documento de identificación. 59. Datos complementarios de quien se registre la novedad (aplica sólo a afiliados): Está novedad se reporta cuando el afiliado modifica uno o varios de los datos complementarios y se ha marcado con una X en el numeral 57 “Tipo de novedad" la novedad del numeral 10. RESOLUCIÓN NÚMERO 000196 DE 0 4 FEB 2026 HOJA No. 22 Datos personales: Estos datos deben registrarse para el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales SGRL, según corresponda. Entidad Promotora de Salud - EPS: Lo suministra el afiliado. Escriba el nombre de la Entidad Promotora de Salud - EPS en la cual se encuentra registrada. Administradora de Pensiones - AFP: Lo suministra el afiliado. Registre el nombre de la Entidad Administradora de Pensiones donde se encuentra afiliado. Ingreso Base de Cotización — IBC: Lo suministra el afiliado.

Artículo ANEXO (40/45)

Registre la modificación del valor del salario o del ingreso mensual sobre el cual va a pagar los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL. Para el efecto, puede consultar la siguiente tabla: Tipo de afiliad o_______________ Ingreso base de cotización (IBC)____________ Dependiente__________________ Salario mensual percibido.__________________ Dependiente trabajador de tiempo Debe ser un salario mínimo legal mensual vigente. parcial con varios empleadores* Independiente con contrato de 40% del valor de honorarios pactado prestación de servicios superior a 1 mensualmente en el contrato. mes________________ Independiente agremiado o asociado No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.___________________________ Independiente voluntario a riesgos 40% del valor total de honorarios percibidos al mes laborales_____________________ por la ocupación u oficio.____________________ Trabajador penitenciario No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.___________________________ Estudiantes Un salario mínimo legal mensual vigente. Voluntario en Primera Respuesta Un salario mínimo legal mensual vigente. aporte solo riesgos laborales Afiliado participe No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.__________________________ Concejales y ediles Un salario mínimo legal mensual vigente. Servicio de utilidad pública No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente por períodos de 30 días._______ Promotor del Servicio Social para la No puede ser inferior a un salario mínimo legal paz_______ _________ _____ mensual vigente__________________________ Ley de segundas oportunidades No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.__________________________ Interno de medina Un salario mínimo legal mensual vigente. ‘Para este tipo de afiliado, el tipo de cotizante corresponde a dependiente.

Artículo ANEXO (41/45)

Residencia: Diligencie los datos de modificación del lugar donde reside el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL: Dirección Teléfono fijo Teléfono celular Correo electrónico Municipio/Distrito o Zona: Urbana o Rural donde se ubica el nuevo sitio de residencia Localidad/Comuna si existen en su ciudad o Departamento En el caso de Bogotá D.C., debe escribir en el campo departamento: Bogotá D.C. 60. Datos novedades relacionadas con el reporte de fechas: Está novedad se reporta cuando el afiliado presenta una novedad que incide en la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL por un periodo temporal o definitivo y si ha marcado con RESOLUCIÓN NÚMERO 000196 DE 0 4 FEB 2026 HOJA No. 23 una X en el numeral 57 “Tipo de novedad" los numerales de las novedades 1 al 8, según corresponda, y deberá registrarse: Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio de la novedad en formato día. mes y año. Fecha final: registrar la fecha final de la novedad en formato día, mes y año. Si el tipo de novedad registrado es 1. Ingreso; 2. Retiro o 3. Retiro por muerte del afiliado, únicamente deberá registrarse los datos correspondientes a la fecha inicial. 61. Administradora de Riesgos Laborales (anterior): Novedad que aplica solo al empleador que se traslade de Administradora de Riesgos Laborales - ARL y haya marcado con una X en el numeral 57 "Tipo de novedad” la novedad del numeral 16, para el efecto deberá registrar el nombre de la Administradora de Riesgos laborales - ARL a la cual se traslada.

Artículo ANEXO (42/45)

62. Datos novedades relacionadas con la licencia parental: Está novedad se reporta cuando el afiliado opta por esta modalidad de licencia, y se ha marcado con una X en el numeral 57 “Tipo de novedad”, la novedad del numeral 17. Ucencia flexible de tiempo parcial: Registrar el horario el cual hará efectiva la licencia flexible de tiempo parcial en formato HH mm ss estableciendo la hora de inicio y la hora fin de la jornada. Es importante precisar que el formato: Hora (H) HH, de 00 a 23, 24:00:00 como última hora. 63. Datos relacionados con el cambio de sitio de trabajo, práctica, o actividad por la cual se efectúa la novedad: Está novedad se reporta cuando el responsable de la afiliación modifica las condiciones de ejecución de la actividad o de la práctica formativa, y se ha marcado con una X en el numeral 57 "Tipo de novedad”, la novedad del numeral

Artículo ANEXO (43/45)

14. cuando exista variación del centro de trabajo, práctica o actividad identificándolo de acuerdo con las siguientes opciones: Sitio de trabajo o lugar donde se realiza la práctica formativa A? Sede principal_ B. Centro de Trabajo Tenga en cuenta que cuando seleccione la modalidad de trabajo en casa o trabajo remoto, el sitio donde el trabajador o estudiante ejecute el trabajo o la práctica formativa corresponderá a la opción B, En caso de teletrabajo, se debe seleccionar la opción A. Código de la actividad económica: Registre según corresponda el código que se encuentra asignado en la tabla de clasificación de actividades económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL. de acuerdo con lo establecido en el Decreto 768 de 2022 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya, de acuerdo con el nuevo centro de trabajo. Clase de riesgo: Identifique y marque con una X la clase de riesgo del afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL de acuerdo con las siguientes opciones, que le aplique al nuevo centro de trabajo: Clase de riesgo I. Clase l TF Clase II ni.' Clase 111 IV, Clase IV

Artículo ANEXO (44/45)

v. Clase V RESOLUCIÓN NÚMERO 0Q0196 HOJA No. 24 DE O 4 FEB 2026 CíoPti,nuaci5n de ,a resoiución: "Por ¡a cual se modifica el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales de ¡a Resolución 413 de 2025". Sitio de trabajo: Diligencie los datos del nuevo lugar donde el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL realizará su actividad o práctica formativa. • Dirección • Teléfono fijo • Teléfono celular • Correo electrónico • Municipio/Distrito • Zona: Urbana o Rural donde se ubica la residencia • Localidad/Comuna si existen en su ciudad • Departamento En el caso de Bogotá D.C., debe escribir en el campo departamento: Bogotá D.C. Si la opción marcada con una X en el numeral 57 “Tipo de novedad”, es la novedad del numeral 15, deberá registrar Código de ocupación u oficio: Registre el nuevo código que se encuentra asignado en la tabla de ocupaciones u oficio para el Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL de acuerdo con lo establecida en el Decreto 1563 de 2016 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya. CAPÍTULO VIII. AUTORIZACIONES Marque con una X las autorizaciones que se describan en los numerales 64, 65 y 66 según corresponda: 64. Autorización para que la ARL reporte la información que se genere de la afiliación o del reporte de novedades a la base de datos de afiliados vigente y a las entidades públicas que por sus funciones la requieran. 65. Autorización para que la ARL maneje los datos personales del afiliado o del responsable de la afiliación de acuerdo con lo previsto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 compilado en el Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

Artículo ANEXO (45/45)

66. Autorización para que la ARL envíe información al correo electrónico o al celular como mensajes de texto. CAPÍTULO IX. FIRMAS Este formulario debe suscribirse por el responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda, de conformidad con la normativa vigente, que tenga a su cargo la afiliación o el reporte de novedades. En las casillas 67 y 68 debe ir la firma de: 67. El responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda. 68. El nombre y firma del funcionario de la Administradora de Riesgos Laborales. Con la firma contenida en el numeral 67 el responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda, manifiesta la veracidad de la información registrada y de las autorizaciones contenidas en el capítulo VIII del formulario numerales 64, 65 y 66. CAPÍTULO X. ANEXOS Marque con una X las autorizaciones que se describan en los numerales 64, 65 y 66 según lo requiera el trámite que realiza. RESOLUCIÓN NÚMERO 00Q196 DE 0 4 FEB 2026 HOJA No. 25 Este capítulo solo aplica cuando la afiliación sea de un trabajador independiente quien deberá presentar los siguientes documentos ante la Administradora de Riesgos Laborales seleccionada. 69. Documento de identidad: NI, RC, TI, CC, CE, PA, CD. SC, PT. 70. Formato diligenciado de la identificación de peligros. 71. Certificado de resultado del examen pre-ocupacional.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2026.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 11), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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