Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19 - declarasa mediante la resolución 385 de 2020, prorrogada por las Resoluciones 844,1462.2230 de 2020 y 222-738-1315 de 2021.

Resolución · 1913 · 2021-11-25 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Prorrogar hasta el 28 de febrero 2022 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, declarada mediante la Resolución 385 de 2020 y prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020, y 222, 738 y 1315 de 2021. La emergencia sanitaria podrá finalizar antes de la fecha aquí señalada, cuando desaparezcan las causas que le dieron origen. Parágrafo. Deberá mantenerse el cumplimiento de las medidas contenidas en el artículo 2 de la Resolución 385 de 2020, modificado por el artículo 2 de las Resoluciones 844 y 1462 de 2020, 222, 738 y 1315 de 2021

Artículo 2

La presente resoluCión rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO

RNANDO RU EZ Mini tro dQSalud y Protección Social Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Directora de Prestación de Servicios y Atención Primaria Director de Medicamentos y Tecnologías en Salud 1,,1 Director de Epidemiologia y Demografía Directora de ProniogOn y Prevención Directora Jurídica'at

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 235), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma