Por la cual se Efectúa asignacion de recursos del PDF del MS Y PS rubro Apoyo de Desarrollo la Salud Ley 100 de 1993 para la confinanciacion de 9 proyectos de Infraestructura en Salud -8 Proyectos de Dotación Hospitalaria y 12 Proyectos Transporte Asistenciasl Básico y Medicalizado TAB - TAM -

Resolución · 1833 · 2021-11-12 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–9 de 9

Artículo 1

Asignar a las entidades que se señalan a continuación, recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia fiscal de. 2021, del rubro “Apoyo a programas del desarrollo de la salud Ley 100 de 1993”, asi: 42 NON A RESOLUCIÓN NÚMEROCCU1S3GS DE 2021 HOJA N.* 4 GRUPO No. 1 TRASLADO ASISTENCIAL BÁSICO Y MEDICALIZADO (AMBULANCIAS TAB - TAM) No. | Departamento | Municipio Entidad ejecutora P asignación proyecto (En pesos) 1 _ | Antioquia Necoclí ESE Hospital San Sebastián de Urabá 1TAB 150.000.000 . Gobernación de Bolivar - Secretaria de Bolivar Cartagena Salud de Bolivar 7TAB 1.050.000.000 . Santa Rosa [ESE Hospital Manuel Elkin Patarroyo . 3 ¡Bolívar del Sur Santa Rosa del Sur 1 TAB fluvial 150.000.000 4 |Boyacá Cubara ESE Hospital Especial de Cubará 1 TAB 150.000.000 5 | Choco Quibdó ESE Hospital Local Ismael Roldan Valencia 1TAB 200.000.000 6_ | Córdoba Sahagún ESE Hospital San Juan de Sahagún 1 TAM 200.000.000 7_ | Cundinamarca Secretaria de Salud de Cundinamarca 25 TAB 3.150.000.000 8 | Huila La Plata Ese Hospital San Antonio de Padua 1 TAB 150.000.000 .a : , 11 TAB, 1 TAM, Y 9 |Nariño Pasto Instituto Departamental de Salud de Nariño 1 TAB fluvial 2.000.000.000 10 | Tolima Coyaima Hospital San Roque ESE 1 TAB 113.000.000 11_ | Valle del Cauca _ | Cali Red de Salud del Centro ESE 2 TAB 1 TAM 500.000.000 12 |Valle del Cauca _| Riofrio ESE Hospital Kennedy de Riofrio 1 TAB 150.000.000 GRUPO No. 2 INFRAESTRUCTURA EN SALUD o Propuesta de No. | Departamento Municipio Entidad ejecutora Nombre del proyecto o, del (En pesos) construcción del Complejo a municipio de Hospitalario Antonio Roldan 13 | Antioquia Apartadó Apartadó Betancur del Municipio de 60.000.000.000 Apartadó construcción y terminación de la ESE Hospital San | infraestructura fisica de la nueva 14 [Arauca Arauca Vicente de Arauca | torre de la ESE Hospital San 10:000.000.000 Vicente de Arauca ; ESE Hospital José | ampliación de infraestructura 15 |Boyacá Puerto Boyacá Cayetano Vásquez | hospitalaria 15.830.851.782 . ESE Hospital San | construcción del Nuevo Hospital 16 | Córdoba Tierrlta José de Tierralta__| San Jose de Tierraalta Cordoba 3.294.853.999 Norte de oa Local construcción del Nuevo Hospital 17 Santander Villa del Rosario nom Villa del Local de la ESE Jorge Cristo | 21.451.360.842 Rosari Sahium de Villa del Rosario osario construcción de La ESE Hospital 18 |Putumayo Orito Ese Hospital Orito | Orito, Municipio de Orito| 10.000.000.000 Departamento del Putumayo construcción de torres metálicas Empresa Social del | para instalación de sistema de Estado Hospital | aire acondicionado, y ventilación 19 [Santander Bucaramanga Universitario de | mecánica para la ESE. Hospital 30.000.000.000 Santander Universitario de Santander HUS Bucaramanga Hospital construcción de la unidad : Universitario del | funcional oncológica del Hospital 20 |Valle del Cauca [Cal Valle "Evaristo | Universitario del Valle Evaristo 39.537.000.000 Garcia" ESE. Garcia Ese. Hospital | reposición de la infraestructura 21 [Vichada Puerto Carreño | Departamental San |de la ESE. Hospital| 22.703.213.889 Juan de Dios Departamental San Juan de Dios y 12 NOV 202 arma O 3 RESOLUCIÓN NÚMEROS OU 1 8353 DE 2021 HOJA N.* 5 doce (12) proyectos Transporte Asistencial Básico y Medicalizado (TAB -— TAM)" Propuesta de No. | Departamento Municipio Entidad ejecutora Nombre del proyecto a, del (En pesos) sede Puerto Carreño, departamento de Vichada GRUPO No. 3 DOTACIÓN HOSPITALARIA o Propuesta de No. | Departamento Municipio Entidad ejecutora Nombre proyecto pe re (En pesos) Adquisición de un tomógrafo Para ESE Hospital San La Prestación Del Servicio De 22 | Antioquía Yarumal Juan de Dios Yarumal | Atención En Salud De Ese Hospital 809.251.170 San Juan De Dios De Yarumal Empresa Social del [Dotación equipo de temografía 23 | Antioquia Yolombó Estado Hospital San | computada multidetector | 624.620.587 Rafael de Yolombó (tomógrafo) Ese, Hospital Dotación de equipos biomédicos 24 | Atlántico Sabanagrande ¡ Municipal de para la ESE Hospital Municipal de | 267.836.320 Sabanagrande Sabanagrande Dotación de equipos biomédicos Ñ para el fortalecimiento de la 25 | Caquetá Florencia SS Salud | restación de servicios de salud de | 3.500.000.000 la red pública del departamento del Caquetá Adquisición, instalación y puesta en Empresa Social del — | funcionamiento de un tomógrafo . Estado Hospital computarizado con el objeto de 26 [Cundinamarca [Bogotá D.C. Universitario de la modernizar la tecnología existente 3.590.230.000 Samaritana en el hospital universitario de la samaritana Bogotá Ese. Hospital Mario | Adquisición dispositivos médicos 27 | Cundinamarca | Soacha Gaitán Yanguas de | para la ESE Hospital Mario Gaitán | 1.779.772.897 Soacha Yanguas de Soacha Renovación y dotación de equipos a ¿sn | biomédicos y equipos industriales 28 | Huila La Plata Estado San Sebastián de uso hospitalario para ta ESE San de La Plata Huña Sebastián del municipio de La Plata Empresa Social del Dotación de equipos biomédicos Empresa Social del 3.421.034.600 29 | Sucre San Juan de Estado San Juan de | para la ESE San Juan de Betulia 926.643.792 Betulia : Betulia Sucre Total Asignación 235.799.669.878

Artículo 2

Destinación. Los recursos asignados a las entidades mencionadas en el artículo precedente serán destinados exclusivamente para los proyectos preliminarmente citados, en los componentes de traslado asistencial, esto es, ambulancias TAB - TAM, infraestructura en salud y dotación hospitalaria proyectos presentados por las entidades territoriales o las Empresas Sociales del Estado.

Artículo 3

Requisitos para el giro. El giro a las entidades a las que se asignarán recursos se efectuará, previa entrega de los siguientes documentos a la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres: > 12 NOV 202 RESOLUCIÓN NÚMERO 901833 De 2021 HOJA N.? 6 1993” para la cofinanciación de nueve (9) proyectos de infraestructura en Salud, ocho (8) proyectos de Dotación Hospitalaria y doce (12) proyectos Transporte Asistencial Básico y Medicalizado (TAB - TAM)" 3.1. Certificación de apertura de nueva cuenta bancaria exclusiva para el giro de los recursos aquí asignados, emitida por la entidad financiera con la identificación de la cuenta, que incluya el nombre completo e identificación del titular, tipo, número y estado de cuenta. 3.2. Copia del Registro Único Tributario. 3.3. Cargo, nombre completo, identificación y correo electrónico del funcionario responsable de coordinar la ejecución de los recursos objeto de la presente resolución.

Artículo 4

Incorporación de recursos. Las entidades a las que se asignarán los recursos señalados en el artículo 1, están obligadas a incorporar en sus presupuestos de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 5

Obligaciones de las entidades a las que se asignan recursos. Las entidades señaladas en el artículo 1, tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: 5.1. Velar por la adecuada ejecución de los recursos. 5.2. Confirmar la transferencia de los recursos a la cuenta reportada. 5.3. Presentar los informes de ejecución técnica y financiera a la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres y a la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, acorde al artículo 7 de la presente resolución, según corresponda 5.4, Garantizar la ejecución técnica y financiera de los proyectos aprobados por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria y la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, según corresponda. 5.5. Remitir a la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres y a la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio en medio físico o magnético los soportes de incorporación y ejecución idónea de estos recursos. 5.6. Suministrar oportunamente información a los organismos de control y demás autoridades nacionales.

Artículo 6

Reintegro de recursos. Los recursos asignados a las entidades beneficiarias que no se ejecuten en las condiciones definidas en esta resolución y conforme a los principios dispuestos en el Estatuto Orgánico del Presupuesto, así como los saldos de recursos y los rendimientos financieros generados en las cuentas por ellos constituidas, deberán ser reintegrados al Tesoro Nacional.

Artículo 7

Seguimiento. Este Ministerio, en desarrollo de sus funciones y su objetivo misional realizará el seguimiento que estime necesario y pertinente a la ejecución de los recursos asignados a las entidades y empresas sociales del Estado señaladas en el artículo 1 de la presente resolución, a través de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres a las asignaciones del Grupo 1; de la Subdirección de Infraestructura en Salud a las asignaciones del Grupo 2; y, de la Subdirección de Prestación de Servicios a las asignaciones del Grupo 3, dependencias que rendirán los informes correspondientes que serán consolidados por la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres como dependencia a cargo del rubro: “Apoyo a Programas de Desarrollo de la Salud Ley 100 de 1993” y de ser necesario, informarán a las entidades de vigilancia y control, para lo de su competencia. 12 NOV DA RESOLUCIÓN NÚMERO: 9061833 DE 2021 HOJA N.*7 doce (12) proyectos Transporte Asistencial Básico y Medicalizado (TAB — TAM)” necesario, informarán a las entidades de vigilancia y control, para lo de su competencia. Parágrafo. Las secretarias departamentales o distritales de salud, según su jurisdicción, deberán efectuar el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados y remitirán oportuna y eficazmente la información que las áreas técnicas del Ministerio de Salud y Protección Social les requieran.

Artículo 8

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Artículo ANEXO

FÉRNANDO RUIZ GÓMEZ Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicio fAMarGahO Director de Prestación de Servicios y Atención Primaria? Jefe Oficina de es Emergencias y Desastres Directora Juridica.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 225), consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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