Artículo 8
Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación, modifica los artículos 1, 6 y 8 de la Resolución 166 de 2021, modificada por las Resoluciones 508, 651 y 1324 de 2021 y sustituye sus artículos 3, 4 y 5.
Resolución · 1736 · 2022-09-21 · Jerarquía: nivel 8
Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación, modifica los artículos 1, 6 y 8 de la Resolución 166 de 2021, modificada por las Resoluciones 508, 651 y 1324 de 2021 y sustituye sus artículos 3, 4 y 5.
DIANA CAROLINA CORCHO MEJÍA Ministra de Salud y Protección Social _Fi kprobó: iceminiStro de Protección Social Viceministro de Salud y Prestación de Servici 4 e--- Jefe de Oficina de Tecnología de la Informacióru-le-Cómunicación - OTIC Directora de Regulación de la Operación •el Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones Director de Promoción y Prevención u.................. Director Jurídico ",.. v
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: Modificado
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 106), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original