Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en instituciones educativas, instituciones de educación superior y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Resolución · 1721 · 2020-09-24 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–23 de 23

Artículo 4 (18/20)

Abstenerse de asistir al lugar de trabajo si presenta sintomas de gripa, tos seca, fiebre mayor O igual! a 38*C y dificultad respiratoria y realizar reporte inmediato a su EPS. Acatar recomendaciones médicas y el aislamiento indicado Notificar de su condición de salud a su jefe inmediato. Reintegrarse a la labor una vez esté recuperado Evitar el contacto fisico: no saludarse de mano, dar abrazos o besos. Medidas para los estudiantes. Utilizar de manera permanente y adecuada el tapabocas cubriendo nariz y boca, de acuerdo con los lineamientos generales para el uso de tapabocas convencional y máscaras de alta eficiencia de este Ministerio, disponible en: https: //www.minsalud.qov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GIPS18 pat Cambiar tos tapabocas convencionales o de tela cuando se humedecen, si están visiblemente sucios y después de un día de uso. Lavar el tapabocas de tela con agua y jabón al regresar a casa y antes de volverse a usar debe estar completamente seco. Los tapabocas pueden ser de fabricación doméstica según las recomendaciones de la “Guía con lineamientos mínimos para la fabricación de tapabocas de uso general no hospitalario en el marco de la emergencia sanitaria por enfermedad COVID- 19", disponible en: https://vwww.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GMTG15 pdf Mantener el distanciamiento físico entre persona y persona, especialmente en zonas demarcadas para hacer fila o en los restaurantes. Permitir la toma de temperatura al ingreso a la institución Realizar el lavado de manos con agua y jabón por lo menos cada 3 horas, al ingresar o cuando las manos estén contaminadas con secreción respiratoria, después de toser o estornudar, antes y después de ir al baño o cuando estén visiblemente sucias.

Artículo 4 (19/20)

Tener en cuenta que el lavado de manos debe durar mínimo de 20 a 30 segundos. Llevar a la institución educativa los útiles estrictamente necesarios, no deben ingresar objetos que no sean indispensables para sus actividades académicas. Retirar el tapabocas desde las cintas de manera previa al consumo de alimentos o bebidas, guardar en bolsas de papel o bolsa sellada, de manera tal que se mantenga en condiciones para ser usado nuevamente, momento en el que debe colocarse manipulando únicamente las tiras o elásticos y realizar lavado de manos de mínimo 20 segundos con agua y jabón. En ningún caso, el tapabocas debe ponerse en contacto con superficies o personas Medidas para la familia y cuidadores Fomentar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad por parte de los niños, niñas y adolescentes, especialmente, respecto al lavado de manos, el uso adecuado del tapabocas y las medidas de distanciamiento fisico durante la permanencia en las instituciones educativas Realizar el lavado y cocción completa de alimentos procesados que se envien en las loncheras Limpiar y desinfectar termos, recipientes, utensilios y demás elementos para contener o consumir los alimentos. No permitir que los niños, niñas y adolescentes coman en casa las porciones de los alimentos que no hayan consumido en la institución educativa. Orientar y recomendar a los niños, niñas y adolescentes evitar compartir objetos personales RESOLUCIÓN NÚMERO: 2061721 DE 2020 HOJA N' 11 control del riesgo del coronavirus COVID-19 en instituciones educativas, instituciones de educación superior y las 4.3.6. 4.3.7. 4.3.8. como juguetes, lazos, balones, cuadernos y libros. Abstenerse de enviar a la institución educativa niños, niñas y adolescentes con sintomas agudos de cualquier enfermedad.

Artículo 4 (20/20)

Orientar sobre la prevención, cuidado y manejo de casos sospechosos, probables o confirmados de COVID-19 y cumplir con el aislamiento; asi como la detección de signos de alarma; tales como asfixia o dificultad para respirar, fiebre cuantificada de 38"C durante más de tres días, expectoración amarilla o con pintas de sangre; dolor u opresión persistente en el pecho; incapacidad para permanecer despierto; desorientación; labio o cara de color azulado; decaimiento abrupto en menos de tres dias; si está presentando diarrea tener más de 10 deposiciones al dia. En caso de presentar al menos unos de estos sintomas, acudir inmediatamente al servicio de urgencias o comunicarse con su entidad administradora de planes de beneficio. Evitar llevar como acompañantes del cuidador niños menores de 2 años, teniendo en cuenta que no deben utilizar tapabocas por el riesgo de asfixia. f y

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 168), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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