Artículo 1
Modificar los numerales 2.1 "Entidades territoriales departamentales y distritales" y 2.4 "Prestadores de servicios de salud' del numeral 2 del Anexo Técnico 1 "Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación 'contra el COVID-19" de la Resolución 1140 de 2022, en los siguientes términos: "2. Responsabilidad de los actores Los actores que tienen a cargo el desarrollo de las actividades de vacunación contra la CO VID- 19 deberán: 2.1 Entidades territoriales departamentales y distritales 2.1.1. Adoptar y adaptar los lineamientos técnicos y operativos de la vacunación contra la COVID-19. 2.1.2. Verificar el cumplimiento a lo establecido en la Resolución 3100 de 2019 por parte de las IPS de su territorio, así como de la suficiencia del talento humano para garantizar la vacunación con oportunidad contra la COVID-19. 2.1.3. Contar con personal para la gestión y operación de la vacunación contra la COVID-19. 2.1.4. Participar en las reuniones de actualización y seguimiento de acuerdo con la convocatoria por parte de este Ministerio. 2.1.5. Apoyar, con su equipo de vigilancia en salud pública y a través espacios de coordinación, las actividades de vacunación contra la COVID-19, con la participación de los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del aseguramiento que operen en el territorio. 2.1.6. Efectuar el seguimiento a las actividades que realicen los responsables del aseguramiento y los prestadores de servicios de salud para la vacunación contra la COVID-19 en el territorio. 2.1.7. Brindar asistencia técnica a los municipios y demás entidades responsables de la vacunación en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de la vacunación en su territorio incluyendo la realizada contra la COVID-19. 2.1.8. Coordinar con instituciones responsables de la vacunación en el territorio, así como con actores aliados y demás entidades que desarrollan políticas públicas, la difusión y divulgación de la vacunación como una medida más costo efectiva para la prevención de enfermedades, incluyendo la vacuna contra la COVID-19. 15 SEP 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO, 17 03 DEL DE 2022 Hoja No. 3 Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1140 de 2022, en relación con la aplicación adversos posteriores a la vacunación, la ampliación del rango de edad para el uso de la vacuna SPIKEVAX COVID-19 VACCINE MODERNA en menores de 6 a 11 años y el desarrollo de espacios de coordinación al 2.1.9. Fortalecer los equipos de farmacovigilancia. 2.1.10. Verificar que se realice la notificación oportuna del error programático en el aplicativo VigiFlow, informar el caso al Ministerio de Salud y Protección Social, participar en las mesas técnicas que se programen, realizar seguimiento a los compromisos establecidos en las actas de mesa técnica en sus municipios e instituciones prestadoras de servicios de salud, donde se evidencien las acciones derivadas de los planes de mejora en las Instituciones vacunadoras, así como fortalecer las estrategias de capacitación y adherencia a los lineamientos del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 en su territorio, para evitar errores o eventos adversos. 2.1.11. Notificar al Ministerio de Salud y Protección Salud en la herramienta Excel de error programático y fortalecer las acciones de seguimiento, así como de fortalecimiento de capacidades descritas en el Manual Técnico y Operativo del PAI, en su capítulo 6 titulado Vacunación Segura. 2.1.12. Realizar solicitud de biológicos e insumos para la vacunación contra COVID-19 al Ministerio de Salud y Protección Social de manera periódica, garantizando un stock suficiente para cubrir las necesidades de sus instituciones prestadoras de servicios de salud y municipios. 2.1.13. Distribuir oportunamente las vacunas, diluyentes, jeringas, carné y otros insumos al interior de su territorio. 2.1.14. Realizar el seguimiento al movimiento de insumos y biológicos. 2.1.15. Amparar las vacunas e insumos para la vacunación, mediante póliza de seguro con cobertura todo riesgo, mientras estos estén bajo su custodia. 2.1.16. Consolidar de forma semanal los reportes del avance de la vacunación contra la CO VID- 19 según lo defina este Ministerio, con criterios de caridad de la información reportada. 2.1.17. Monitorear y evaluar los resultados del avance de la vacunación contra la COVID-19 y priorizar intervenciones tendientes a mejorar las coberturas en su territorio. 2.1.18. Garantizar la correcta custodia y almacenamiento de los biológicos e insumos. 2.1.19. Garantizar la cadena de frío según los requerimientos del fabricante y lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social. 2.1.20. Garantizar el monitoreo permanente de las condiciones de almacenamiento y de transporte con instrumentos debidamente calibrados de las vacunas bajo su custodia. 2.1.21. Contar con una planta eléctrica con transferencia automática y garantizar el combustible para su funcionamiento. 2.1.22. Realizar seguimiento para el correcto uso de los bienes e insumos que sean entregados por el Gobierno nacionaL ) 2.4 Prestadores de servicios de salud 2.4.1. Realizar el cálculo de necesidades de talento humano, vacuna e insumos de la vacunación contra la COVID-19 según la meta. 2.4.2. Garantizar la contratación de los equipos vacunadores de acuerdo con la población asignada. 2.4.3. Capacitar y actualizar permanentemente al talento humano en salud encargado de la vacunación contra la COVID-19. 2.4.4. Realizar seguimiento a la aplicación del esquema completo de la vacuna contra la COVID-19. 2.4.5. Desarrollar las estrategias y tácticas de vacunación acordadas con las entidades responsables del aseguramiento que tienen a cargo actividades dentro del Plan Nacional de Vacunación y entidades territoriales, teniendo en cuenta el enfoque diferencial para grupos vulnerables y grupos étnicos y registrar en SISPRO el anexo denominado "Formulario para la actualización de los puntos de vacunación por sede de prestador". 2.4.6. Almacenar y custodiar los biológicos cumpliendo las normas de cadena de frío. 2.4.7. Amparar mediante póliza de seguro todo riesgo las vacunas e insumos para la vacunación contra la COVID-19, mientras estos estén bajo su custodia. 2.4.8. Contar con la disponibilidad suficiente de los insumos requeridos para el proceso de vacunación contra la COVID-19. 2.4.9. Distribuir el biológico a sus vacunadores según meta día, de acuerdo con las normas de cadena de frío. 2.4.10. Garantizar los elementos de protección personal para el equipo de vacunación y de red de frío. 2.4.11. Garantizar la correcta custodia y almacenamiento de los biológicos e insumos. 15 SEP 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO., . 1 7Q3 DEL r: DE 2022 Hoja No. 4 adversos posteriores a la vacunación, la ampliación del rango de edad para el uso de la vacuna SP1KEVAX COVID-19 VACCINE MODERNA en menores de 6 a 11 años y el desarrollo de espacios de coordinación al 2.4.12 Garantizar el monitoreo permanente de las condiciones de almacenamiento y de transporte con instrumentos debidamente calibrados de las vacunas bajo su custodia. 2.4.13 Contar con una planta eléctrica con transferencia automática y garantizar el combustible para su funcionamiento. 2.4.14. Elaborar, socializar y garantizare! protocolo y ruta de atención, al servicio de urgencias para los usuarios que asilo requieran. 2.4.15. Garantizar técnica y financieramente el funcionamiento del sistema de información, en cada uno de los niveles conforme a las responsabilidades establecidas por este Ministerio. 2.4.16. Cargar la información al aplicativo PAIWEB y consolidar la información en los formatos diseñados para la vacunación contra la COVID-19. De no ser posible realizarlo en su institución, deberá hacer las gestiones pertinentes para que la información sea cargada al aplicativo PAIWEB desde otro punto que cuente con la conectividad requerida para dicho proceso y que esta se mantenga actualizada. 2.4.17. Consolidar el informe de avance de las personas vacunadas contra la COVID-19 y enviarlo al nivel superior de forma semanal 2.4.18. Garantizar la con fidencialidad de la información de los usuarios vacunados. 2.4.19. Garantizar que su red prestadora de servicios de cumplimiento a la Circular No 044 del 19 de noviembre de 2013 expedida por este Ministerio. 2.4.20. Dar cumplimiento al Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios frete al manejo de los residuos que genere el procedimiento de vacunación y actualizarlo de acuerdo con los sitios de expansión y a los residuos generados por la red de frío. 2.4.21. Realizar la facturación y envío de soportes definidos para el pago del servicio. 2.4.22. Garantizar el mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos de red de frío. 2.4.23. Notificar al MSPS en la herramienta Excel de error programático y fortalecer las acciones de seguimiento, así como de fortalecimiento de capacidades descritas en el Manual Técnico y Operativo del PAI, en su capítulo 6 titulado Vacunación Segura. 2.4.24. Verificar que se realice la notificación oportuna del error programático en el aplicativo VigiFlow, informar el caso al departamento o distrito 2.4.25. Realizar mesas técnicas interinstitucional con las áreas de seguridad del paciente, oficina de calidad, gestión del riesgo, talento humano, farmaco vigilancia, epidemiologia y PAI, la cual como resultado debe generar un acta, plan de mejora y seguimiento al usuario. 2.4.26. Realizar seguimiento a los compromisos establecidos en las actas que soportan el proceso, donde se evidencien las acciones derivadas de los planes de mejora en las Instituciones. 2.4.27. Detectar y notificar los Eventos Adversos Posteriores a la Vacunación graves y garantizar la atención integral en salud. 2.4.28. Implementar las acciones de información en salud y educación y comunicación para la salud acerca de la vacunación contra la COVIDI-19, cumpliendo medidas de accesibilidad y adaptabilidad, conforme a los lineamientos de este Ministerio. 2.4.29. Garantizar los apoyos y ajustes razonables para que las personas accedan según el enfoque diferencial a la vacunación sin barreras físicas, comunicacionales y actitudin ales. 2.4.30. Brindar información al usuario relacionada con la vacuna, beneficios, riesgo, indicaciones, contraindicaciones, posibles eventos adversos, así como verificar si la persona comprendió la información suministrada. 2.4.31. Informar a los usuarios que la vacunación es voluntaria y diligenciar el consentimiento informado, así como salvaguardado. 2.4.32. Cumplir con los requisitos definidos, tanto en la modalidad intramural como en la extramural".