Por la cual se incluyen unos medicamentos en el listado de importaciones paralelas

Resolución · 1663 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

, Incluir en el listado de medicamentos No incluidos en el Plan de Beneficios, en cumplimiento y, para los efectos señalados en el artículo 1% del Decreto 1313 de 2010, los siguientes medicamentos que se comercializan en el país: CONS. NOMBRE COMERCIAL PREVENAR SANDOSTATIN ADALAT BETALOC ROTARIX ERBITUX ENSURE PEDIASURE | o0|¡J¡D|D|¡A 0 |nN|—

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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