Por la cual se ofrecen bienes muebles de propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social a título gratuito a otras Entidades del Estado

Resolución · 165 · 2017-01-11 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–8 de 8

Artículo 1

Ordenar la baja de los registros contables del Ministerio de Salud y Protección Social la obra de arte del pintor Héctor Rafael Rojas Erazo, denominada "Amantes", con el fin de surtir el procedimiento de que trata el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.

Artículo 2

El bien objeto del presente acto administrativo se discrimina así: Código Elemento Valor 21801061 CUADRO "AMANTES" —AUTOR: HECTOR ROJAS ERAZO $6.000.000 • e C/65 30 ENE 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 HOJA No 2

Artículo 3

Ordenar la publicación de la presente Resolución en la página Web del Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.

Artículo 4

Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación del presente acto administrativo en la página Web del Ministerio de Salud y Protección Social, las Entidades interesadas deberán, por escrito, manifestar su interés, indicando la necesidad funcional. que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud en los términos del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015.

Artículo 5

Vencido el término anteriormente señalado el Ministerio de Salud y Protección Social entregará a título gratuito, los bienes a la Entidad que primero hubiere manifestado por escrito su interés, según su necesidad. PARÁGRAFO.- De conformidad con lo previsto en el inciso 3° del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, de presentarse dos (2) o más manifestaciones de interés de entidades para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia.

Artículo 6

Una vez designada la Entidad a la cual se entregarán los bienes, se suscribirá un acta entre ésta y el Ministerio de Salud y Protección Social, y se procederá a la entrega de los bienes dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la firma de dicha acta.

Artículo 7

La Entidad Estatal interesada en adquirir el bien objeto del presente Acto Administrativo, deberá asumir los gastos de custodia y transporte del bien desde la sede del Ministerio de Salud y Protección Social ubicado la Carrera 13 No. 32-76 de la ciudad de Bogotá D.C. hasta el lugar de destino; así como también, asumir, la garantía de bienes a que haya lugar, para la conservación del mismo y los demás costos directos o indirectos que resulten del presente documento.

Artículo 8

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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