Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026

Resolución · 1641 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 41–53 de 53

Artículo ANEXO (36/48)

Apoyo del trabajo con victimas del conflicto armado, la promoción de sus derechos, indefensa* de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. ____________ Apoyo actividades de refrendación y el cumplimiento de los Acuerdos de Paz Apoyo de actividades de promoción de la política de paz, la reconciliación, la convivencia vTa~ño estigmatización. Apoyo actividades de protección de la naturaleza, la biodiversidad, las fuentes hídricas. hábitats jnannos y costeros, ecosistemas estratégicos, la riqueza ambiental y forestal del país Apoyo de actividades de promoción de la paz étnico, cultural y territorial,Téspetandoliderad de autodeterminación, la autonomía, usos y costumbres de las comunidades étnicas y la cultura campesina.___________________ ’ Apoyo de actividades de protección y cuidado de las personas con discapacidad y personas mayores en condición de vulnerabilidad RESOLUCIÓN NÚMEltíO1641 DE 31JUL 2026 HOJA No. 20 de 25 Continuación de la resolución “Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026'’. Apoyo del trabajo en la reforma rural integral Apoyo de actividades de vigía del patrimonio cultural material e inmaterial de la Nación. Apoyo del .trabajo con personas damnificadas o afectadas por fenómenos o amenazas naturales. Apoyo actividades de promoción de la educación y las actividades relacionadas en materia de gestión de riesgo y cambio climático Para este tipo de afiliado, la actividad económica principal de las entidades líderes de cada modalidad deberá estar en clase de riesgo I. Este tipo de cotizante aportará 30 días al Sistema General de Riesgos Laborales. El pago se realizará mes vencido como independiente y la base de cotización será de un salario mínimo legal mensual vigente, de conformidad con la Resolución 2520 de 2024. Datos del trabajador ley de segundas oportunidades:

Artículo ANEXO (37/48)

49. Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio del trabajador ley de segundas oportunidades, conforme su reglamentación vigente, en formato dia, mes y año. 50. Fecha final: Registrar la fecha final del trabajador ley de segundas oportunidades, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. Datos del interno de medicina 51. Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio de las actividades del interno de medicina conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. 52. Fecha final: Registrar la fecha final las actividades del interno de medicina, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. 53. Remuneración por apoyo mensual que recibe el estudiante interno de medicina: remuneración no inferior o superior a un (1) SMLMV de conformidad con el art. 22 de la Ley 2466 de 2025 “Por medio de la cual se modifica parcialmente normas laborales y se adopta una Reforma Laboral para el trabajo decente y digno en Colombia". Datos del trabajador de tiempo parcial independiente 54. Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio del trabajador de tiempo parcial independiente, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. 55. Fecha final: Registrar la fecha final del trabajador de tiempo parcial independiente, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. Datos del dependiente con permanencia en régimen subsidiado: 56. Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio del dependiente con permanencia en régimen subsidiado, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. 57. Fecha final: Registrar la fecha final de! dependiente con permanencia en régimen subsidiado, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. Datos del reciclador de oficio asociado a Organizaciones de Recicladoras de Oficio (ORO) 58. Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio del del reciclador de oficio, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año.

Artículo ANEXO (38/48)

59. Fecha final: Registrar la fecha final del del reciclador de oficio, conforme su reglamentación vigente, en formato día, mes y año. Datos relacionados con la dedicación de tiempo destinado para la ejecución del trabajo o la práctica formativa (aplica para trabajadores dependientes y estudiantes): 60. Jornada establecida: Seleccione y marque con X la jornada establecida para ejecutar el trabajo o la práctica formativa, de acuerdo con las siguientes opciones: La jornada establecida para ejecutar el trabajo o la práctica formativa A. í Jornada única RESOLUCIÓN NÚMEROX6 41 DE 3 1 JU[_ 2026 HOJA No. 21 de 25 Continuación de la resolución “Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026“ B, Turnos C. Rotativa B. REPORTE DE NOVEDADES Si el trámite es de reporte de novedades, tenga en cuenta lo siguiente: 1. El reporte de novedades no puede realizarse simultáneamente con ta afiliación. La novedad es la modificación de los datos reportados en la afiliación o de la condición de la afiliación. 2. El Reporte de novedades solo puede ser realizado por quien realiza la afiliación y el afiliado según corresponda. 3. La Administradora de Riesgos Laborales - ARL, no podrá reportar a la base de datos de los afiliados vigente novedades que no hayan sido reportadas por el responsable de la afiliación o por el afiliado mediante la suscripción del Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales. Diligenciar los espacios de los capítulos I y II los cuales son obligatorios. 4. Registrar las casillas del numeral 62, los datos correspondientes a la identificación de quien se registrar en tas registre la novedad ya sea el afiliado o del responsable de la afiliación (Dato obligatorio) después de la modificación.

Artículo ANEXO (39/48)

5. Marcar con una X en el capitulo VIII, Autorizaciones las casillas 68 a 70 según corresponda 6. Firmar en el capitulo IX en la casilla 71 y 72. 7. Marcar con una X en el capitulo X. Anexos los que se acompañen al formulario casillas 73 a 77 según corresponda. 61. Tipo de novedad: Marque con iuna X■ ■la casilla que corresponda al tipo de novedad que va a registrar, de acuerdo con las siguientes opciones: Tipo de novedad _______________________ 1. Ingreso____________________________ ——— 2. Retiro_____________ _______ ~ 3. Retiro por muerte del afiliado 4. Incapacidad temporal por enfermedad general_______ _______ ~ ■L Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad laboral ’ 6, Vacaciones, licencia remunerada ' 7. Suspensión del contrato de trabajo, práctica formativa. trabajo penitenciario indirecto, licencia no remunerada o del servicio de utilidad pública 8. Licencia de maternidad o paternidad ______ 9. Modificación datos básicos de identificación del afiliado- 10. Actualización y corrección datos complementarios del afiliado 11. Modificación Ingreso Base de Cotización - IBC............................. ...... 12. Actualización del documento de identificación del responsable de la afiliación 13. Corrección de datos básicos de identificación del responsable de la afiliación ~ 14. Variación centro de trabajo, practica o actividad _ ~ 15. Cambio de ocupación u oficio del afiliado ~ 16. Traslado de ARL______________________ ~~~~ 17. Licencia parental flexible de tiempo parcial 18. Otras licencias o permisos remunerados — Especificar cual conforme a la denominación legal vigente en la materia 62. Datos de identificación de quien se registre la novedad (afiliado o el responsable de la afiliación): Dato obligatorio.

Artículo ANEXO (40/48)

Está novedad se registra cuando el afiliado o el responsable de la afiliación modifica uno o varios de los datos básicos de su identificación, para lo cual debe presentar el documento de identificación, en el que consten tales modificaciones marcando con una X en el numeral 61 “Tipo de novedad el numeral 9 si la novedad corresponde al afiliado o el numeral 12 si la novedad corresponde al responsable de la afiliación. Deberá registrarse la información que corresponda después de la modificación. Datos básicos de identificación: Estos datos deben ser registrados en las casillas correspondientes en forma idéntica a como aparecen en el documento de identificación. • Primer apellido • Segundo apellido (Cuando aplique) • Primer nombre • Segundo nombre (Cuando aplique) RESOLUCIÓN NÚMER9Q£g4£ DE 3 1 JUL 2026 HOJA No. 22 de 25 Continuación de la resolución “Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026". Tipo de documento de identificación: Registrar en el espacio el código que corresponde al documento con el cual se va a identificar, de acuerdo con las siguientes opciones: Código Tipo de documento de identificación______________________ ______________ ÑT Número de identificación tributaria RC Registro civil, es el documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, Tarjeta de Identidad, es el documento expedido por la Registraduría Nacional del TI Estado Civil con el que se identifican los menores entre de edad entre 7 y 17 años. Debe ser reemplazada por la cédula de ciudadanía._________________________ CC Cédula de ciudadanía, es el documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil con el que se identifican las personas al cumplir 18 años.

Artículo ANEXO (41/48)

CE Cédula de extranjería, es el documento de identificación expedido por Migración Colombia, que se otorga a los extranjeros titulares de una visa superior a 3 meses y a sus beneficiarios, con base en el Reporte de Extranjeros. La Vigencia de la Cédula de Extranjería será por un término de 5 años._________________________ PA Pasaporte, es el documento que acredita la identidad de un extranjero que cuenta corT una visa para trabajar en Colombia y no se encuentra obligado a tramitar una cédula de extranjería, y de los extranjeros menores de 7 años.__________________________ CD Carné diplomático, es el documento que identifica a extranjeros que cumplen funciones en las embajadas, legaciones, consulados y delegaciones en representación de gobiernos extranjeros. _________________________________________________ SC Salvoconducto de permanencia, es un documento de carácter temporal expedido por la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia a los extranjeros que deban permanecer en el país mientras resuelven su situación de refugiados o asilados. Tiene una validez de tres meses y debe ser renovado o sustituido por la cédula de extranjería. PT Permiso por Protección Temporal, es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en el territorio nacional en condiciones de regularidad migratoria especiales, y a ejercer durante su vigencia, cualquier actividad u ocupacional legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.

Artículo ANEXO (42/48)

Decreto 216 de 2021,______ PC Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR), es el documento de identificación que permite la regularización de la población migrante venezolana para su permanencia en el territorio nacional, en los términos del Decreto 1209 de 2024 y la Resolución 2451 de 2025. Número del documento de identificación: Corresponde al número con el cual se identifica como persona única y debe registrarlo exactamente como figura en el documento de identificación. 63. Datos complementarios de quien se registre la novedad (aplica solo a afiliados): Está novedad se reporta cuando el afiliado modifica uno o varios de los datos complementarios y se ha marcado con una X en el numeral 61 “Tipo de novedad" la novedad del numeral 10. Datos personales: Estos datos deben registrarse para el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales SGRL, según corresponda. Entidad Promotora de Salud - EPS: Lo suministra el afiliado. Escriba el nombre de la Entidad Promotora de Salud - EPS en la cual se encuentra registrada. Administradora de Pensiones - AFP: Lo suministra el afiliado. Registre el nombre de la Entidad Administradora de Pensiones donde se encuentra afiliado. Ingreso Base de Cotización — IBC: Lo suministra el afiliado. Registre la modificación del valor del salario o del ingreso mensual sobre el cual va a pagar los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL. Para el efecto, puede consultar la siguiente tabla: Tipo de afiliado___________________ Ingreso base de cotización (IBC)_____________ Dependiente______________________ Salario mensual percibido.____________________ ‘Dependiente trabajador de tiempo Debe ser un salario mínimo legal mensual vigente. parcial con varios empleadores_______ Independiente con contrato de 40% del valor de honorarios pactado prestación de servicios superior a 1 mes mensualmente en el contrato.

Artículo ANEXO (43/48)

RESOLUCIÓN NÚMEI$01g41 DE HOJA No. 23 de 25 31JUL 2026 Continuación de la resolución "Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026’. Tipo de afiliado __________ Ingreso base de cotización (IBC) Independiente agremiado o asociado No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente. ________ Independiente voluntario a riesgos 40% del valor total de honorarios percibidos alTñes laborales_________________ por la ocupación u oficio.______ Trabajador penitenciario No puede ser inferior a un salario minimoTégaí mensual vigente. Estudiantes Un salario mínimo legal mensual vigente. Voluntario en Primera Respuesta aporte Un salario mínimo legal mensual vigente. solo riesgos laborales____________ __ Afiliado participe No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente._______ Concejales y ediles Un salario mínimo legal mensual vigente. Servicio de utilidad pública No puede ser inferior a un salario mínimo legaF mensual vigente por períodos de 30 días. Promotor del Servicio Social para la paz No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente______ _______________ Ley de segundas oportunidades No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente. _______ ______ Interno de medina Un salario mínimo legal mensual vigente Trabajador de tiempo parcial No puede ser un salario mínimo legal mensual Independiente __________________ vigente.___________________ ‘Dependiente con Permanencia en el Salario mensual sin que este sea inferior a un Régimen Subsidiado salario mínimo legal mensual vigente, proporcional a los dias laborados para los Sistemas Generales de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales.________ Personas recicladoras de oficio No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente “Para este tipo de afiliado, el tipo de cotizante corresponde a dependiente.

Artículo ANEXO (44/48)

Residencia: Diligencie los datos de modificación del lugar donde reside el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL: • Dirección • Teléfono fijo • Teléfono celular • Correo electrónico • Municipio/Distrito • Zona: Urbana o Rural donde se ubica el nuevo sitio de residencia • Localidad/Comuna si existen en su ciudad • Departamento En el caso de Bogotá D.C.. debe escribir en el campo departamento: Bogotá D.C. 64. Datos novedades relacionadas con el reporte de fechas: Está novedad se reporta cuando el afiliado presenta una novedad que incide en la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL por un periodo temporal o definitivo y si ha marcado con una X en el numeral 61 "Tipo de novedad' los numerales de las novedades 1 al 8, según corresponda, y deberá registrarse: Fecha inicial: Registrar la fecha de inicio de la novedad en formato día, mes y año. Fecha final: registrar la fecha final de la novedad en formato día, mes y año. Si el tipo de novedad registrado es '1. 'Ingreso; w 2. Retiro o 3. Retiro por muerte del afiliado, únicamente deberá registrarse los datos correspondientes a la fecha inicial. 65. Administradora de Riesgos Laborales (anterior): Novedad que aplica solo al empleador que se traslade de Administradora de Riesgos Laborales - ARL y haya marcado con una X en el numeral 61 Tipo de novedad' la novedad del numeral 16, para el efecto deberá registrar el nombre de la Administradora de Riesgos laborales - ARL a la cual se traslada.

Artículo ANEXO (45/48)

66. Datos novedades relacionadas con la licencia parental: Está novedad se reporta cuando el afiliado opta por esta modalidad de licencia, y se ha marcado con una X en el numeral 61 "Tino de novedad, la novedad del numeral 17. RESOLUCIÓN NÚMETO1641 DE 31^ 2026 HOJA No. 24 de 25 Continuación de la resolución “Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema Geneial de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026". Licencia flexible de tiempo parcial: Registrar el horario el cual hará efectiva la licencia flexible de tiempo parcial en formato HH mm ss estableciendo la hora de inicio y la hora fin de la jornada Es importante precisar que el formato: Hora (H) HH, de 00 a 23, 24:00:00 como última hora. 67. Datos relacionados con el cambio de sitio de trabajo, practica, o actividad por la cual se efectúa la novedad: Está novedad se reporta cuando el responsable de la afiliación modifica las condiciones de ejecución de la actividad o de la práctica formativa, y se ha marcado con una X en el numeral 61 “Tipo de novedad', la novedad del numeral 14. cuando exista variación del centro de trabajo, practica o actividad identificándolo de acuerdo con las siguientes opciones: Sitio de trabajo o lugar donde se realiza la práctica formativa A. Sede principal_____________ B. Centro de Trabajo Tenga en cuenta que cuando seleccione la modalidad de trabajo en casa o trabajo remoto, el sitio donde el trabajador o estudiante ejecute el trabajo o la práctica formativa corresponderá a la opción B. En caso de teletrabajo, se debe seleccionar la opción A.

Artículo ANEXO (46/48)

Código de la actividad económica: Registre según corresponda el código que se encuentra asignado en la tabla de clasificación de actividades económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 768 de 2022 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya, de acuerdo con el nuevo centro de trabajo. Clase de riesgo: Identifique y marque con una X la clase de riesgo del afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL de acuerdo con las siguientes opciones, que le aplique al nuevo centro de trabajo: Clase de riesgo I. Clase I II. Clase II III. Clase III IV. Clase IV V. Clase V Sitio de trabajo: Diligencie los datos del nuevo lugar donde el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL realizará su actividad o práctica formativa. • Dirección • Teléfono fijo • Teléfono celular • Correo electrónico • Municipio/Distrito « Zona: Urbana o Rural donde se ubica la residencia • Localidad/Comuna si existen en su ciudad • Departamento En el caso de Bogotá D.C., debe escribir en el campo departamento: Bogotá D.C. Si la opción marcada con una X en el numeral 61 "Tipo de novedad’, es la novedad del numeral 15, deberá registrar: Código de ocupación u oficio: Registre el nuevo código que se encuentra asignado en la tabla de ocupaciones u oficio para el Sistema General de Riesgos Laborales - SGRL de acuerdo con lo establecida en el Decreto 1563 de 2016 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya. CAPÍTULO VIII.

Artículo ANEXO (47/48)

AUTORIZACIONES Marque con una X las autorizaciones que se describen en los numerales 68 a 70 según lo requiera el trámite que realiza o corresponda: RESOLUCIÓN NÚMERgQig^j DE J | 2026 HOJA No. 25 de 25 Continuación de la resolución “Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales y se deroga la Resolución 196 de 2026 ". 68. Autorización para que la ARL reporte la información que se genere de la afiliación o del reporte de novedades a la base de datos de afiliados vigente y a las entidades públicas que por sus funciones la requieran. ' 69. Autorización para que la ARL maneje los datos personales del afiliado o del responsable de la afiliación de acuerdo con lo previsto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 compilado en el Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. 70. Autorización para que la ARL envíe información al correo electrónico o al celular como mensajes de texto. CAPÍTULO IX. FIRMAS Este formulario debe suscribirse por el responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda, de conformidad con la normativa vigente, que tenga a su cargo la afiliación o el reporte de novedades. En las casillas 71 y 72 debe ir la firma de: 71. El responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda.

Artículo ANEXO (48/48)

72. El nombre y firma del funcionario de la Administradora de Riesgos Laborales. Con la firma contenida en el numeral 71 el responsable de la afiliación o el afiliado, según corresponda, manifiesta la veracidad de la información registrada y de las autorizaciones contenidas en el capitulo VIII del formulario numerales 68, 69 y 70. CAPÍTULO X. ANEXOS Cuando la afiliación sea de un trabajador independiente, deberá presentar los documentos de los numerales 73 a 75 ante la Administradora de Riesgos Laborales seleccionada y para los casos que aplique adjuntar otros documentos de conformidad con su reglamentación vigente, se deberán allegar y especificar cuál(es) en los numerales 76 y 77. 73. Documento de identidad: NI. RC, TI, CC, CE, PA, CD. SC, PT y PC. 74. Formato diligenciado de la identificación de peligros. 75. Certificado de resultado del examen pre-ocupacional. 76. Otros: Documentos que se deban adjuntar en virtud de reglamentación vigente que así lo disponga. 77. Cuál(es): Especificar que otro(s) documento(s) se adjuntan en virtud de reglamentación vigente que así lo disponga.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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