Artículo 1
Modifíquese el artículo 46 de la Resolución 1447 del 11 de mayo del 2009, el cual quedará asl: “ARTÍCULO 46.- TRANSICIÓN. A partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, se concede un término de dieciocho (18) meses para que los cementerios que actualmente se encuentren en funcionamiento, cumplan con las disposiciones previstas en la presente resolución.”