Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades relacionadas con el futbol profesional en las fases de entrenamiento y competencias nacionales e internacionales y se deroga la Resolución 993 del 2020.

Resolución · 1507 · 2020-08-31 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–20 de 20

Artículo 1

Objeto. Adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del coronavirus COVID-19 en las actividades relacionadas con el entrenamiento y competencia de los futbolistas profesionales, contenido en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo. Este protocolo es complementario al adoptado mediante la Resolución 666 de 2020, y a las demás medidas que tanto el Ministerio del Deporte como la Federación Colombiana de Futbol crean necesarias.

Artículo 2

Ámbito de aplicación. El protocolo de bioseguridad que se adopta a través de la presente resolución aplica para los futbolistas profesionales que se encuentren vinculados a los clubes agrupados por la DIMAYOR y reconocidos por la Federación Colombiana de Futbol, los seleccionados nacionales e internacionales inscritos ante la CONMEBOL y la FIFA, los entrenadores, el personal logístico mínimo necesario para la práctica deportiva y los responsables de los escenarios deportivos en donde se realizan los entrenamientos y las competencias deportivas.

Artículo 3

Vigilancia del cumplimiento del protocolo. La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de las alcaldías municipales o distritales en donde funciona cada uno de los clubes y donde se realizan los entrenamientos y las competencias deportivas; sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento de las ua 1 AGO 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 3221507 DE ao HOJA No. 3 de 9 obligaciones de los empleadores realicen las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo, ni de las competencias de otras autoridades.

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir: de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 993 de 2020, .

Artículo ANEXO (1/16)

Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Sefvicios «'. ¿*: Dirección Jurídica 3 1 AGO 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO ce91 507 DE 2020 HOJA No. 4 de 9 control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades relacionadas con el futbol profesional en las ANEXO TÉCNICO 1. OBJETIVO Orientar, en el marco de la pandemia por el coronavirus COVID-19, las medidas de bioseguridad que deben aplicarse en las actividades relacionadas con el futbol profesional en las fases de entrenamiento y competencia nacional e internacional, con el fin de disminuir el riesgo de contagio durante el desarrollo de su práctica deportiva. 2. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Las medidas generales de bioseguridad son las indicadas en la Resolución 686 de 2020, “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19"” asi como las que se señalan en adelante: 3. MEDIDAS ESPECÍFICAS Las medidas de bioseguridad aquí dispuestas aplican para los futbolistas profesionales, sus entrenadores y el personal logístico mínimo necesario para la práctica del futbol en cualquier lugar del territorio nacional. Su implementación requiere la articulación con las entidades deportivas departamentales y municipales. 3.1. MEDIDAS ESPECIFICAS A CARGO DEL CLUB 3.1.4. EN MATERIA DE SALUD 3.1.1.1. Realizar a las personas incluidas en los listados de jugadores y cuerpo técnico mínimo una prueba molecular PCR con resultado negativo para retornar a los entrenamientos. 3.1.1.2.

Artículo ANEXO (2/16)

Realizar pruebas moleculares PCR de seguimiento solo si el jugador o algún integrante del cuerpo técnico i) es contacto por nexo epidemiológico de un caso confirmado para COVID-19, ii) presenta sintomas para COVID-19 durante las etapas de entrenamiento o competencia 3.1.1.3. El laboratorio elegido para la aplicación de pruebas debe cumplir con todos los estándares requeridos por los entes de control. El seguimiento a la lista de personas tamizadas estará a cargo del médico de cada club, quien generará un reporte a las autoridades locales y nacionales 3.1.1.4. El cuerpo médico del club certificará que conoce el historial médico de cada uno de los miembros de los listados de jugadores y cuerpo técnico, en cuanto a comorbilidades, tales como, hipertensión, diabetes, deficiencias respiratorias O problemas cardiovasculares, las cuales pueden aumentar la posibilidad de complicaciones frente a un posible contagio y generará un informe diario para la federación en relación con los resultados del control térmico diario y del cuestionario epidemiológico 3.1.1.5. Excluir de los listados de jugadores y cuerpo técnico que presenten cuadro de hipertensión arterial o diabetes. 3.1.1.6. Someter a los tests y demás medidas establecidas por el cuerpo médico de cada equipo a los jugadores que deban ser sustituidos o adicionados de forma justificada a los inicialmente inscritos 3.1.1.7. Someterse al seguimiento que realice el Ministerio del Deporte y la Federación Colombiana de Futbol a la aplicación de pruebas de detección del COVID-19 3.1.1.8. Excluir de los entrenamientos y del posterior regreso a competencia oficial a las personas que no cumplan con los protocolos de bioseguridad. 3.1.1.9. Aislar y hacer seguimiento a la persona que resulte positiva para COVID 19 y sus nexos epidemiológicos. 3.1.1.10.

Artículo ANEXO (3/16)

Determinar el recurso humano que hará parte de las fases de entrenamiento y competencia y reportará a la DIMAYOR los siguientes listados: a. De treinta (30) jugadores b. De los miembros del cuerpo técnico, que incluya médico, preparador fisico y de apoyo logístico, que no exceda de 5 personas, los que hacen parte del acompañamiento a los entrenamientos. 3.1.1.11. — Designará a una persona del listado del cuerpo técnico, como oficial de seguridad quien junto con el médico del club serán los encargados de vigilar y constatar el cumplimiento del presente protocolo, así como de atender las visitas de seguimiento 31 AGO 202 RESOLUCIÓN NÚMERO. £ 21 5 07 DE 2020 HOJA No. 5 de 9 3.1.2. 3.1.2.1. 3.1.2.2. 3.1.2.3, 3.1.2.4, 3.1.2.5. 3.1.2.6. 3.1.2.7. 3.1.2.8. 3.1.2.9. 3.1.2.10. 3.1.2.11. 3.1.2.12. 3.1.2.:13, 3.1.2.14, 3.1.2.15. 3.1.2.16. que se hagan por parte del Ministerio del Deporte, la Federación o cualquier autoridad. El oficial de seguridad será el encargado de divulgar y explicar las medidas adoptadas en el presente protocolo a los futbolistas , entrenadores y personal de apoyo, así como, de capacitar al personal dedicado a la limpieza y desinfección de las áreas y escenarios usados para la práctica deportiva.

Artículo ANEXO (4/16)

Igualmente, suministrará las listas de control, certificados y demás seguimientos requeridos por el Ministerio del Deporte y la Federación Colombiana de Futbol y acompañado de la persona que realiza el control térmico diario diligenciará el cuestionario epidemiológico. LIMPIEZA Y DESINFECCION Verificar ta adecuación de las instalaciones, indumentaria y entrega de kits de bioseguridad (tapabocas y gel antibacterial). Capacitar, a través del médico del club utilizando tecnologías de la comunicación, al personal autorizado, en temas de autocuidado, corresponsabilidad y práctica del lavado de manos, uso del tapabocas y limpieza de las monogafas. Someter el sitio de entrenamiento, determinado por cada club, a un proceso riguroso de limpieza y desinfección Los jugadores profesionales menores de edad que se vayan a incorporar a los entrenamientos de sus equipos junto con su tutor legal deberán suscribir documento donde manifiesten su voluntad de reincorporarse a los entrenamientos y competencia. Incentivar a s los jugadores que van a ser parte del entrenamiento que utilicen su vehículo personal o transporte personalizado individual privado para llegar al escenario deportivo, con la ropa de entrenamiento, sin compañía y que el recorrido sea de la casa a la sede de entrenamiento, sin parar ni abrir las ventanas de los automóviles. Quienes no dispongan de vehiculo usarán el transporte del equipo máximo con once (11) pasajeros incluido el conductor del bus con cabina. Se debe mantener una distancia fisica entre persona y persona de 2 metros, portar tapabocas y utilizar ropa distinta a la que usarán durante el entrenamiento. Al llegar al sítio de entrenamiento se cambiarán de ropa y la depositarán en una bolsa, manteniendo la distancia física. Al terminar el entrenamiento nuevamente se cambiarán, el uniforme va a la bolsa para su lavado y desinfección en el hogar. Igual procedimiento aplicarán para el calzado.

Artículo ANEXO (5/16)

Establecer el horario de llegada de los jugadores y cuerpo técnico cada 15 minutos de tal manera que esto permita realizar el control térmico diario y la encuesta epidemiológica. Desarrollar un protocolo de limpieza, desinfección permanente y mantenimiento del escenario deportivo a aplicar previo a la apertura y posterior al cierre del establecimiento, incluyendo sus zonas comunes y mobiliario, con productos de desinfección de uso doméstico o industrial. Así mismo, garantizar jornadas de limpieza y desinfección periódicas durante el día. Incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección del área destinada para esta labor, pisos, paredes, puertas, ventanás, divisiones, muebles, sillas, y todos aquellos elementos con los cuales las personas tienen contacto constante y directo. Realizar una exhaustiva limpieza antes de proceder a la desinfección, garantiza la eficacia de la desinfección. Elaborar fichas técnicas e instructivos, preferiblemente digitales, sobre los procesos de limpieza y desinfección. Establecer protocolos de desinfección previos al uso de cualquier medio para el entrenamiento. Garantizar que el proceso de limpieza y desinfección se realice de manera segura y con los elementos necesarios dependiendo de las áreas o de las zonas de desplazamiento y trabajo. Suministrar paños y gel desinfectante que permitan asear las áreas de contacto de los equipos de uso general, entre cada persona que lo utiliza, o designar a una persona que se encargue de tal desinfección. Verificar que los baños estén dotados de jabón, toallas desechables, papel higiénico y canecas con tapa y bolsa negra, las cuales se vaciaran frecuentemente. Revisar las recomendaciones de cada fabricante para realizar el adecuado proceso de limpieza. Realizar las actividades de seguimiento y monitoreo a través de registros e inspecciones.

Artículo ANEXO (6/16)

Realizar capacitación al personal de servicios generales. 3 1 AGO 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 223157 DE 2020 HOJA No. 6 de 9 31.3. 3.1.3.1. 3.1.3.2. 3.1.3.3, 3.1.3.4. 3.1.3.5. 3.1.3.6. 3.1.3.7. 3.1.3.8. 3.1.3.9. 3.1.3,10. 3.1.3.1. 3.1.3.12. 3.1.3.13, 3.1.3.14, 3.2. 3.2.1. 3.2.2. 3.2.3. 3.2.4. 3.2.5. RUTINA PARA EL ENTRENAMIENTO. El personal de vigilancia debe situarse a la entrada det campo deportivo y solo permitir el ingreso de las personas que se encuentren dentro de listado autorizado. El utilero debe llegar primero al complejo, pasar por el examen médico a! ingreso, retirar del cuarto de útiles los implementos y equipos que se requieren para el trabajo diario. z Los miembros del cuerpo técnico, preparador físico y cuerpo médico una vez surtido el procedimiento de ingreso coordinarán las actividades a una distancia mínima de 2 metros entre ellos. Cada jugador debe respetar la distancia de 2 metros al momento de realizar el examen médico de ingreso e ir directamente de la zona de limpieza y desintección al lugar dispuesto por el utilero para su práctica deportiva. Cada jugador tendrá bajo su cuidado el juego completo de los uniformes de entrenamiento dados por el club y será responsable de su lavado en casa.

Artículo ANEXO (7/16)

Los entrenamientos se realizarán en 2 sesiones al día con el grupo completo, con una duración máxima de 2 horas. El personal técnico de apoyo como psicólogos y nutricionistas, deberán realizar los contactos a través de videoconferencias. Los jugadores que se encuentren lesionados o tengan trabajo diferenciado no serán citados y recibirán orientación de forma virtual. La zona de gimnasio se podrá utilizar atendiendo el protocolo de bioseguridad previsto en la Resolución 1313 de 2020. Al finalizar el entrenamiento la retroalimentación será realizada de manera virtual Los clubes no habilitarán la zona de vestuarios, salvo para hacer uso de los baños El jugador retornará a casa toda la ropa e implementos que llevó en su maletín para el entrenamiento y será su responsabilidad el tavado y desinfección de ta ropa e implementos usados en los entrenamientos El utilero debe recoger todo el material utilizado y depositarlo en un contenedor para que el servicio de aseo realice el proceso de limpieza y desinfección. Expedir certificación o suministrar las evidencias del cumplimiento de las anteriores medidas, ante requerimiento del Ministerio del Deporte o la Federación. MEDIDAS ESPECIFICAS PARA LAS PERSONAS INCLUIDAS EN LOS LISTADOS DE JUGADORES Y CUERPO TECNICO Someterse al control diario de salud. Dirigirse a la cabina de control de salud antes de dirigirse a otro sector. Cumplir el horario de llegada establecido por el club Los artículos personales como joyas, retojes, celulares deben ser dejados en el carro o bus. Deben ingresar con la maleta abierta y dirigirse posteriormente a la zona de trabajo. Las puertas de ingreso en la medida de io posible deben permanecer abiertas para evitar el contacto con manijas. 3.3 DE LA COMPETENCIA 3.3.1. 3.3.1.1. 3.3.1.2. 3.3.1.3.

Artículo ANEXO (8/16)

Medidas para la realización de partidos a puerta cerrada La entrada al estadio será solamente por el acceso de la puerta de maratón Se ubicarán tres carpas cada una con equipo médico encargado del control de temperatura, encesta epidemiológica y de la colocación de las manillas de autorización para entrar al estadio. El aforo máximo para el escenario deportivo será de cienta ochenta (180) personas que deberán cumplir con las medidas previstas en este título y portar de manera permanente tapabocas y contar con ge! antibacterial. Además de! personal señalado en los listados de jugadores y cuerpo técnico, podrán ingresar: Dos (2) asistentes técnicos, un (1) gerente deportivo, un (1) jefe de prensa dos (2) personas analistas de vídeo o. Un (1) Utilero adicional Diez (10) personas máximo de logística, Dos (2) brigadistas contra incendios. OFPaoTp 31 AGO 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO (231507 DE2020 HOJA No. 7 de 9 control del nesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades relacionadas con el futbol! profesional en las 3.3.1.7. 3.3.1.8. 3.3.1.9. 3.3.1.10. 3.3.1.11. 3.3.1,12. 3.3.1.13. 3.3.2. Diez (10) auxiliares de enfermeria, un (1) médico un (1) MEC y una (1) ambulancia medicalizada. árbitros, un (1) comisario de! partido, recogebolas; estos últimos no podrán ser menores de edad. personal de televisión y transmisión que no podrán tener contacto con el personal incluido en el listado de jugadores y cuerpo técnico. O. Policía Nacional, p. Administración del estadio No se habilitan tribunas al público ni venta de boletería. No se habilita punto de comidas.

Artículo ANEXO (9/16)

El personal que deba permanecer en el recinto más de 4 horas está autorizado a ingresar sus propios alimentos y bebidas las cuales no podrán contener alcohol. Los implementos deportivos suministrados por el escenario deportivo, para el calentamiento de los jugadores previo al inicio del partido deben encontrarse limpios y desinfectados, protocolo de limpieza y desinfección que debe realizarse a vez los equipos hayan finalizado el calentamiento. * Las reuniones de las comisiones técnicas se realizarán de manera virtual, para tratar los temas relacionados con la logistica y seguridad de los partidos a puerta cerrada. En esta reunión se designará un representante del Puesto de Mando Unificado (PMU) el cual será la persona encargada de la inspección, vigilancia y control de las medidas de bioseguridad requeridas para la realización del partido dentro del escenario. Los demás integrantes del PMU recibirán retroalimentaciones de manera virtual. Los elementos relacionados con animación y pancartas de patrocinadores autorizados deben ser instalados y retirados en días diferentes a la realización del partido y seguirán las directrices de la federación y el Ministerio de! Deporte. La empresa de logística verificará que ninguna persona ingrese bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, elementos cortopunzantes o cualquier elemento que pueda atentar contra la integridad de las personas. Además, se prohíbe, el ingreso de los elementos que se relacionan a continuación: pólvora, juegos pirotécnicos de cualquier tipo, elementos de animación activados por combustible liquido o a gas, globos de helio o cualquier otro elemento de combustión, sustancias sicotrópicas, servicio alimentario, animación de los clubes y armas. Establecer un horario de apertura de puertas con el suficiente tiempo de antelación respecto de la hora oficia! del inicio, ocho (8) horas, para evitar aglomeraciones. La concentración de los jugadores, entrenador y personal de apoyo podrá adelantarse en hoteles que hayan adoptado los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo ANEXO (10/16)

Los clubes que no realicen ta concentración deberán promover las medidas de autocuidado. El equipo será trasladado en un solo bus que cumpla con todos los requisitos de bioseguridad. Se entregará a cada jugador en una bolsa individual el uniforme y demás elementos limpios y desinfectados. Al finalizar el partido los jugadores colocarán la ropa usada en la bolsa y la entregarán al utilero para lavado y desinfección 237A7T75 Entrega de estadios y servicios varios Los estadios serán entregados por parte del ente administrador al organizador del espectáculo doce (12) horas antes del inicio de la competencia. El administrador del estadio entregará un acta donde se certifique la limpieza y desinfección de las zonas donde se localizarán los asistentes.

Artículo ANEXO (11/16)

Las zonas habilitadas para los partidos serán: - Dos (2) camerinos, que deberán contar con sillas, mesas, lavamanos, duchas y sanitarios, vestidores, puerta, habilitando 3 duchas por camerino. - Un (1) camerino para árbitros que deberá contar con sillas, mesas, lavamanos, duchas y sanitarios, vestidores, puerta. - Bancos de sustitutos. - Banco de comisario deportivo. - — Corredores de traslado - Arcos, banderines de esquina, artículos y accesorios aledaños al terreno de juego. - — Una puerta de acceso único para todo el personal. 31 AG0 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 21507 DE 2020 HOJA No. 8 de 9 mA contro! del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades relacionadas con el futbol profesional en tas Una vez el escenario deportivo sea recibido por el organizador del espectáculo, y cumpla con los requisitos de limpieza y desinfección, la Policía Nacional, ta administración de! estadio, el oficial de seguridad del club local, el servicio de logistica del club organizador y el comisario deportivo verificarán el escenario de acuerdo con lo dispuesto por la federación y el Ministerio del Deporte. 3.3.3. Medidas locativas dentro del estadio El organizador del espectáculo deberá: 3.3.3.1. Disponer de suficientes puntos de aseo para el lavado frecuente de manos, los cuales deberán ser acordes al número de personas que ingresen al estadio. 3.3.3.2, Suministrar alcohol glicerinado, como mínimo al 60% en todas las áreas donde haya personal y exigir la limpieza y desinfección de cualquier elemento que ingrese al estadio. 3.3.3.3. Garantizar la existencia de agua potable, papel higiénico, jabón líquido y toallas desechables en los baños. 3.3.3.4.

Artículo ANEXO (12/16)

Disponer de canecas con tapa y doble bolsa negra para ta disposición final de los elementos de bioseguridad utilizados que sean de un solo uso o desechables. 3.3.3.5. Cuando se requiera el uso de aires acondicionados sin filtros HEPA (del inglés "High Efficiency Particle Arresting", o "recogedor de partículas de alta eficiencia"), se debe realizar la limpieza, desinfección y mantenimiento. Si el aire acondicionado cuenta con filtros HEPA, se debe garantizar el mantenimiento y cambio según la ficha técnica de dichos filtros. 3.3.3.6. Vigilar que el personal que realiza el procedimiento de limpieza y desinfección utilice los elementos de protección personal, esto es, guantes, tapabocas y careta. Los paños utilizados para realizar la limpieza y desinfección deben estar limpios 3.3.3.7. Garantizar la limpieza de áreas y superficies retirando el polvo y la suciedad, con el fin de lograr una desintección efectiva. 3.3.3.8. Realizar apertura secuencial de los grifos de duchas dejando correr el agua para que se renueve toda la que había quedado retenida en las tuberias. 3.33,9, Realizar limpieza y desinfección de las zonas de estancia y de tránsito de los deportistas y personal asistencial en las piscinas, varias veces al día, haciendo especial énfasis en las zonas más frecuentadas: vistieres, duchas, lavamanos y pasillos utilizando para ello detergentes para eliminar las suciedades incrustadas y presentes en la superficie, seguido de una adecuada desinfección, utilizando para ello desinfectantes virucidas. 3.3.3.10. Realizar limpieza y desinfección del mobiliario utilizado por los deportistas, personal asistencial después de cada uso.

Artículo ANEXO (13/16)

Para la limpieza y desinfección se utilizarán desinfectantes con actividad virucida que se encuentren comercializados 3.3.3.11, Realizar limpieza y desinfección de los diferentes equipos, materiales y zonas de los escenarios deportivos como: escaleras de acero inoxidable, material auxiliar para los entrenamientos, filtros de aire y cualquier otra zona en contacto con los deportistas y personal asistencial, que forman parte de la instalación. Para cada tipo de área, material o equipo o parte de la instalación se asignará una frecuencia diaria de operaciones de limpieza y de operaciones de desinfección. 3.3.3.12. Garantizar que el proceso de limpieza y desinfección se realice de manera segura y con los elementos necesarios dependiendo de tas áreas o de las zonas de desplazamiento con productos de limpieza y desinfectantes que tengan actividad virucida, atendiendo las recomendaciones de cada fabricante para realizar el adecuado proceso de limpieza 3.3.3.13. Lavar las áreas como pisos con un detergente común, para luego desinfectar con productos como el hipoclorito de uso doméstico y dejarto en contacto con las superficies de 5 a 10 minutos y después retirar, o también se puede utilizar dicloroisocianurato de sodio diluyéndolo de acuerdo con lo recomendado por el fabricante, entre otros. 3.3.3.14. Eliminar los guantes y paños en una caneca con tapa después de usarlos. Si los guantes son reutilizables, antes de quitárselos debe lavar el exterior con el mismo desinfectante con que realizó la desinfección de superficies, déjelos secar en un lugar ventilado. Al finalizar el proceso báñese y cámbiese la ropa. 3.3.3.15. Utilizar desinfectantes o alcohol antiséptico al 70% para la limpieza de los objetos, superficies y materiales de uso constante; asi como las superficies del baño. 3.3.3.16.

Artículo ANEXO (14/16)

El personal de limpieza debe lavar sus manos antes y después de realizar las tareas de limpieza y desinfección, asi mismo se deben utilizar guantes y seguir las recomendaciones del fabricante de los insumos a utilizar. 3.3.3.17. Identificar los residuos generados 31 A60 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO “21507 pe 2020 HOJA No. 9 de 9 Continuación de ¡a resolución “Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavinus COVID-19 en las actividades relacionadas con el futbol profesional en fas 3.3.3,18. 3.3.3.19. 3.3.3.20. 3.3.3.21. 3.3.4. 3.3.4.1. 3.3.4.2. 3.3.4.3. 3.3.4.4. 3.3.4.5. 3.3.4.6. 3.3.4.7, 3.3.4.8. 3.3.4.9. 3.3.4.10. 3.3.4.11. Ubicar canecas y bolsas negras suficientes para la separación de residuos de acuerdo con el tipo de residuos. Realizar la limpieza y desinfección de las canecas Garantizar los elementos de protección al personal que realiza la limpieza y desinfección y recolección de residuos. —, + -.* Instalar canecas con tapa y doble bolsa negra para el destino final de los elementos de bioseguridad utilizados por el” personal de aseo, que sean de un solo uso o desechables. En caso de tener puestos de atención médica, los recipientes deben cumplir con el manejo de residuos peligrosos, según plan de gestión integral de residuos hospitalarios. Medidas para el desarrollo de partidos.

Artículo ANEXO (15/16)

Cada empresa que autoriza el ingreso de su personal presentara un certificado en el que se indique que a este cuenta con un resultado negativo para coronavirus COVID- 19 y no presenta síntomas del virus, documento que será presentado a la comisión verificadora de la DIMAYOR, CONMEBOL o FIFA según sea el caso. El comisario tramitará el intercambio de las planillas oficiales del encuentro vía digital con los delegados y/o encargados de cada uno de los clubes para ser repartidos entre sí y al cuerpo arbitral. El tabiero electrónico digital será desinfectado después de cada uso. Ninguna persona diferente a los jugadores, cuerpo técnico, árbitros y oficiales de partido puede ingresar a los camerinos y se evitará dentro de ellos las aglomeraciones. El club local dispondrá de desinfectante en spray a los recogebolas, para que estos puedan rociar los balones del juego entre cambio y cambio No están autorizados saques de honor, activaciones de marca, homenajes, desfiles protocolarios. No está autorizado el ingreso de menores de edad como acompañantes, ni porristas o bastoneras de los equipos. Los utileros llegarán únicamente con el material necesario para el desarrollo del partido, portarán un inventario con cada uno de los implementos y certificarán que han sido sometidos al protocolo de limpieza y desinfección previo al ingreso al estadio Los jugadores deben ser los únicos responsables de la manipulación de sus objetos personales (Uniformes de presentación, de competencia, guayos, tenis) durante su ingreso y salida del estadio El club local garantiza durante el medio tiempo la reatización del proceso completo de desinfección en las zonas aledañas al terreno de juego, bancos técnicos, zonas de calentamientos, túnel de acceso al campo y zonas de camerinos. Al finalizar el partido los jugadores se dirigen directamente al camerino correspondiente, deben cambiarse y colocar todo su uniforme de competencia en la bolsa plástica.

Artículo ANEXO (16/16)

A la salida del camerino cada jugador deberá desinfectarse las manos, colocarse tapabocas nuevos y dirigirse a la salida del estadio respetando las medidas de distanciamiento fisico . 3.4 COMPETENCIAS INTERNACIONALES Para las competencias internacionales en referencia como las Eliminatorias Sudamericanas a la Copa Mundial de la FIFA Qatar 2022, la Copa Libertadores de América o la Copa Sudamericana, se adoptará el protocolo establecido por la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), no obstante, en todos los casos los clubes deberán respetar los protocolos de su asociación miembro, especialmente en lo relacionado a la afluencia de personas y participación en eventos, asi como las normativas del Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Trabajo y demás entidades nacionales competentes para la vuelta a los entrenamientos y competencias.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 153), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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