Artículo 1
Suspensión temporal de la obligación de reporte de información financiera. Suspender temporalmente la obligación a cargo de las entidades financieras de reportar en los términos previstos por los artículos 2 y 4 de la Resolución 1128 de 2013, hasta tanto se reanude la prestación del servicio y el acceso a la plataforma PISIS.