Artículo 1
Autorizar a la sociedad BAYER S.A., domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., e identificada con N.I.T. 860.001.942-8, representada legalmente por el doctor Rene Klemm, Presidente Ejecutivo, identificado con cédula de extranjería No. 527281, el uso alimenticio humano del grano y derivados del algodón GHB614 x 1-304 40 x GHB119 (BCS-GH002-5 x BCS-GH004-7 x BCS-GH005-8). La autorización aquí otorgada tendrá una vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de ejecutoria de la presente resolución, es válida en todo el territorio nacional y podrá ser renovada por un período igual, a solicitud de parte, efectuada con no menos de tres (3) meses de anticipación a la fecha de su vencimiento, para lo cual, deberá acreditarse la documentación exigida en el Anexo II del Protocolo de Cartagena ESOLUCIÓN NÚMERO e 91452 DE 2017 HOJA No 4 algodón GHB614 x T-304-40 x GHB119 (BCS-GH002-5 x BCS-GH004-7 x BCS-GH005-8)" sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado y aprobado mediante Ley 740 de 2002 o la norma que los modifique o sustituya.