Funciones del comité. Las funciones que cumplirá el Comité para la Gestión del Cambio climático del Sector Salud, serán las siguientes:
1. Recibir informes de seguimiento al cumplimiento de las metas de la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC por sus siglas en inglés) y la Ley de Acción Climática (Ley 2169 de 2021) del sector salud incluidos dentro del Sistema de RESOLUCIÓN NÚMERO; 0 J14 4 3 14 AGO DE 2024 HOJA No 8
Seguimiento Monitoreo y Evaluación que adopte en el Plan Decenal de Salud Pública - PDSP vigente, por parte de las áreas responsables.
Establecer las prioridades para la ejecución de los planes, programas y acciones que deberán ser adoptadas por el sector en materia de cambio climático.
Definir o decidir las propuestas que serán sometidas en la Comisión Intersectorial de cambio climático y al Gabinete Presidencial para Cambio Climático, al igual que para las Comunicaciones Nacionales Determinadas y las Conferencia de las Partes (COP) de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático.
Solicitar informes a las diferentes dependencias del Ministerio de Salud y Protección Social y a los diferentes actores de Sistema de Seguridad Social en Salud, para verificar los avances en el cumplimiento del plan de implementación de las metas de la NDC, el plan PIGCC del Sector Salud y demás compromisos del sector e impartir directrices en materia de acción climática.
Definir un sistema de seguimiento y evaluación de los proyectos, planes, programas, acciones y compromisos intersectoriales en materia de cambio climático para el sector Salud, que incluya indicadores de producto y gestión.
Conformar mesas técnicas para cumplir o realizar tareas técnicas, administrativas, financieras, legales u otras que guarden relación con la gestión del cambio climático y regular la instancia técnica de gestión.
Reunirse para deliberar y recibir propuestas allegadas por el Comité para la Gestión del Cambio Climático, de cara al cumplimiento del plan de implementación de las metas de la NDC y la Ley de Acción Climática (Ley 2169 de 2021) del sector salud, entre otras, y cumplir con los compromisos establecidos por dicho comité.
Realizar acciones de apoyo y acompañamiento dirigidas al cumplimiento de las competencias que otorgue la constitución, ley o los reglamentos al Ministerio de Salud y Protección Social en relación con la gestión del cambio climático del sector salud.
Adoptar su propio reglamento operativo.