Por la cual se modifica el artículo 24 de la Resolución 2364 de 2023 que fijó el valor de la Unidad de Pago por Capitación - UPC para financiar los servicios y tecnologías de salud de los regímenes subsidiado y contributivo del Sistema General de Seguridad en Salud para la vigencia 2024 y se dictan otras disposiciones

Resolución · 1425 · 2024-08-13 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modificar el artículo 24 de la Resolución 2364 de 2023, el cual quedará así: "Artículo 24. Solicitud, retroalimentación y fechas de reporte anual. Las EPS y las demás EOC de los regímenes contributivo y subsidiado reportarán y retroalimentarán la información que requiera la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, para adelantar estudios, dentro de los siguientes términos: RESOLUCIÓN NÚMERO U D 1425 DE 1 3 AGO 2024 HOJA No 3 de 4 Asunto - Estudio Mes de Término de Periodicidad solicitud de Reporte de del reporte información información Solicitud de Diciembre de 15 al 30 de Anual información a 2023 / enero abril de 2024 Entidades de 2024 13 al 21 de Promotoras de agosto de Salud —EPS— y 2024 demás Entidades Obligadas a Compensar — E0C— para el Estudio de Suficiencia y de los mecanismos de ajuste de riesgo en el cálculo de la UPC año 2025. Retroalimentación Junio y agosto 06 al 26 de Anual y justificación de de 2024 junio de la información 2024 reportada por las 27 de agosto Entidades al 06 de Promotoras de septiembre Salud —EPS— y de 2024 demás Entidades Obligadas a Compensar — E0C— para el Estudio de Suficiencia y de los mecanismos de ajuste de riesgo en el cálculo de la UPC año 2025. Solicitud de Diciembre de 15 al 30 de Anual" información a 2023 / enero mayo de 2024. entidades de 2024. promotoras de salud, para el reconocimiento y el pago de incapacidades de origen común por enfermedad general a los afiliados del Régimen Contributivo. RESOLUCIÓN NÚMER60 - i 425 DE 13 lo 2024 - HOJA No 4 de 4

Artículo 2

La presente resolución surte efectos a partir de su publicación.

Artículo ANEXO

13 AGO 20 GUILLERMO ALFON O JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Sal d y Protección Social Aprobó: Viceministro de Protección Social - Luis Alberto Martínez Saldaniaga (1C%-ini Director de Regulación, Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud (E) -Jaime Alberto Villamil Torresl,A Director Jurídico - Rodolfo Enrique Salas Figueroa ,-, Revisión Dirección Jurídica - Abg, Daniel Medellín

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2024.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 44), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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