Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad mitigar y controlar el riesgo del coronavirus COVID – 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación internacional Industrial Uniforme CIIU 5914 y 90, bajo la modalidad de autocines, autoeventos, salas de cine y teatros

Resolución · 1408 · 2020-08-14 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
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La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–16 de 16

Artículo 1

Objeto. Adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del coronavirus COVID-19, para la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Internacional industrial Uniforme CIIU 5914 y 90, bajo las modalidades de autocine, autoeventos, salas de cine y teatros, contenido en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo. Este protocolo es complementario al adoptado mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y a las demás medidas que los responsables de la función / exhibición consideren necesarias.

Artículo 2

Vigilancia del cumplimiento del protocolo. La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaria o entidad del municipio o distrito que corresponda al lugar donde se realicen las actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de artes escénicas, bajo la modalidad de autocine, autoeventos, salas de cine y teatros, sin perjuicio de la vigilancia que, sobre el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores o contratantes, realice el Ministerio del Trabajo, ni de las competencias de otras autoridades. Artículo 3, Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO (1/14)

14 AGO 2020 Minisfro de Salud y Protección Social Aprobó: Dirección de Promoción y Prevención Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios Dirección TER RESOLUCIÓN NÚMERO +1 1408 DE2020 HOJA No. 4 de 9 de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Internacional industrial Uniforme CHU 5914 y 1. ANEXO TÉCNICO Objetivo Orientar, en el marco de la pandemia causada por el coronavirus COVID-19, las medidas adicionales de bioseguridad que deben ser adoptadas para la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Internacional! Industrial Uniforme CIU 5914 y 90, bajo las modalidades de autocine, autoeventos, salas de cine y teatros, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión humano a humano durante su desarrollo. Medidas generales de bioseguridad Las medidas generales de bioseguridad son las indicadas en ta Resolución 666 de 2020, “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19". Medidas adicionales de bioseguridad para la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de tas artes escénicas en las modalidades de autocine, autoeventos, salas de cine y teatros. Los responsables de la función / exhibición deberán cumplir las siguientes medidas de bioseguridad y verificar el acatamiento de estas por parte de los operadores, empleados y usuarios de las exhibiciones cinematográficas y de artes escénicas. 3.1. Medidas locativas: 3.1.1.

Artículo ANEXO (2/14)

Señalizar las áreas y vías de circulación al interior del espacio de la función/exhibición, incluyendo el área de parqueo y los lugares de interacción entre empleados y clientes tales como zonas de espera; pagos y entrega de boleteria o productos, de forma tal que se pueda garantizar en todo momento el distanciamiento físico minimo de dos metros entre persona y persona y entre vehiculo y vehículo. 3.1.2. Establecer un punto de control conformado por un equipo entrenado que, previo al ingreso, verifique el uso de tapabocas, la desinfección de manos, las condiciones de Salud y tome la temperatura, a través de mecanismos electrónicos tales como laser, digitales, termográficos. 3.43. — Garantizar la disposición de lavamanos con agua potable, dispensador de jabón líquido y toallas desechables para el secado de manos. 3.14. — Garantizar en los baños, el distanciamiento físico de dos (2) metros entre persona y persona 3.1.5. — Disponer de manera permanente alcohol glicerinado minimo a! 60% para la higienización de manos de los clientes y empleados en las áreas de ingreso, la caja, zona de entrega de boletería, entre otras. 3.1.6. Realizar marcas visuales o señalización de las posiciones de trabajo de los empleados, de manera tal que se garantice el distanciamiento físico de dos metros entre empleados. 3.1.7. — Disponer de casilleros para evitar que la ropa personal del trabajador se ponga en contacto con la ropa de trabajo. 3.1.8. Contar con un Plan de Emergencias y Contingencias (PEC), incluyendo planos con la demarcación de salidas de emergencia, ingreso, salida y flujo vehicular, ubicación de extintores estarán debidamente demarcadas, entre otros. 3.2. Medidas de desinfección y manejo de residuos 3.2.1.

Artículo ANEXO (3/14)

Definir el protocolo de desinfección que será aplicado previamente y al finalizar cada función garantizando la limpieza y desinfección de zonas comunes y mobiliario, con desinfectantes que tengan actividad virucida. 3.2.2. Realizar las labores de aseo, desinfección y limpieza de los residuos de la función anterior, para cuyo efecto el tiempo entre funciones o representaciones será de mínimo una (1) hora. 32.3. Al finalizar ta función o representación, se recogerán empaques o algún otro residuo generado por cada uno de los asistentes o vehiculos. 14 AGO 909n RESOLUCIÓN NÚMERO :£'1 1408 DE 2020 HOJA No. 5 de 9 el nesgo del coronavirus COVID— 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Intemacional Industrial Uniforme CHU 5914 y 3.2.4. 3.2.5. 3.2.6. 3.2.7. 3.2.8. 3.2.9. 3.2.10. 3.2.11. 33, 3.3.1. 3.3.2. 3.3.4. 3.3.5. 3.4, 3.4.1. 3.4.2. 3.5. 3.5.1. 3.5.1.1. 3.5.1.2. 3.5.1.3. 3.5.2. 3.5.2.1. 3.5.2.2 3.5.2.3 Entregar a los auxiliares de aseo los implementos de limpieza como escoba, trapero, balde, esponja, jabón detergente, toallas desechables y guantes para la desinfección de sillas, pasillos, baños, paredes, ventanas, puertas, muebles, equipos, entre otros.

Artículo ANEXO (4/14)

Capacitar al personal de servicios generales en las medidas de bioseguridad y el manejo de insumos para realizar desinfección y limpieza Definir e informar a quien realice la labor, las medidas para la correcta separación de residuos. Ubicar contenedores con bolsas para la separación de residuos, de acuerdo con el tipo de estos. Disponer canecas con bolsa plástica negra y tapa para el desecho de residuos como tapabocas Realizar la recolección y almacenamiento de residuos de manera frecuente, según sea su volumen de generación. Donde no se cuente con canecas para la disposición de tapabocas y guantes, el visitante deberá conservarlos y disponerlos en un sitio donde sea permitido y se garanticen las condiciones minimas de seguridad e higiene. Garantizar que el personal a cargo de las labores de limpieza utilice los elementos de protección personal. Manipulación de insumos Asegurar que los proveedores de insumos cumplan con las recomendaciones y protocolos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Mantener condiciones de higiene durante el almacenamiento de estos elementos. Entregar unidades enteras de producto para evitar el reenvase de estos de forma que no haya contaminación o entregas equivocadas. Garantizar el manejo adecuado y disposición de envases de detergentes, jabones, desinfectante, en los lugares determinados y en la cantidad requerida. Los documentos recibidos en los descargues, deberán dejarse en el espacio indicado para ello, evitando el contacto entre quien entrega y quien recibe. Venta de boletería y validación de boletería al ingreso Privilegiar la venta de boletería a través de canales virtuales. Para la validación de la compra se debe verificar, con un lector u otro medio que impida el contacto físico, el código de ingreso del cliente en su dispositivo móvil. El código de ingreso debe generarse en el momento en el que el cliente realice su compra.

Artículo ANEXO (5/14)

Cuando no se cuente con un canal virtual para la venta, se podrá realizar de manera presencial, adoptando un mecanismo de reservas por vía telefónica y garantizando que en las filas se conserve una distancia de al menos dos (2) metros entre personas. Para proteger al persona! de la boletería deben instalarse barreras y los empleados deben usar tapabocas. Medidas relacionadas con la función/exhibición Ingreso a la función/exhibición Tomar la temperatura a todas las personas que ingresen a las instalaciones. En caso de que una de ellas registre una temperatura superior o igua! a 38"C, no se le permitirá e! ingreso y se le solicitará acudir a su EPS o comunicarse con la secretaria de salud que le corresponda. No permitir el ingreso de personas con síntomas sospechosos de COVID-19 o con síntomas de resfriado. Solicitar que todas las personas desinfecten sus manos con alcohol! glicerinado minimo al 60%. Durante la función/exhibición Procurar que las personas permanezcan en el mismo lugar desde el inicio hasta el final de la función / exhibición y recomendar evitar desplazamientos innecesarios al interior de las instalaciones. Abstenerse de entregar papeleria y folletos Contar con un protocolo de evacuación que garantice las medidas de bioseguridad. 14 AGc0 90m RESOLUCIÓN NÚMERO *”""14(08 DE 2020 HOJA No. 6 de 9 el riesgo del coronavirus COVID— 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación intemacional Industrial Uniforme CHU 5914 y 90, bajo la modalidad de autocines, autoeventos, salas de cine y teatros" 3.5,3.. Al finalizar la función/exhibición 3.5.3.1. Garantizar que una vez finalizada la función/exhibición, los asistentes evacuen las instalaciones de forma ordenada, manteniendo una distancia mínima de dos metros entre persona y persona.

Artículo ANEXO (6/14)

En los autocines y autoeventos de artes escénicas se garantizará también la evacuación ordenada de los vehículos. En todos los casos, se realizará la señalización de las vías de circulación y tránsito de los asistentes. 3.5.3.2. Realizar la limpieza de las instalaciones y de las superficies con las cuales las personas tienen mayor contacto como puertas, sillas, barandas, etc. 3.6. Elementos de Protección Personal 3.6.1. Proveer al personal tapabocas con la periodicidad que corresponda al tipo de uso señalado por el fabricante (desechable y reutilizable), asi como toallas desechables, caretas, solución desinfectante o alcohol glicerinado mínimo al 60%, para la limpieza y desinfección personal, de los dispositivos para la toma de temperatura y los lectores 3.6.2. Suministrar caretas guantes y tapabocas para las actividades de limpieza y aseo, con la periodicidad que corresponda al tipo de uso señalado por el fabricante (desechable y reutilizable). 3.6.3. — Asegurar que la ropa de dotación suministrada, de acuerdo con ta normativa vigente, se Use solo en el lugar de trabajo y garantizar que el personal se cambie de ropa para entrar y al salir de su lugar de trabajo. 3.7. Plan de comunicaciones 3.7.1. Informar al momento de la compra y al inicio de la función / exhibición, las normas, protocolos y recomendaciones de bioseguridad aplicables durante la visita, tales como uso obligatorio de tapabocas, distanciamiento físico, etiqueta respiratoria y lavado de manos, así como las medidas a tomar en caso de que no sean acatadas. 3.7.2. Diligenciar, al momento de la compra, el cuestionario de salud previsto para el efecto. 3.7.3.

Artículo ANEXO (7/14)

Informar, a través de sus canales de venta de boleteria, que será requisito para la asistencia a la función / exhibición el no haber presentado síntomas relacionados con COVID-19 en los 14 días anteriores, y no tener antecedentes de contacto con casos sospechosos o positivos. 3.7.4. — Definir los flujos de comunicación en todos los niveles de la organización, asegurando el entendimiento por parte de los trabajadores, asistentes y proveedores. 3.7.5. Brindar mensajes continuos a todos los trabajadores y demás personal sobre autocuidado, recomendaciones para prevenir el contagio y pausas para desinfección. Se debe reiterar a todo el personal la importancia de lavarse las manos constantemente, el distanciamiento físico, uso adecuado de elementos de protección personal, identificación de sintomas y factores de riesgo. 3.7.6. Capacitar a los trabajadores sobre las nuevas medidas y procedimientos que se implementarán para las funciones / exhibiciones. 4. Medidas para los empleados, contratistas y colaboradores 4.1. Medidas en el lugar de trabajo 4.1.1. — Mantener el distanciamiento físico de dos metros entre persona y persona al interior de cada espacio dispuesto para la función/exhibición, o en espacios para el tránsito y estadia del personal. 4.1.2. Antes de iniciar sus labores, el trabajador debe cambiarse de ropa en el lugar destinado para dicho efecto, dejarla junto con sus efectos personales como relojes, anillos, puiseras, en el casillero y lavarse las manos con agua y jabón . 4.1.3. Evitar el contacto fisico: no saludarse de mano, dar abrazos o besos. 4.1.4. Lievarla dotación al lugar de trabajo en bolsa plástica cerrada. con el fin de evitar contacto con otros elementos. 4.1.5. — Usar tapabocas y careta durante toda la jornada laboral. No se pueden compartir los elementos de protección personal. 4.1.6.

Artículo ANEXO (8/14)

Desinfectar el puesto de trabajo al menos dos veces al día y elaborar fichas de control. 4.1.7. Portar permanentemente y de forma correcta todos los elementos de protección personal. 4.1.8. Limpiar y desinfectar los elementos de trabajo al menos dos veces por día. 14 AG60 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 77" 1408 DE 2020 HOJA No. 7 de 9 4.1.9, 4.1.10. 41.11. 4.1.12. 4.1.13. 4.2. 4.2.1. 4.2.2. 4.2.3. 4.2.4. 4.3. 4.3.1. 4.3.2. 4.3.3. 4.3.4. 4.3.5. 4.3.6, 5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 5.5. 5.6. 6.1 6.2 Cumplir con el protocolo de lavado de manos mínimo cada tres horas, con una duración mínimo de 20-30 segundos, al ingresar al lugar de trabajo, cada vez que tenga contacto con otras personas, después de tocar manijas, cerraduras, pasamanos, después de ir al baño, después de manipular dinero y antes y después de comer. Abstenerse de asistir al lugar de trabajo si presenta síntomas de gripa, tos seca, fiebre mayor o igual a 38*C y dificultad respiratoria y realizar reporte inmediato a su EPS y a la secretaría de salud de su jurisdicción.

Artículo ANEXO (9/14)

Si en el lugar de trabajo presenta síntomas de gripa informará inmediatamente al supervisor quien verificará si se encuentra usando tapabocas, sí ha cumplido con el distanciamiento físico y el lavada de manos. En caso de contar con una notificación positiva para coronavirus COVID-19 se debe informar inmediatamente a la entidad contratan Toda persona que haya tenido contacto con un caso confirmado de coronavirus COVID- 19 debe guardar cuarentena obligatoria y notificarlo a su EPS. Desplazamiento desde y hacia el lugar de la función / exhibición Privilegiar los medios de transporte privado y el uso de medios alternativos como la bicicleta, patineta. Visitar solamente aquellos lugares estrictamente necesarios y evitar aglomeraciones de personas. Utilizar tapabocas en el transporte público, supermercados, bancos, y demás sitios. Evitar saludar con beso, abrazo y dar la mano y buscar mantener siempre la distancia de más de dos metros entre personas. Al regresar a la vivienda Realizar adecuado lavado de manos con agua y jabón. Antes de tener contacto con los miembros de su familia, bañarse con abundante agua y jabón, cambiarse de ropa y evitar saludarlos con beso, abrazo y darles la mano. Si conviven con personas mayores de 70 años y/o con comorbilidades, deberán también usar el tapabocas al interior de su domicilio Quitarse los zapatos y desinfectar la suela con alcohol antiséptico al 70% o en una solución de agua e hipoclorito. Mantener separada la ropa de trabajo de las prendas personales Desinfectar con alcoho! o lavar con agua y jabón los elementos que han sido manipulados al exterior de ta vivienda. Medidas para los asistentes Usar el tapabocas de forma permanente cubriendo nariz y boca. Permitir la toma de temperatura y la validación del código de ingreso en su dispositivo móvil, cuando a ello haya lugar.

Artículo ANEXO (10/14)

Mantener la distancia mínima de 2 metros entre persona y persona Realizar el lavado de manos con agua potable y jabón por lo menos cada 3 horas, al ingresar o cuando las manos estén contaminadas con secreción respiratoria, después de toser o estornudar, antes y después de ir al baño o cuando estén visiblemente sucias. Tener en cuenta que el lavado de manos debe durar mínimo de 20 a 30 segundos. En autocines y autoeventos contar con un kit que contenga alcohol glicerinado minimo al 60% o toallas desinfectantes. Abstenerse de ingresar si presenta síntomas sospechosos de COVID-19, o ha sido diagnosticado como positivo o tiene sintomas de resfriado. Mantener el distanciamiento físico de dos (2) metros entre persona y persona al hacer uso del baño y en las zonas demarcadas para la espera. Medidas particulares para las exhibiciones cinematográficas y artes escénicas en salas de cine y teatros Dejar dos sillas vacias entre cada asistente y entre cada fila ocupada se debe dejar una fila vacía. En ningún caso la disposición podrá ser tal que supere el 50% del aforo máximo de la sala. Los asistentes y el personal deberán permanecer con el tapabocas cubriendo boca y nariz en todo momento. 14 AG0 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO '?”" 1468 DE 2020 HOJA No. 8 de 9 el riesgo del coronavinus COVID — 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Internacional industrial Uniforme CHU 5914 y 6.3 6.4 6.5 6.6 6.7 6.8

Artículo ANEXO (11/14)

7. 7.1 7.1.1. 7.1.2. 7.1.3. 7.1.4. 7.1.5. 7.1.6. 7.1.7. 7.1.8. 7.1.9. 7.1.10. 74.41. 7.2 7.2.1. 7.2.2. 7.2.3. Los responsables de la función deberán establecer controles de flujo para ingresos, salidas y servicios, de acuerdo con el distanciamiento definido. Los responsables de la función deberán contar, al ingreso a las salas, con módulos de desinfección o lavamanos, con jabón, alcohol glicerinado de minimo 60% y toallas desechables. El ingreso se realizará ordenadamente manteniendo la distancia física de dos metros entre persona y persona : No se podrán ingerir alimentos dentro de las salas de cine o teatros. Las puertas y ventanas deben permanecer abiertas para permitir la ventilación natural Para la puesta en escena, los artistas cumplirán con lo establecido en la Resolución 957 de 2020. Medidas particulares para las exhibiciones cinematográficas y artes escénicas en autocines y autoeventos de artes escénicas Medidas al interior del autocine o autoevento. El autocine o autoevento de artes escénicas deberá contar con, al menos, una entrada principal y varios carriles de desplazamiento para la circulación vehicular, de tal manera que los vehiculos transiten de manera adecuada y ordenada hacia su lugar de parqueo, en donde encontrarán espacios de 2.5 metros hacia cada lado respecto de cada vehiculo contiguo y de 5 metros respecto de los vehículos que se encuentren al frente y detrás de la ubicación de cada vehículo Los asistentes que desciendan del vehículo deberán utilizar tapabocas y cumplir los protocolos de bioseguridad para ingresar al inmueble, garantizar el distanciamiento fisico al interior de tos baños, así como en la zona demarcada para el ingreso a los baños.

Artículo ANEXO (12/14)

Solo se permitirá el ingreso de máximo cuatro (4) personas por vehículo, independientemente de la capacidad que este tenga. A los asistentes no se les permitirá abrir las ventanas de los vehículos para interactuar con personas que se encuentren en otros vehículos. Los responsables de la función / exhibición asignarán unas plazas de parqueo para automóviles y otras para camionetas para evitar obstaculizar la visualización de los clientes. Una vez estén ubicados los vehiculos en el autocine o el autoevento de artes escénicas, los conductores deberán apagar tanto el motor como las luces, de tal manera que no interfieran en la proyección o representación. Los asistentes podrán llevar sus propios alimentos. En todos los casos, el consumo de alimentos se realizará únicamente al interior del vehículo. En el evento en que los ocupantes de algún vehículo requieran de aire acondicionado, podrán encender el motor de su vehículo Los asistentes que requieran ingresar a los baños deberán hacer uso de los ubicados al interior del inmueble en donde esté operando el autocine o autoevento de artes escénicas. Los asistentes que requieran hacer uso del módulo de desinfección o lavamanos deberán utilizar los instalados por el exhibidor o productor. Estos módulos deberán contar con lavamanos, jabón y toallas desechables, alcohol glicerinado de mínimo 60% y toma de temperatura. Los responsables de la exhibición/función deberán garantizar que sus empleados porten elementos reflectivos en su dotación, de tal manera que los conductores de los vehículos que asistan los puedan visualizar. Servicios de confitería y alimentación La venta de confiteria se realizará únicamente al momento de la compra de la boletería, según el canal de venta designado por el responsable de la función/exhibición. El responsable de la actividad, a través de su personal, se encargará de entregar la confitería en los vehículos. En ningún caso se permitirá que los asistentes desciendan de su vehículo para adquirir o reclamar la confitería.

Artículo ANEXO (13/14)

Los asistentes únicamente podrán retirarse el tapabocas para ingerir los alimentos al interior de! vehículo. El responsable de la actividad, a través de su personal, pasará por los vehículos recogiendo los residuos. El responsable de la actividad en la preparación y entrega de los alimentos seguirá el protocolo de bioseguridad establecido en las Resoluciones 749 y 1050 de 2020 del Ministerio de Salud, sin perjuicio de lo dispuesto en el presente protocolo. El personal RESOLUCIÓN NÚMERO +" 14(8 DE 2020 HOJA No. 9 de 9 el riesgo del coronavirus COVID— 19 en la realización de actividades de exhibición cinematográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación internacional Industrial Uniforme CHU 5914 y 90, bajo ta modalidad de autocines, autoeventos, salas de cine y teatros” so pr Lo 200000 P pS popa mn 8.2.1. 8.2.2. 8.2.3. 8.2.4. 8.2.5. 8.2.6. encargado de la preparación venta de confitería y alimentos debe usar en todo momento los elementos de protección personal. Procedimiento en caso de sintomatología respiratoria o diagnostico positiva para coronavirus COVID -19 Acciones del empleado Debe buscar atención médica con su EPS. Acatar recomendaciones médicas y aislamiento indicado. Notificar de su condición de salud a su jefe inmediato. Reintegrarse a la labor una vez esté recuperado. Acciones del responsable de ta función Hacer seguimiento del estado de salud de sus empleados y aplicar los protocolos establecidos según el Ministerio de Salud y Protección Social. Llevar al empleado a un sitio de aislamiento previamente definido dentro de sus instalaciones, notificar a la EPS, asi como también a la ARL .

Artículo ANEXO (14/14)

Verificar la bitácora de control que haya implementado con la información de su personal, en la que cada trabajador ha registrado las personas y lugares visitados dentro y fuera de la operación, indicando: fecha, lugar, nombre y número de personas con las que se ha tenido contacto, con observancia de las normas sobre tratamiento de datos personales Informar sobre la novedad del empleado al área respectiva en su organización. Realizar seguimiento de los demás empleados que mantuvieron relación cercana en los últimos dias con el empleado e informar si hay alguna novedad al respecto. Identificar, aístar y desinfectar profundamente las áreas de trabajo con las cuales tuvo contacto el empleado.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 144), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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